Resolución Vinculante de Dirección General de Tributos, V0954-19 de 07 de Mayo de 2019
- Órgano: SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
- Fecha: 07 de Mayo de 2019
- Núm. Resolución: V0954-19
Normativa
LIRPF. Ley 35/2006. Art. 7.d).
Cuestión
Si están sujetos a IRPF o exentos los conceptos indemnizatorios antes mencionados así como los intereses que se perciban en virtud de sentencia judicial con motivo del accidente. En el supuesto en que alguno de los conceptos indemnizatorios o los intereses no se encontrasen exentos, criterio de imputación temporal y forma de tributar por el IRPF.
Descripción
El consultante sufrió en el año 2012 un accidente de tráfico, y en virtud de sentencia de fecha 13 de noviembre de 2017, se condena a una compañía aseguradora, al pago de una indemnización integrada por los siguiente conceptos indemnizatorios: días hospitalarios y días impeditivos y sus factores de corrección, secuelas funcionales y factor de corrección, secuelas estéticas, incapacidad total, lucro cesante, gastos adecuación de vehículo, y finalmente intereses del artículo 20 de la ley de Contrato de Seguro. Dicha sentencia aún no es firme en el momento de presentar la consulta, si bien se considera que adquirirá firmeza en 2018.
Contestación
La regulación de las rentas exentas se recoge en el artículo 7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (BOE del día 29), en adelante LIRPF, que en su párrafo d) declara rentas exentas las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales, en la cuantía legal o judicialmente reconocida, en los términos siguientes:
“Las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales, en la cuantía legal o judicialmente reconocida.
Igualmente estarán exentas las indemnizaciones por idéntico tipo de daños derivadas de contratos de seguro de accidentes, salvo aquellos cuyas primas hubieran podido reducir la base imponible o ser consideradas gasto deducible por aplicación de la regla 1.ª del apartado 2 del artículo 30 de esta Ley, hasta la cuantía que resulte de aplicar, para el daño sufrido, el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, incorporado como anexo en el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículo a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre”.
Conforme con esta regulación, la indemnización establecida por sentencia judicial firme en favor del consultante en la parte que corresponde a los siguientes conceptos: días hospitalarios y días impeditivos y sus factores de corrección, secuelas funcionales y factor de corrección, secuelas estéticas, incapacidad total, lucro cesante, gastos adecuación de vehículo, en cuanto que compensa los daños personales sufridos por el consultante, en su condición de víctima de un accidente de tráfico causado por un tercero (responsable civil), tiene la consideración de renta exenta, pues responde al concepto de exención que recoge el párrafo primero del precepto transcrito: indemnización de responsabilidad civil por daños personales en la cuantía reconocida por sentencia judicial
En lo que respecta a la tributación de los intereses establecidos en el artículo 20 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro (BOE del día 17), y que dicho artículo configura como una indemnización de daños y perjuicios por la mora del asegurador en el cumplimiento de la prestación, este Centro directivo venía manteniendo el criterio —conforme con esta configuración— que estos intereses no se correspondían con el concepto indemnizatorio exento del artículo 7.d) de la Ley del Impuesto, sino que tratan de compeler a las compañías aseguradoras para el pronto pago de la indemnización y compensar al perjudicado por el retraso en el abono de la indemnización. Por tanto, estos intereses no podían quedar amparados por la exención, pues su admisión en el ámbito de ésta supondría extenderlo más allá de sus términos estrictos, lo que contravendría la prohibición de la analogía que recoge el artículo 14 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE del día 18), calificándolos dado su carácter indemnizatorio —pues si bien pueden tener cierto carácter penalizador, tampoco son ajenos al carácter compensador por el retraso en el pago, por lo que vienen a resarcir al acreedor por los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de una obligación o el retraso en su correcto cumplimiento— como ganancia patrimonial.
Ahora bien, el Tribunal Económico-Administrativo Central en resolución de recurso de alzada para la unificación de criterio, de 10 de mayo de 2018 (resolución nº 05260/2017/00/00), ha fijado el siguiente criterio:
“Los intereses indemnizatorios por el retraso en el pago correspondientes a una indemnización exenta se encuentran también exentos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”.
Respecto al recurso extraordinario para la unificación de doctrina, regulado en el artículo 243 de la Ley General Tributaria, el apartado 5 de este precepto establece lo siguiente:
“La doctrina establecida en las resoluciones de estos recursos será vinculante para los tribunales económico-administrativos, para los órganos económico-administrativos de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades con Estatuto de Autonomía y para el resto de la Administración tributaria del Estado y de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía”.
Por tanto, asumiendo la doctrina establecida por el Tribunal Económico-Administrativo Central, procede modificar el criterio interpretativo que esta Dirección General había venido manteniendo hasta ahora y pasar a considerar que los intereses indemnizatorios por el retraso en el pago —circunstancia concurrente en los intereses establecidos en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro— de una indemnización exenta del artículo 7.d) de la Ley 35/2006 se encuentran también amparados por la exención.
