Última revisión
Resolución de Tribunal Economico Administrativo Comunidad Foral de Navarra, 4431 de 26 de Febrero de 2014
Relacionados:
Órgano: Tribunal Economico Administrativo Comunidad Foral de Navarra
Fecha: 26/02/2014
Num. Resolución: 4431
Resumen
Renuncia a la exención del Impuesto en las adquisiciones inmobiliarias: requisito del derecho a la deducción íntegra del impuesto soportado por parte del adquirente sujeto a porcentaje provisional de prorrata. Cambio de criterio de los órganos gestores: doctrina de los actos propios: aplicación en el ámbito del derecho público imperativo y exigencia de un pronunciamiento inequívoco por parte de la Administración. Regularización de la deducción en bienes de inversión: solo procede cuando se haya soportado efectivamente unas cuotas. SE DESESTIMA.
Cuestión
Renuncia a la exención del Impuesto en las adquisiciones inmobiliariasDescripción
Ver Resolución 578-2012 del TEAFNA en documento adjunto.
Ver Sentencia 38/2015, de 13 de febrero, del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 3, que estima el recurso interpuesto contra la Resolución 578-2012 del TEAFNA, en documento adjunto.
Ver Sentencia de apelación 442/2016, de 2 de noviembre, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que estima el recurso interpuesto por el Gobierno de Navarra contra la Sentencia 38/2015, en documento adjunto.