Resolución Vinculante de Dirección General de Tributos, V1369-12 de 25 de Junio de 2012
- Órgano: SG DE IMPUESTOS ESPECIALES Y DE TRIBUTOS SOBRE EL COMERCIO EXTERIOR
- Fecha: 25 de Junio de 2012
- Núm. Resolución: V1369-12
Normativa
Cuestión
Descripción
Contestación
Con objeto de proteger la salud de la población, esta Ley establece aquí no solo limitaciones a la venta sino también limitaciones en el suministro y para el consumo de labores del tabaco. En concreto, su artículo 3 establece:
1. La venta y suministro al por menor de productos del tabaco sólo podrá realizarse en la red de expendedurías de tabaco y timbre o a través de máquinas expendedoras, ubicadas en establecimientos que cuenten con las autorizaciones administrativas oportunas, para la venta mediante máquinas, y queda expresamente prohibido en cualquier otro lugar o medio.
(…)
5. Se prohíbe, en el ejercicio de una actividad comercial o empresarial, la entrega, suministro o distribución de muestras de cualquier producto del tabaco, sean o no gratuitas, y la venta de productos del tabaco con descuento.
Se presume que la entrega, suministro o distribución de muestras tiene lugar en el ejercicio de una actividad comercial o empresarial cuando se efectúa directamente por el fabricante, productor, distribuidor, importador o vendedor.
6. Se prohíbe la venta y suministro de productos del tabaco por cualquier otro método que no sea la venta directa personal o a través de máquinas expendedoras que guarden las condiciones señaladas en el artículo siguiente. Queda expresamente prohibida la venta o suministro al por menor de productos del tabaco de forma indirecta o no personal, mediante la venta a distancia o procedimientos similares.
Las conclusiones que cabe extraer de lo dispuesto en este artículo son:
- El suministro de labores del tabaco solo podrá realizarse a través de la red de expendedurías de tabaco y timbre o de máquinas expendedoras autorizadas. El suministro queda expresamente prohibido por cualquier otro medio.
- Ningún fabricante, productor, distribuidor, importador o vendedor de labores del tabaco puede entregar muestras de labores, sean o no gratuitas, ni vender con descuento.
- Se prohíbe el suministro de picadura para liar por cualquier método que no sea la venta directa personal o a través de máquinas expendedoras. Queda expresamente prohibido el suministro al por menor de forma indirecta.
Por tanto, no resulta posible para un fabricante de labores del tabaco entregar labores del tabaco fuera del sistema establecido por esta Ley.
Por lo que se refiere a la fiscalidad que soportaría la picadura elaborada por cuenta de la consultante, el artículo 5 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales (BOE de 29 de diciembre), establece que constituye el hecho imponible de los impuestos especiales de fabricación, entre los que se encuentra el Impuesto sobre las Labores del Tabaco, "la fabricación e importación de los productos objeto de dichos impuestos dentro del territorio de la Comunidad".
En el supuesto planteado, y obviando las exigencias sanitarias, un fabricante de labores del tabaco transformaría las plantas de tabaco que le entregaría la consultante en picadura para liar apta para ser fumada. Se produce, por tanto, el hecho imponible del Impuesto sobre las Labores del Tabaco.
Por su parte, ni los artículos 6 y 9 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales (BOE de 29 de diciembre), que establecen respectivamente- los supuestos de no sujeción y de exención de carácter general en los impuestos especiales de fabricación, ni los artículos 57 y 61, que establecen Ârespectivamente- los supuestos de no sujeción y de exención específicos del Impuesto sobre las Labores del Tabaco, recogen derogación alguna de la exigibilidad de este impuesto por el mero hecho de que el consumidor final fume un tabaco elaborado a partir de la materia prima entregada por él al fabricante.
En conclusión, si no existieran impedimentos por motivos sanitarios, la picadura para liar entregada por el fabricante de la labor al propio cultivador del tabaco, para ser fumada por éste, estaría sujeta y no exenta del Impuesto sobre las Labores del Tabaco, tributando al tipo impositivo establecido en el artículo 60 de la Ley de Impuestos Especiales, que le correspondiese. El fabricante, sujeto pasivo del Impuesto sobre Labores del Tabaco, tendría que repercutir este impuesto sobre la consultante y liquidar y pagar las cuotas tributarias correspondientes, en la forma establecida en el artículo 44 del Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio (BOE de 28 de julio).
Ley 38/1992 de 28 de Dic (Impuestos especiales) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 312 Fecha de Publicación: 29/12/1992 Fecha de entrada en vigor: 01/01/1993 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
Real Decreto 1165/1995 de 7 de Jul (Reglamento de los Impuestos Especiales) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 179 Fecha de Publicación: 28/07/1995 Fecha de entrada en vigor: 01/10/1995 Órgano Emisor: Ministerio De Economia Y Hacienda
- D.T. 3ª. Régimen transitorio para cigarrillos y picadura para liar.