Lo que comunico a ustedes con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley General Tributaria.
LEY 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 302 Fecha de Publicación: 18/12/2003 Fecha de entrada en vigor: 01/07/2004 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 11ª. Entrada en vigor.
- D.F. 10ª. Desarrollo normativo de actuaciones y procedimientos por medios electrónicos, informáticos y telemáticos y relativos a medios de autenticación.
- D.F. 9ª. Habilitación normativa.
- D.F. 8ª. Modificación de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.
- D.F. 7ª. Modificación de la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas.
LEY 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 285 Fecha de Publicación: 29/11/2006 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2007 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 8ª. Entrada en vigor.
- D.F. 7ª. Habilitación normativa.
- D.F. 6ª. Habilitación para la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
- D.F. 5ª. Modificación del texto refundido de la Ley de regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre.
- D.F. 4ª. Modificación de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.
RDLeg. 8/2004 de 29 de Oct (TR. Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 267 Fecha de Publicación: 05/11/2004 Fecha de entrada en vigor: 06/11/2004 Órgano Emisor: Ministerio De La Presidencia
- ANEXO. Tablas
- D.F. 2ª. Habilitación reglamentaria.
- D.F. 1ª. Título competencial.
- DISPOSICIONES FINALES
- D.T. UNICA. Subsistencia de las cuantías indemnizatorias actualizadas de las tablas I a V del anexo «Sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación», de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, incorporado por la Ley 30/1995, de 8 de noviembre.
Ley del Contrato de seguro (Ley 50/1980 de 8 de Oct) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 250 Fecha de Publicación: 17/10/1980 Fecha de entrada en vigor: 17/04/1981 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
-
Sentencia CIVIL Nº 173/2019, AP - Barcelona, Sec. 4, Rec 464/2018, 14-03-2019
Orden: Civil Fecha: 14/03/2019 Tribunal: Ap - Barcelona Ponente: Lucas Esteve, Adolfo Num. Sentencia: 173/2019 Num. Recurso: 464/2018
-
Sentencia Civil Nº 349/2009, AP - Barcelona, Sec. 13, Rec 423/2008, 19-06-2009
Orden: Civil Fecha: 19/06/2009 Tribunal: Ap - Barcelona Ponente: Carriedo Mompin, Isabel Num. Sentencia: 349/2009 Num. Recurso: 423/2008
-
Sentencia Civil Nº 88/2014, AP - Alicante, Sec. 8, Rec 78/2014, 15-04-2014
Orden: Civil Fecha: 15/04/2014 Tribunal: Ap - Alicante Ponente: Soriano Guzman, Francisco Jose Num. Sentencia: 88/2014 Num. Recurso: 78/2014
-
Sentencia CIVIL Nº 55/2018, AP - Almeria, Sec. 1, Rec 941/2016, 23-01-2018
Orden: Civil Fecha: 23/01/2018 Tribunal: Ap - Almeria Ponente: Molina Romero, María Lourdes Num. Sentencia: 55/2018 Num. Recurso: 941/2016
-
Sentencia Civil Nº 16/2011, AP - Malaga, Sec. 4, Rec 847/2009, 12-01-2011
Orden: Civil Fecha: 12/01/2011 Tribunal: Ap - Malaga Ponente: Martin Delgado, Alejandro Num. Sentencia: 16/2011 Num. Recurso: 847/2009
-
Reclamación en vía judicial de la indemnización por accidente de circulación
Orden: Civil Fecha última revisión: 07/03/2023
En el caso de que el perjudicado o víctima y la compañía aseguradora del vehículo que ha producido el siniestro no lleguen a ningún acuerdo, ni siquiera a través del proceso de mediación, el cual tiene carácter potestativo, nos llevará a ten...
-
Indemnización de perjuicios materiales en la responsabilidad civil ex delicto
Orden: Penal Fecha última revisión: 10/03/2023
«La indemnización de perjuicios materiales y morales comprenderá no solo los que se hubieren causado al agraviado, sino también los que se hubieren irrogado a sus familiares o a terceros».(Art. 113 del Código Penal).La indemnización de los per...
-
Indemnización por lesiones temporales derivadas de accidente de circulación
Orden: Civil Fecha última revisión: 08/03/2023
La indemnización por lesiones temporales es compatible con la que proceda por secuelas o, en su caso, por muerte y se cuantifica conforme a las disposiciones y reglas que se establecen en los artículos 134 a 143 de la LRCSCVM y que se reflejan en l...
-
Rentas Exentas (IRPF)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 12/01/2023
Las rentas exentas en el IRPF se regulan en el artículo 7 de la LIRPF, así como en el artículo 1 y siguientes del RIRPF. NOVEDADESExención de las ayudas por daños personales ocasionados por los incendiosEl Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de ...
