Qué es el Mecanismo de Equidad Intergeneracional de las Pensiones (MEI) y cómo afectará a tú nomina en 2023
- Autor: José Juan Candamio Boutureira
- Materia: Laboral
- Fecha: 29/12/2022

Por aplicación de la reforma de las pensiones 2022 (D.F. 4ª de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre), a partir de 2023, y a lo largo de un periodo de diez años, se fijará una cotización adicional finalista que nutrirá el Fondo de Reserva de la Seguridad Social.
La cotización será de 0,6 puntos porcentuales, lo que, siguiendo la estructura actual de distribución entre empresa y trabajador y salvo modificaciones o revisiones, supondrá:
- MEI Empleador: 0,50 %.
- MEI Empleado: 0,10 %.
¿Esto que supone en las nóminas/cuotas?
Hasta el 31/12/2022
- Trabajadores por cuenta ajena:
- Tipo de cotización por contingencias comunes: 28,30% [23,60% a cargo del empleador y 4,70% a cargo del trabajador].
- Empleados de hogar:
- Desde el 01/10/2022 hasta el 31/12/2022
Con efectos de 1 de octubre de 2022, se han cambiado los tipos de cotización por contingencias profesionales para cubrir los nuevos derechos a prestaciones: desempleo y FOGASA.
- Contingencias comunes empleador: 23,60% (bonificado en un 20%).
- Contingencias comunes empleado: 4,70% (se mantiene).
- Contingencias profesionales empleador: 1,5% (se mantiene).
- Desempleo persona empleadora: 5% (se establece una bonificado en un 80%).
- Desempleo persona trabajadora: 1,05 %.
- FOGASA persona empleadora: 0,20 % (se establece una bonificado en un 80%).
- Trabajadores autónomos:
- Tipo de cotización por contingencias comunes: 28,30%.
Desde el 01/01/2023
- Trabajadores por cuenta ajena:
- Tipo de cotización por contingencias comunes: se incrementa en un 0,6%: 28,90% [24,10% a cargo del empleador y 4,80% a cargo del trabajador].
- Empleados de hogar:
- Contingencias comunes empleador: 23,60% (bonificado en un 20%).
- Contingencias comunes empleado: 4,70% (se mantiene).
- Contingencias profesionales empleador: 1,5% (se mantiene).
- Desempleo persona empleadora: 5% (se establece una bonificado en un 80%).
- Desempleo persona trabajadora: 1,05 %.
- FOGASA persona empleadora: 0,20 % (se establece una bonificado en un 80%).
- MEI Empleador: 0,50 %.
- MEI Empleado: 0,10 %.
- Trabajadores autónomos:
- Tipo de cotización por contingencias comunes: 28,90%. Aplicándose sobre el nuevo sistema de cotización para autónomos por ingresos netos.
Normativa e información de interés
Artículo 122 de la LPGE 2023
Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2023.
«Catorce. Cotización correspondiente al mecanismo de equidad intergeneracional.
Conforme a lo dispuesto en la disposición final cuarta de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, a partir del 1 de enero de 2023 se efectuará una cotización de 0,6 puntos porcentuales aplicable a la base de cotización por contingencias comunes en todas las situaciones de alta o asimiladas a la de alta en el sistema de la Seguridad Social en las que exista obligación de cotizar para la cobertura de la pensión de jubilación.
Cuando el tipo de cotización deba ser objeto de distribución entre empleador y trabajador, el 0,5 por ciento será a cargo del empleador y el 0,1 por ciento a cargo del trabajador».
Disposición final cuarta de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre. Mecanismo de equidad intergeneracional.
«Con el fin de preservar el equilibrio entre generaciones y fortalecer la sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social en el largo plazo, se establece un mecanismo de equidad intergeneracional cuyo funcionamiento será el siguiente:
1. Primer componente. A partir de 2023, y a lo largo de un periodo de diez años, se fijará una cotización adicional finalista que nutrirá el Fondo de Reserva de la Seguridad Social en los siguientes términos:
a) La cotización será de 0,6 puntos porcentuales, siguiendo la estructura actual de distribución entre empresa y trabajador.
b) Esta cotización finalista se mantendrá hasta 2032.
c) Se adaptará la normativa sobre el Fondo de Reserva para garantizar que la utilización de esta cuota finalista y de los rendimientos que genera se destine exclusivamente a atender las desviaciones en el nivel de gasto a las que se hace referencia en el siguiente apartado.
2. Segundo componente. A partir de 2032, con una periodicidad trienal, se verificará si, de acuerdo con las últimas previsiones del Ageing Report de la Comisión Europea o documento análogo, el nivel de gasto en 2050 supera la previsión para ese año del citado informe de 2024 una vez descontado el efecto que habría tenido el derogado factor de sostenibilidad. En función de esta valoración, en 2033:
a) Si el nivel de gasto previsto no supera este umbral, no se aplicará ninguna medida. En tal caso, podrá valorarse en el seno del diálogo social para su elevación como propuesta a la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo la utilización de los recursos del Fondo de Reserva de la Seguridad Social para reducir las cotizaciones sociales o mejorar la cuantía de las pensiones.
b) Si el nivel de gasto previsto supera el citado umbral, se aplicarán las siguientes medidas:
–?Se dispondrá de los activos del Fondo de Reserva de la Seguridad Social para la financiación del gasto en pensiones contributivas, con un límite de disposición anual del 0,2 por 100 del PIB.
–?En el supuesto de que la citada desviación sea superior a ese 0,2 por 100, o que se hayan agotado los activos del Fondo de Reserva, el Gobierno negociará con los interlocutores sociales para elevar a la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo una propuesta que, de forma equilibrada, bien se dirija a minorar el porcentaje de gasto en pensiones en términos de PIB a través de medidas enmarcadas en las recomendaciones del Pacto de Toledo, bien a incrementar el tipo de cotización u otras fórmulas alternativas para aumentar los ingresos, bien a ambas medidas, en los términos que se acuerden, teniendo especialmente en cuenta el principio de suficiencia.
Estas medidas deberán compensar la desviación en la previsión de gasto en pensiones en 2050 que no esté cubierta por los activos del Fondo de Reserva con un límite del 0,8 por 100 del PIB, de acuerdo con una senda que refleje el impacto creciente que habría tenido la aplicación del derogado factor de sostenibilidad y con un efecto temporal que no podrá prolongarse más allá de 2060».
Boletín Sistema Red n.º 10 /2022, de 28 de diciembre de 2022
Actuaciones en el ámbito de afiliación
No se precisa la realización de ningún tipo de actuación específica para la cotización al MEI
Modificaciones en el ámbito de cotización
Para el cálculo de la citada cotización se decide crear dos nuevos conceptos económicos:
555 - Mecanismo de Equidad Intergeneracional MEI: cuando existe aportación obrera y empresarial.
557 - Mecanismo de Equidad Intergeneracional MEI Empresarial: cuando existe únicamente aportación empresarial.
Dichos conceptos se totalizarán en el concepto 598 “Líquido de contingencias comunes”, que se reflejará en todos los recibos. Afectará a todos los regímenes. No se aplicará a aquellos colectivos de trabajadores excluidos de cotizar por la contingencia de jubilación, no siendo de aplicación, por lo tanto, entre otros posibles supuestos, en los siguientes casos:
- Trabajadores obligados a cotizar exclusivamente por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, contingencias profesionales y cotización por solidaridad -por ejemplo, jubilados activos,..-.
- Colectivos obligados a cotizar exclusivamente por contingencias profesionales.
- Alumnos de nuevo ingreso Ministerio de Defensa RDL 13/2010 (TRL 938)
Tampoco se aplicará a los Trabajadores que desarrollan programas de formación y prácticas no laborales y académicas (TRL 986).
Ley 31/2022 de 23 de Dic (Presupuestos Generales del Estado para el año 2023) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 308 Fecha de Publicación: 24/12/2022 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2023 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- ANEXO XIII. Bienes del Patrimonio Histórico Español
- ANEXO XII
- ANEXO XI. Fondos sin personalidad jurídica
- ANEXO X. Fundaciones del sector público estatal
- ANEXO IX. Entidades de derecho público que aplican los principios y normas de contabilidad recogidos en el Código de Comercio y el Plan General de Contabilidad de la empresa española
Ley 21/2021 de 28 de Dic (Garantía del poder adquisitivo de las pensiones) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 312 Fecha de Publicación: 29/12/2021 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2022 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 8ª. Entrada en vigor.
- D.F. 7ª. Título competencial.
- D.F. 6ª. Modificación de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, sobre jubilación de Notarios, Agentes de Cambio y Bolsa y Corredores colegiados de Comercio.
- D.F. 5ª. Suficiencia de pensiones mínimas.
- D.F. 4ª. Mecanismo de equidad intergeneracional.
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Sentencia SOCIAL Nº 939/2020, TSJ Castilla La-Mancha, Sala de lo Social, Sec. 2, Rec 517/2019, 30-06-2020
Orden: Social Fecha: 30/06/2020 Tribunal: Tsj Castilla La-mancha Ponente: Rentero Jover, Jesús Num. Sentencia: 939/2020 Num. Recurso: 517/2019
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Sentencia Constitucional Nº 128/2001, TC, Sala Segunda, Rec Recurso de amparo 5303/1997, 04-06-2001
Orden: Constitucional Fecha: 04/06/2001 Tribunal: Tribunal Constitucional Num. Sentencia: 128/2001 Num. Recurso: Recurso de amparo 5303/1997
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Sentencia SOCIAL Nº 91/2022, JSO Barcelona, Sec. 32, Rec 200/2019, 14-03-2022
Orden: Social Fecha: 14/03/2022 Tribunal: Juzgado De Lo Social - Barcelona Ponente: Molist Requena, Marta Num. Sentencia: 91/2022 Num. Recurso: 200/2019
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Sentencia Social TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2254/2006, 31-05-2007
Orden: Social Fecha: 31/05/2007 Tribunal: Tribunal Supremo Ponente: Gilolmo Lopez, Jose Luis Num. Recurso: 2254/2006
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Sentencia Social Nº 2850/2008, TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 4152/2007, 17-09-2008
Orden: Social Fecha: 17/09/2008 Tribunal: Tsj Comunidad Valenciana Ponente: Linares Bosch, Inmaculada Concepcion Num. Sentencia: 2850/2008 Num. Recurso: 4152/2007
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Bases y tipos de cotización al Régimen General Seguridad Social año 2023
Orden: Laboral Fecha última revisión: 29/12/2022
Desde el 1 de enero de 2023, el tope máximo de la base de cotización al Régimen General será de 4.495,50 euros mensuales, y el tope mínimo será la cuantía del SMI.NOVEDADES- Art. 122.Uno de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos ...
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Cotización en el Régimen especial de empleados de hogar año 2023
Orden: Laboral Fecha última revisión: 24/01/2023
En el Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social, las bases de cotización serán las determinadas en una escala fijada anualmente en función de la retribución percibida por los empleados de h...
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Prestaciones para los trabajadores agrarios por cuenta ajena
Orden: Laboral Fecha última revisión: 23/01/2023
Los trabajadores por cuenta ajena agrarios incluidos en el REA teniendo derecho a las prestaciones de la seguridad social en los mismos términos y condiciones que en el Régimen General, con las particularidades establecidas reglamentariamente.Pres...
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Exoneración de cuotas a la Seguridad Social a partir de la edad de jubilación
Orden: Laboral Fecha última revisión: 27/04/2022
Como medida para el retraso de la jubilación se ha establecido la exención en el pago de cuotas a la Seguridad Social para empresarios y trabajadores a partir de la edad de jubilación (arts. 152, 311, 320, D.T. 7.ª de la LGSS). NOVEDAD- Art. 30...
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Cotización en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar año 2023
Orden: Laboral Fecha última revisión: 19/01/2023
Lo previsto en el Régimen general de la seguridad Social en relación con la determinación de la base, topes y tipos de cotización será de aplicación a los trabajadores por cuenta ajena y asimilados incluidos en el Régimen Especial de la Segur...
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Modelo de nómina para el servicio de hogar familiar
Fecha última revisión: 25/01/2023
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Demanda solicitando derecho a percibir prestaciones de IT durante vacaciones con anterioridad a la extinción del contrato.
Fecha última revisión: 12/06/2018
AL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº [NUMERO_JUZGADO] DE [LOCALIDAD]D./Dña. [NOMBRE_LETRADO_O_GRADUADO_SOCIAL], Letrado/a (Graduado/a Social) en ejercicio, y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], actuando en nombre de [NOMBRE_CLIENTE], repre...
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Solicitud de inscripción en el Sistema de la Seguridad Social (modelo TA.6).
Fecha última revisión: 20/12/2016
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Reclamación administrativa previa sobre reconocimiento de accidente laboral cuando previamente se ha reconocido una incapacidad temporal por contingencias comunes
Fecha última revisión: 24/05/2019
A LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE [PROVINCIA]D./Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR_A] mayor de edad, con DNI [DNI_TRABAJADOR], con domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO_TRABAJADOR], ante este organismo comparece...
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Solicitud de opción para la colaboración voluntaria en el pago de prestaciones económicas por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes
Fecha última revisión: 15/12/2016
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Caso práctico: cotización del régimen de servicio de hogar familiar para 2022
Fecha última revisión: 01/12/2022
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Análisis de las medidas sociales y laborales establecidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.
Fecha última revisión: 28/06/2017
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Caso práctico: Cotización a la Seguridad Social (ejemplo sobre las modificaciones realizadas en los conceptos cotizables en el año 2.014).
Fecha última revisión: 15/04/2016
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Caso práctico: Contratos temporales de duración inferior a 7 días. Recargo del 36 % de la cuota empresarial de contingencias comunes.
Fecha última revisión: 20/04/2016
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Caso práctico: Cotización de trabajador suspendido de empleo y sueldo.
Fecha última revisión: 01/01/2017
PLANTEAMIENTOEl salario mensual de la persona trabajadora de hogar a 40 horas semanales es de 1.000 euros (Salario Mínimo Interprofesional para 2022), tiene dos pagas extraordinarias prorrateadas que suman un total de 2.000 euros anuales y le abonan...
PLANTEAMIENTOAnálisis de las medidas sociales y laborales establecidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 (L-25252425) ha regulado nuevas medidas laborales ...
PLANTEAMINETONOTA: Ejemplo práctico basado en los cambios normativos sobre la cotización a la seguridad social impulsados por las modificaciones que la disposición final tercera del Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, realizó sobre el ...
PLANTEAMIENTOLos contratos temporales de duración inferior a 7 días tienen un recargo del 36 por 100 de la cuota empresarial de contingencias comunes.1.- ¿Hay alguna excepción para aplicárselo a empresas que por la peculiaridad de su actividad ...
PLANTEAMIENTOUn trabajador, con contrato indefinido y con la categoría profesional de peón, grupo 10 de cotización, a la Seguridad Social, es sancionado por el contratista para el que presta servicios, a través de una subcontrata, con suspensió...
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Resolución de DGT Vinculante V1419-22 del 16-06-2022
Órgano: Sg De Operaciones Financieras Fecha: 16/06/2022 Núm. Resolución: V1419-22
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Resolución de TEAF Bizkaia, 013963, 23-01-2017
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 23/01/2017
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Resolución de TEAF Bizkaia, 013984, 06-03-2017
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 06/03/2017
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Resolución de TEAF Bizkaia, 13327, 14-07-2014
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 14/07/2014
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Resolución de TEAF Bizkaia, 014110, 25-10-2017
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 25/10/2017