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09/02/2023
Resolución del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León 178/2020 de 03 de diciembre de 2020
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Órgano: Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León
Fecha: 03/12/2020
Num. Resolución: 178/2020
Resumen
Breve reseña:
se tiene por desistido a W.L. Gore y Asociados, S.L. del recurso especial en materia de contratación interpuesto contra el Acuerdo de 29 de septiembre de 2020, de la Mesa de contratación, por el que se le excluye en el lote 30 del procedimiento de adjudicación del acuerdo marco, con varios adjudicatarios, para el suministro de endoprótesis vasculares y digestivas con destino a los centros sanitarios dependientes de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.
Órgano de contratación:
Gerencia Regional de Salud de Castilla y León
Tipo de procedimiento:
procedimiento de adjudicación del acuerdo marco, con varios adjudicatarios, para el suministro de endoprótesis vasculares y digestivas con destino a los centros sanitarios dependientes de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León (expte. 2020009592)
Tipo de contrato:
Suministro
Tipo de resolución:
Inadmisión
Fundamentos:
Archivo.Desistimiento. Desaparición sobrevenida del objeto.
Contestacion
Plaza de la Catedral, 5. 49001 ZAMORA. Tel.:980 55 98 06. tribunalcontratoscyl@cccyl.es
RECURSO 173/2020
RESOLUCIÓN 178/2020
Resolución 178/2020, de 3 de diciembre, del Tribunal Administrativo
de Recursos Contractuales de Castilla y León, por la que se tiene por
desistido a W.L. Gore y Asociados, S.L. del recurso especial en
materia de contratación interpuesto contra el Acuerdo de 29 de
septiembre de 2020, de la Mesa de contratación, por el que se le
excluye en el lote 30 del procedimiento de adjudicación del acuerdo
marco, con varios adjudicatarios, para el suministro de endoprótesis
vasculares y digestivas con destino a los centros sanitarios
dependientes de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León
(expte. 2020009592).
I
ANTECEDENTES
Primero.- El 10 de agosto de 2020 se publicó en la Plataforma de
Contratación del Sector Público el anuncio de licitación de un acuerdo marco
para el suministro de endoprótesis vasculares y digestivas con destino a los
centros sanitarios dependientes de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y
León. El anuncio se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el 12 de
agosto. El valor estimado del contrato asciende a 70.738.140 euros.
Segundo.- Han presentado proposiciones al lote 30 dos licitadores:
Merit Medical Spain, S.L. y W.L. Gore y Asociados, S.L.
Tercero.- El 29 de septiembre la Mesa de contratación acuerda excluir
del lote 30 a W.L. Gore y Asociados, S.L., por exceder el precio unitario
ofertado del máximo indicado en el apartado 10 del cuadro de características
del pliego de cláusulas administrativas particulares (ha ofertado 2.850,00
euros y el precio unitario máximo es de 2.840,00 euros). La exclusión se
notifica a la empresa el 27 de octubre.
Cuarto.- El 10 de noviembre D. yyyy, en representación de W.L. Gore
y Asociados, S.L, presenta un escrito, que califica de alegaciones, en el que se
advierte que se ha producido un error de transcripción en la oferta presentada
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al lote 30.3, ya que el precio que quiso ofertar era de 2.840,00 euros, y solicita
su rectificación. Subsidiariamente, de no aceptarse la rectificación, solicita que
la exclusión solo afecte a la posición 3 del lote 30 y no al lote completo.
Quinto.- El 19 de noviembre tiene entrada en el registro de este
Tribunal el escrito de alegaciones (al ser calificado como recurso especial), el
expediente y el informe del órgano de contratación.
Sexto.- Requerida al recurrente la acreditación de la representación, el
25 de noviembre D. yyyy, en representación de W.L. Gore y Asociados, S.L,
presenta un escrito en el que comunica que las alegaciones presentadas no
tenían por finalidad interponer un recurso especial en materia de contratación,
por lo que desiste del recurso y solicita su archivo.
II
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único.- El artículo 94.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, permite
a los interesados desistir de sus solicitudes, en cuyo caso el artículo 94.4 de la
misma Ley establece que ?La Administración aceptará de plano el desistimiento
o la renuncia, y declarará concluso el procedimiento salvo que, habiéndose
personado en el mismo terceros interesados, instasen éstos su continuación
en el plazo de diez días desde que fueron notificados del desistimiento o
renuncia?. El mismo artículo, en su apartado quinto, indica que ?Si la cuestión
suscitada por la incoación del procedimiento entrañase interés general o fuera
conveniente sustanciarla para su definición y esclarecimiento, la
Administración podrá limitar los efectos del desistimiento o la renuncia al
interesado y seguirá el procedimiento?.
No se han manifestado en el incidente tramitado sobre el desistimiento
razones de interés general u otras que hagan conveniente resolver el recurso
interpuesto.
En su virtud, al amparo de lo establecido en los preceptos citados y en
los artículos 57 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público (LCSP), y 61 de la Ley 1/2012, de 28 de febrero, de Medidas
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Tributarias, Administrativas y Financieras, el Tribunal Administrativo de
Recursos Contractuales de Castilla y León
III
RESUELVE
Primero.- Aceptar de plano el desistimiento de D. yyyy, en
representación de W.L. Gore y Asociados, S.L, del recurso especial en materia
de contratación interpuesto contra el Acuerdo de 29 de septiembre de 2020,
de la Mesa de contratación, por el que se le excluye en el lote 30 del
procedimiento de licitación del acuerdo marco, con varios adjudicatarios, para
el suministro de endoprótesis vasculares y digestivas con destino a los centros
sanitarios dependientes de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León,
(expte. 2020009592).
Segundo.- Declarar concluso el procedimiento iniciado con la
presentación del recurso.
Tercero.- Notificar esta Resolución a todos los interesados en el
procedimiento.
De conformidad con los artículos 59 de la LCSP y 44.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA),
contra esta Resolución, ejecutiva en sus propios términos, solo cabe la
interposición de recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,
a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León
(artículo 10.1.k LJCA).