-
Indemnización por secuelas: cálculo del perjuicio patrimonial
Orden: Civil Fecha última revisión: 08/03/2023
Las indemnizaciones por secuelas se cuantifican conforme a las disposiciones y reglas que se establecen en los artículos 93 a 133 de la LRCSCVM y que se reflejan en los distintos apartados de la tabla 2 que figura como anexo de la ley.¿Cómo se cal...
-
Formulario de demanda de conciliación por accidente de circulación
Fecha última revisión: 28/09/2017
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA[LOCALIDAD] D./Dña. [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador de los Tribunales, actuando en nombre y representación de D. [NOMBRE_CLIENTE], NIF núm [DNI] y Dña. [NOMBRE_CLIENTE] ambos con domicilio en [DOMICIL...
-
Formulario de demanda de juicio verbal por accidente de circulación ajustada al nuevo baremo introducido por la Ley 35/2015
Fecha última revisión: 08/03/2023
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LOCALIDAD]Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los tribunales, actuando en nombre y representación de don/doña [NOMBRE_CLIENTE], NIF n.º [DNI] y con domicilio en [DOMICILIO], asistido en el ...
-
Formulario de demanda de juicio verbal por accidente de circulación realizada por acompañante contra las dos compañías aseguradoras implicadas. Ley 35/2015 que modifica la LRCSCVM
Fecha última revisión: 08/03/2023
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA [LOCALIDAD]Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los tribunales, actuando en nombre y representación de Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], NIF n.º [DNI] y con domicilio en [DOMICILIO], asistido en el p...
-
Formulario de demanda de juicio ordinario en reclamación de cantidad por lesiones temporales sin secuelas
Fecha última revisión: 08/03/2023
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LUGAR] Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los tribunales y de Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], en virtud de [DESCRIPCIÓN] a mi favor conferido, bajo la dirección letrada de D./D.ª [NOMBRE_AB...
-
Escrito de oposición a la cuantía consignada como indemnización por la aseguradora
Fecha última revisión: 06/03/2023
AL JUZGADO DE [LUGAR]D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], en representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE] y bajo dirección letrada de D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], en la representación que tengo acreditada, ante este juzgado y como mejor proceda...
-
Caso práctico: tributación en IRPF de indemnización por accidente laboral
Fecha última revisión: 20/11/2019
-
Caso práctico: Tributación en IRPF de la percepción de capital asegurado mediante póliza de seguro colectivo
Fecha última revisión: 24/02/2023
-
Caso práctico: Indemnización en caso de culpabilidad exclusiva del peatón en un accidente de tráfico
Fecha última revisión: 20/09/2019
-
Caso práctico: víctima menor de 14 años causante del accidente de circulación
Fecha última revisión: 03/03/2023
-
IRPF DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - HECHO IMPONIBLE, EXENCIONES -INDEMNIZACION DAÑOS PERSONALES: CUANTIA LEGALMENTE ESTABLECIDA
Fecha última revisión: 01/01/2017
PLANTEAMIENTOUn contribuyente tiene un accidente laboral por el que se lesiona de gravedad un ojo. Tiene contratado un seguro privado que le paga una indemnización sin necesidad de intervención judicial.¿Esta indemnización estaría exenta o suje...
PLANTEAMIENTOUn trabajador es asegurado en una póliza de seguro colectivo, en la que el tomador es la empresa para la que trabaja. En el año 2022 ha percibido el capital asegurado en concepto de indemnización por invalidez permanente absoluta.¿Cu...
PLANTEAMIENTO¿En que consiste la indemnización en caso de culpabilidad exclusiva del peatón, en un accidente de tráfico?RESPUESTAEl Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre res...
PLANTEAMIENTOUn menor de 9 años irrumpe de manera sorpresiva en la calzada para intentar cruzarla por lugar no habilitado al efecto, momento en el cual es atropellado por un vehículo que circulaba de manera adecuada. Como consecuencia del accidente...
Materia135077 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - HECHO IMPONIBLE, EXENCIONES - INDEMNIZACIONESPreguntaEl marido de una contribuyente fallece víctima de un accidente de tráfico. Se percibe una indemnización de la ...
-
Resolución Vinculante de DGT, V0696-17, 16-03-2017
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 16/03/2017 Núm. Resolución: V0696-17
-
Resolución Vinculante de DGT, V1850-15, 12-06-2015
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 12/06/2015 Núm. Resolución: V1850-15
-
Resolución Vinculante de DGT, V0128-17, 23-01-2017
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 23/01/2017 Núm. Resolución: V0128-17
-
Resolución Vinculante de DGT, V1938-15, 18-06-2015
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 18/06/2015 Núm. Resolución: V1938-15
-
Resolución Vinculante de DGT, V2704-09, 09-12-2009
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 09/12/2009 Núm. Resolución: V2704-09