Última revisión
Resolución de Tribunal Economico Administrativo Comunidad Foral de Navarra, 6835 de 21 de Marzo de 2018
Relacionados:
Órgano: Tribunal Economico Administrativo Comunidad Foral de Navarra
Fecha: 21/03/2018
Num. Resolución: 6835
Resumen
Prescripción: interrupción del plazo como consecuencia de la notificación de requerimiento de aportación de documentación. Falta de acreditación de la concurrencia de las condiciones necesarias para la aplicación del tipo impositivo reducido. La carga de la prueba incumbe al sujeto pasivo. Cuotas soportadas no deducibles: gastos correspondientes a vehículos que no son de propiedad de la entidad y otros gastos no justificados. SE DESESTIMA.
Cuestión
Aplicación del tipo reducido por ejecuciones de obra de renovación y reparación realizadas en edificiosDescripción
Ver Resolución del TEAFNA en documento adjunto. Ver Sentencia 106/2019, de 26 de abril, del Juzgado Contencioso Administrativo nº 1 que estima parcialmente el recurso interpuesto contra la resolución de 21 de marzo de 2018 del TEAFNA, en documento adjunto.