Resolución Vinculante de Dirección General de Tributos, V1414-10 de 23 de Junio de 2010
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Resolución Vinculante de Dirección General de Tributos, V1414-10 de 23 de Junio de 2010
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Órgano: SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
Fecha: 23/06/2010
Num. Resolución: V1414-10
Normativa
Ley 35/2006, Art. 68-3Normativa
Ley 35/2006, Art. 68-3Cuestión
Si la deducción por donativos corresponde aplicarla cada cónyuge al 50 por 100 o exclusivamente a él.Descripción
El consultante y su cónyuge, casados en régimen de gananciales, han efectuado donativos con derecho a deducción, si bien figuran imputados al 100 por 100 a su nombre.Contestación
El artículo 68.3 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (BOE de 29 de noviembre), establece lo siguiente:"Los contribuyentes podrán aplicar, en este concepto:
a) Las deducciones previstas en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
b) El 10 por ciento de las cantidades donadas a las fundaciones legalmente reconocidas que rindan cuentas al órgano del protectorado correspondiente, así como a las asociaciones declaradas de utilidad pública, no comprendidas en el párrafo anterior."
La práctica de la referida deducción corresponderá por mitad a cada cónyuge al efectuarse los donativos con "dinero ganancial".
Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.