- D.T. 2ª. Plazo de inscripción en el registro territorial para los establecimientos en los que se lleve a cabo la primera transformación del tabaco crudo.
- D.T. 1ª. Plazo de inscripción en el registro territorial para determinados consumidores finales de gasóleo.
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- D.A. 1ª. Referencias a determinados órganos administrativos
Ley 28/2005 de 26 de Dic (Medidas sanitarias frente al tabaquismo y venta, suministro, consumo y publicidad de los productos del tabaco) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 309 Fecha de Publicación: 27/12/2005 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2006 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
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Auto CIVIL JPI Madrid, Sec. 17, Rec 409/2000, 27-07-2000
Orden: Civil Fecha: 27/07/2000 Tribunal: Juzgado De Primera Instancia - Madrid Ponente: Del Saz Castro, Milagros Num. Recurso: 409/2000
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Sentencia Supranacional Nº C-152/95, TJUE, 09-10-1997
Orden: Supranacional Fecha: 09/10/1997 Tribunal: Tribunal De Justicia De La Union Europea Ponente: Hirsch Num. Sentencia: C-152/95
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Sentencia Civil Nº 146/2007, JM Palma de Mallorca, Sec. 1, Rec 339/2006, 25-05-2007
Orden: Civil Fecha: 25/05/2007 Tribunal: Juzgados De Lo Mercantil - Palma De Mallorca Ponente: Fernandez Gonzalez, Victor Manuel Num. Sentencia: 146/2007 Num. Recurso: 339/2006
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Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 439/2022, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 465/2020, 13-10-2022
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Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 476/2022, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 965/2020, 03-11-2022
Orden: Administrativo Fecha: 03/11/2022 Tribunal: Tsj Madrid Ponente: Gallego Laguna, Jose Alberto Num. Sentencia: 476/2022 Num. Recurso: 965/2020
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Impuesto sobre las labores del tabaco
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 13/01/2023
A efectos de este impuesto tienen la consideración de labores del tabaco:Los cigarros y los cigarritos.Los cigarrillos.La picadura para liar.Los demás tabacos para fumar.Este tributo se encuentra regulado en los artículos 56 a 63 de la Ley 38/1992...
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Impuestos de Fabricación
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 12/01/2023
Tienen la consideración de impuestos especiales de fabricación:1. Los siguientes impuestos especiales sobre el alcohol y las bebidas alcohólicas:a) El Impuesto sobre la Cerveza.b) El Impuesto sobre el Vino y Bebidas Fermentadas.c) El Impuesto sobr...
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Impuestos Especiales
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 11/01/2023
Se trata de impuestos sobre consumos específicos donde, además de su capacidad recaudatoria, destaca su finalidad extrafiscal como instrumentos de las políticas sanitarias, energéticas o de medio ambiente.Se encuentran regulados en la Ley 38/1992...
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Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 18/01/2023
Este impuesto tiene por objeto la prevención de residuos, y se articula como un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre la utilización en el territorio español de envases que, conteniendo plástico, no son reutilizables. A efectos de este ...
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Sujetos pasivos del impuesto sobre las labores del tabaco CANARIAS
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Escrito de denuncia por comercialización de madera no aprovechada legalmente y sus productos derivados
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Escrito de denuncia por ausencia de mantenimiento y evaluación de un sistema de diligencia debida en la comercialización de la madera
Fecha última revisión: 25/09/2017
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Escrito de denuncia por comercialización de madera no aprovechada legalmente y sus productos derivados, infracción grave
Fecha última revisión: 26/09/2017
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Modelo 763. Impuesto sobre actividades de juego en los supuestos de actividades anuales o plurianuales. Gipuzkoa
Fecha última revisión: 06/11/2017
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(EORI) - OBTENCIÓN DEL EORI - SOLICITANTE - PERSONA FÍSICA, SIN UNA ACTIVIDAD ECONÓMICA
Fecha última revisión: 01/01/2017
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SOLICITANTE - 03. PERSONA FÍSICA, SIN UNA ACTIVIDAD ECONÓMICA
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REFERENCIAS NO ASOCIADAS A SUBCAPITULOS - 03. ADHERENCIA DE LAS MARCAS FISCALES
Fecha última revisión: 26/05/2022
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REFERENCIAS NO ASOCIADAS A SUBCAPITULOS - 04. DESTINATARIO: SIN ADHESIÓN CORRECTA DE MARCAS FISCALES
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REFERENCIAS NO ASOCIADAS A SUBCAPITULOS - 08. TENENCIA CON FINES COMERCIALES
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