Aspectos clave en los Presupuestos Generales del Estado para 2018
- Autor: Elena Tenreiro
- Materia: Administrativo
- Fecha: 04/07/2018

El Boletín Oficial del Estado de 4 de julio de 2018 publica la Ley 6/2018 de 3 de Jul (Presupuestos Generales del Estado para el año 2018) con entrada en vigor al día siguiente al de su publicación, salvo las dos excepciones previstas en la Disposición final cuadragésima sexta de la citada norma.
Estos Presupuestos continúan con la misión de seguir reduciendo el déficit público y cumplir con los compromisos de consolidación fiscal de la Unión Europea.
El límite de gasto no financiero para 2018 es de 119.834 millones de euros, un 1,3% más respecto al Presupuesto de 2017, incrementándose el nivel de gasto respecto al presupuesto del año pasado en 1.497 millones de euros.
Dentro del presupuesto por departamentos, destaca el destinado a pensiones, de 144.834.305,66 euros, para desempleo se destinan 17.702.180,62 euros o para la deuda pública para el que se destinan 31.547.483,77 euros.
A continuación, procedemos a analizar las medidas más destacadas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 en el ámbito social-laboral y tributario.
Ámbito social y laboral
- Incremento salarial del personal al servicio del sector público
Se fija un incremento del 1,5%, para este año 2018, de las retribuciones del personal al servicio del sector público, respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2017. Además, se prevén otras posibles subidas adicionales a la anterior, desde el 0,2% hasta el 0,3%, en diferentes supuestos.
- Revalorización de las pensiones públicas
Las pensiones abonadas por el sistema de la Seguridad Social (en su modalidad contributiva), así como de Clases Pasivas del Estado, se verán incrementadas en el año 2018 en un 0,25%.
- Incremento adicional de determinadas pensiones
Las cuantías mínimas de las pensiones contributivas abonadas por el sistema de la Seguridad Social y las pensiones de Clases Pasivas del Estado se verán incrementadas desde un 0,75% hasta un 1,25% (además del 0,25% previsto anteriormente).
Las cuantías mínimas de las pensiones de Clases Pasivas se incrementarán en un 2,75% adicional a lo previsto para los complementos para mínimos reconocidos en el artículo 42 de la ley de PGE 2018.
- Incremento del porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión de viudedad en determinados supuestos
El porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión de viudedad a favor de pensionistas con 65 o más años que no perciban otra pensión pública, regulado en la disposición adicional trigésima de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, será del 54% desde el día primero del mes siguiente a la entrada en vigor de esta ley.
- Ampliación del permiso de paternidad
Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida, se amplía en permiso de paternidad a 5 semanas, ampliables en los supuestos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo.
- Ayuda económica de acompañamiento a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil
Se reconoce una ayuda económica de acompañamiento a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que suscriban un contrato para la formación y el aprendizaje. (En vigor al mes siguiente al de su publicación en el BOE y se extenderá mientras esté vigente la Iniciativa de Empleo Juvenil)
La cuantía de la ayuda económica será igual al 80% del indicador público de rentas de efectos múltiples mensual (IPREM) vigente en cada momento, con una duración máxima de 18 meses ampliable a 36 meses para personas con discapacidad.
Además, se reconoce una bonificación por conversión en indefinidos de estos contratos, de 250 euros mensuales durante un período de 3 años (3.000 euros/año).
- Prestación económica en la situación de incapacidad temporal del personal al servicio de las Administraciones públicas
Se reconoce la posibilidad de que cada Administración Pública, previa negociación colectiva, determine las retribuciones a percibir por el personal a su servicio en las situaciones de incapacidad temporal y en aquellas en las que se haya expedido licencia por enfermedad.
Mientras no queden determinadas estas retribuciones, seguirá en vigor el descuento en nómina para estas situaciones, establecido en la Ley de PGE de 2013.
- Subsidio extraordinario por desemplo
Se reconoce este tipo de subsidio para personas desempleadas inscirtas como demandantes de empleo, que en la fecha de solicitud se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
a) Haber extinguido por agotamiento el subsidio por desempleo.
b) Ser parado de larga duración y haber extinguido por agotamiento alguna de las siguientes prestaciones: la prestación por desempleo o el subsidio por desempleo,las ayudas económicas vinculadas al Programa de renta activa de inserción (RAI) para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo, o el Programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo (PREPARA) y, asimismo, estar inscrito como demandante de empleo a fecha 1 de mayo de 2018.
Para las personas que hayan agotado el subsidio por desempleo entre el 1 de marzo de este año y la fecha de entrada en vigor de los PGE 2018, es decir, 5 de julio, podrán solicitar este tipo de subsidio dentro de los 2 meses siguientes a esta última fecha.
- Bases y tipos de cotización y acción protectora en el Sistema Especial para Empleados de Hogar
Desde el año 2014 hasta el año 2023, las retribuciones mensuales y las bases de cotización de la escala se actualizarán en idéntica proporción al incremento que experimente el SMI en cada uno de esos años. A partir del año 2024, las bases de cotización por contingencias comunes y profesionales se determinarán conforme a lo establecido en el artículo 147 de la LGSS, sin que la cotización pueda ser inferior a la base mínima que se establezca legalmente.
- Subida de las cuotas de autónomos
A partir del día primero del mes siguiente al de la entrada en vigor de Ley 6/2018 de 3 de Jul (Presupuestos Generales del Estado para el año 2018) :
La base máxima de cotización será de 3.803,70 euros mensuales (lo que implica un incremento de 52.50 euros sobre la cantidad hasta el momento -3.751,20 euros-).
La base mínima de cotización será de 932,70 euros mensuales. (lo que implica un incremento de 12,90 euros sobre la cantidad hasta el momento -919,80 euros-)
Ámbito tributario
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Se reconoce una reducción de la tributación de los trabajadores de renta más baja y de los contribuyentes que soportan mayores cargas familiares, tales como mujeres trabajadoras, familias numerosas o personas con discapacidad.
Por ello, se aumenta la reducción por obtención de rendimientos del trabajo (Se modifica el artículo 20 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, con efectos desde la entrada en vigor de los PGE)
La mejora de la fiscalidad familiar se lleva a cabo con la ampliación de las deducciones por maternidad y por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.
En la deducción por maternidad, se incrementa el incentivo fiscal (hasta 1.000 euros más) cuando tenga que soportar gastos por la custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros educativos autorizados. (Con efectos desde el 1 de enero de 2018)
Respecto a la obligación de declarar, destaca la elevación del umbral inferior de obligación de declarar establecido para los perceptores de rendimientos del trabajo como consecuencia de la mejora de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo. (El límite de 12.000 euros, pasa a ser de 14.000 euros)
Se establece una deducción sobre la cuota a favor de aquellos contribuyentes cuyos restantes miembros de la unidad familiar residan en otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
Se eleva el porcentaje de la deducción por obtención de rentas en Ceuta y Melilla, con el objetivo de que los residentes en dichas Ciudades Autónomas tengan una menor tributación.
Y, por último en materia de IRPF, destaca la elevación progresiva de la exención de tributar por los premios de determinadas loterías y apuestas.
- Impuesto sobre Sociedades
Se modifica la reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles y su régimen transitorio. Además, se procede a exceptuar a las entidades de capital-riesgo de la obligación de efectuar el pago fraccionado mínimo aplicable a las grandes empresas, en lo que se refiere a sus rentas exentas.
- Impuesto sobre el Valor Añadido
El tipo impositivo aplicable a las entradas de cine pasa del 21% al 10%.
En materia de exenciones se modifica la exención por los servicios prestados directamente a sus miembros por uniones, agrupaciones o entidades autónomas, entrando en vigor desde el 1 de enero de 2019 diversas medidas relacionadas con las prestaciones de servicios y las ventas a distancia de bienes.
- Impuesto sobre el Patrimonio
Se prorroga durante este año la exigencia de su gravamen.
- Impuesto sobre Actividades Económicas
Se introducen varias modificaciones en las Tarifas del IAE.
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Se actualiza la escala que grava la transmisión y rehabilitación de grandezas y títulos nobiliarios al 1%.
RDLeg. 8/2015 de 30 de Oct (TR. Ley General de la Seguridad Social -LGSS-) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 261 Fecha de Publicación: 31/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 02/01/2016 Órgano Emisor: Ministerio De Empleo Y Seguridad Social
- D.F. 8ª. Desarrollo reglamentario.
- D.F. 7ª. Competencias sobre la incapacidad temporal.
- D.F. 6ª bis. Ampliación del régimen de compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo por cuenta ajena.
- D.F. 6ª. Trabajadores autónomos dedicados a la venta ambulante o a domicilio.
- D.F. 5ª. Disposiciones relativas a trabajadores por cuenta ajena agrarios.
LEY 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 285 Fecha de Publicación: 29/11/2006 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2007 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 8ª. Entrada en vigor.
- D.F. 7ª. Habilitación normativa.
- D.F. 6ª. Habilitación para la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
- D.F. 5ª. Modificación del texto refundido de la Ley de regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre.
- D.F. 4ª. Modificación de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.
Ley 6/2018 de 3 de Jul (Presupuestos Generales del Estado para el año 2018) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 161 Fecha de Publicación: 04/07/2018 Fecha de entrada en vigor: 05/07/2018 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO
- ANEXO XIV. Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares
- ANEXO XIII. Bienes del Patrimonio Histórico Español
- ANEXO XII. Bonificaciones aplicables en los puertos de interés general a las tasas de ocupación, del buque, del pasaje y de la mercancía
- ANEXO XI. Fondos sin personalidad jurídica
Ley 27/2011 de 1 de Ago (Actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 184 Fecha de Publicación: 02/08/2011 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2013 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 12ª. Entrada en vigor.
- D.F. 11ª. Información sobre las políticas de inversión de los planes y fondos de pensiones.
- D.F. 10ª. Modificación de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
- D.F. 9ª. Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
- D.F. 8ª. Normas aplicables a los Regímenes Especiales.
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Sentencia SOCIAL Nº 2715/2017, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2679/2016, 28-09-2017
Orden: Social Fecha: 28/09/2017 Tribunal: Tsj Andalucia Ponente: álvarez Domínguez, Francisco Manuel Num. Sentencia: 2715/2017 Num. Recurso: 2679/2016
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Sentencia Social Nº 518/2015, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 17/2015, 15-06-2015
Orden: Social Fecha: 15/06/2015 Tribunal: Tsj Madrid Ponente: Garcia Alarcon, Maria Virginia Num. Sentencia: 518/2015 Num. Recurso: 17/2015
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Sentencia SOCIAL Nº 73/2017, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 4, Rec 667/2016, 02-02-2017
Orden: Social Fecha: 02/02/2017 Tribunal: Tsj Madrid Ponente: Garcia Paredes, Maria Luz Num. Sentencia: 73/2017 Num. Recurso: 667/2016
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Sentencia SOCIAL Nº 9/2020, TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2980/2018, 07-01-2020
Orden: Social Fecha: 07/01/2020 Tribunal: Tsj Comunidad Valenciana Ponente: Linares Bosch, Inmaculada Concepcion Num. Sentencia: 9/2020 Num. Recurso: 2980/2018
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Sentencia Social Nº 842/2010, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1170/2009, 11-03-2010
Orden: Social Fecha: 11/03/2010 Tribunal: Tsj Andalucia Ponente: Rodriguez Alvarez, Maria Begoña Num. Sentencia: 842/2010 Num. Recurso: 1170/2009
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Cuantías de pensiones y prestaciones públicas año 2023
Orden: Laboral Fecha última revisión: 28/12/2022
Con efectos de 1 de enero de 2023, la LPGE de 2023 y el Real Decreto 1058/2022, de 27 de diciembre, fijan la revalorización de las pensiones y otras prestaciones abonadas por el sistema de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva y no con...
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Renta agraria para los trabajadores eventuales del Régimen Especial Agrario
Orden: Laboral Fecha última revisión: 19/10/2022
La renta agraria es una prestación por desempleo que se aplicará en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura. NOVEDAD- Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre (vigente desde el 1 de noviembre de 2022 al 30 de junio de 2023). Se r...
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Cotización en el Régimen especial de empleados de hogar año 2023
Orden: Laboral Fecha última revisión: 28/02/2023
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Complementos por mínimos en las pensiones para el año 2023
Orden: Laboral Fecha última revisión: 25/01/2023
Los beneficiarios de pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social, que no perciban rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas y ganancias patrimoniales, de acuerdo con el concepto establecido para dichas rentas e...
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Deducción por maternidad
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 20/03/2023
La deducción por maternidad se regula en el artículo 81 de la LIRPF. Se trata de una deducción de la cuota diferencial del IRPF de hasta 1.200 euros anuales, aplicable, con carácter general en el ejercicio 2022, a las mujeres con hijos menores d...
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Solicitud de prestación seguro escolar. (Modelo Oficial)
Fecha última revisión: 01/08/2017
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Reclamación previa ante el SEPE solicitando la concesión de subsidio por desempleo tras haber agotado la prestación contributiva y tener responsabilidades familiares (art. 274 a), LGSS).
Fecha última revisión: 08/06/2017
A LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL DE [PROVINCIA] (1)D./Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR_A], mayor de edad, con DNI núm [DNI_TRABAJADOR], afiliado a la Seguridad Social nº [NUM_SEG_SOCIAL_TRABAJADOR] y domicilio a efectos de...
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Certificado de empresa para la solicitud de prestaciones en el Sistema especial empleados hogar. (Modelo Oficial)
Fecha última revisión: 18/05/2022
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Reclamación previa ante el SEPE solicitando la concesión de subsidio por desempleo tras haber agotado la prestación contributiva y ser mayor de cuarenta y cinco años (art. 274 b), LGSS).
Fecha última revisión: 08/06/2017
A LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL DE [PROVINCIA] (1)D./Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR_A], mayor de edad, con DNI núm [DNI_TRABAJADOR], afiliado a la Seguridad Social nº [NUM_SEG_SOCIAL_TRABAJADOR] y domicilio a efectos de...
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Reclamación previa ante el SEPE solicitando la concesión de subsidio por desempleo para emigrante retornado (art. 274 c), LGSS).
Fecha última revisión: 08/06/2017
A LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL DE [PROVINCIA] (1)D./Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR_A], mayor de edad, con DNI núm [DNI_TRABAJADOR], afiliado a la Seguridad Social nº [NUM_SEG_SOCIAL_TRABAJADOR] y domicilio a efectos de...
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Análisis de las medidas sociales y laborales establecidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.
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