Última revisión
Resolución Vinculante de Dirección General de Tributos, V1075-17 de 09 de Mayo de 2017
Relacionados:
Órgano: Dirección General de Tributos
Fecha: 09/05/2017
Num. Resolución: V1075-17
Normativa
Cuestión
Incidencia fiscal en caso de exceder el límite máximo anual.
Descripción
La consultante tiene suscrito desde 2013 un plan individual de ahorro sistemático con intención de aportar todos los años el máximo legal.
Contestación
La disposición adicional tercera de la
?c) El límite máximo anual satisfecho en concepto de primas a este tipo de contratos será de 8.000 euros? Asimismo, el importe total de las primas acumuladas en estos contratos no podrá superar la cuantía total de 240.000 euros por contribuyente.
d) En el supuesto de disposición, total o parcial, por el contribuyente antes de la constitución de la renta vitalicia de los derechos económicos acumulados se tributará conforme a lo previsto en esta Ley en proporción a la disposición realizada. A estos efectos, se considerará que la cantidad recuperada, corresponde a las primas satisfechas en primer lugar, incluida su correspondiente rentabilidad.
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Respecto a la incidencia de la superación del límite máximo anual de primas aportadas, debe tenerse en cuenta el criterio de este Centro Directivo contenido en la consulta vinculante V1132-07 y que se transcribe a continuación:
?Por tanto, la realización de aportaciones que superen los límites máximos, ya sea el anual o el total, o ambos, supone un incumplimiento del requisito establecido en la letra c) de la disposición adicional tercera, el cual determina la pérdida de la consideración del contrato de seguro como plan individual de ahorro sistemático a efectos de su tratamiento tributario.
No obstante, si como consecuencia de disposición o ejercicio de derecho de rescate, las primas aportadas y no rescatadas no rebasasen los mencionados límites, el contrato recobrará su consideración de plan individual de ahorro sistemático a efectos de su tratamiento tributario, siempre que además cumpla los restantes requisitos establecidos en la disposición adicional tercera de la
Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo