Última revisión
Resolución Vinculante de Dirección General de Tributos, V0403-08 de 21 de Febrero de 2008
Resolución
Relacionados:
Voces
Jurisprudencia
Prácticos
Formularios
Resoluciones
Temas
Legislación
Órgano: Dirección General de Tributos
Fecha: 21/02/2008
Num. Resolución: V0403-08
Normativa
Cuestión
Tratamiento fiscal que, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, debe darse a los referenciados "subsidios de orfandad" de la extinguida Munpal.Descripción
Subsidio de orfandad de la extinguida Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local (Munpal).Dichos subsidios de orfandad fueron integrados como pensiones en favor de familiares, en la base de datos de prestaciones del Sistema de la Seguridad Social, en aplicación de lo dispuesto en el
Contestación
El artículo"h) las prestaciones familiares reguladas en el Capítulo IX del Título II del
(?)".
De acuerdo al precepto transcrito, se señala que los "subsidio de orfandad" de la extinguida Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local (MUNPAL), integrados en el Régimen General de la Seguridad social conforme a
Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo