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Última revisión
08/01/2026

OPINIÓN: Principales novedades fiscales diciembre 2025

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Autor: Carlos David Delgado Sancho

Materia: opinion

Fecha: 08/01/2026

Resumen:

Artículo de opinión acerca de las novedades fiscales publicadas en el mes de diciembre de 2025.


OPINIÓN: Principales novedades fiscales diciembre 2025


En el mes de diciembre, las innumerables Administraciones Públicas que velan por nuestro bienestar (y no son pocas), aprueban sus presupuestos o prorrogan los del año anterior, en cuyo caso gastan menos y recaudan más (sobre todo en un escenario inflacionista), pero esta falta de presupuestos merma el crecimiento económico, toda vez que genera inestabilidad política y económica, por ejemplo, los últimos presupuestos que aprobó sanchez fueron los del año 2023 (Ley 31/2022, de 23 de diciembre), los cuales han sido prorrogados durante los ejercicios 2024, 2025 y 2026, por la negativa de puigdemont a apoyarlos, siendo previsible que también se prorroguen en el año 2027, por cuanto las elecciones generales deben celebrarse en julio. En reiteradas ocasiones, hemos denunciado el bochorno que nos produce que la llave de la gobernabilidad de España esté en manos de un sedicioso (sanchez no gobierna, se mantiene en el poder), por lo que todos los partidos no nacionalistas deberían ponerse de acuerdo para reformar la Constitución, con la finalidad de elegir al Presidente del Gobierno en segunda vuelta, ya que el bipartidismo ha desaparecido de la escena política y las mayorías absolutas brillan por su ausencia.

El Estado ha publicado las siguientes normas: Real Decreto-ley 15/2025 (BOE 03.12.2025) pospone la obligación veri-fatu al año 2027; Orden HAC/1425/2025 (BOE 11.12.2025) aprueba módulos estimación objetiva del IRPF y régimen especial simplificado del IVA; Orden HAC/1501/2025 (BOE 23.12.2025) aprueba precios medios de venta aplicables al ITPyAJD, ISyD e IEDMT; Real Decreto-ley 16/2025 (BOE 24.12.2025) especie de ley de acompañamiento, cuyo Capítulo V (“Medidas de carácter tributario”) prorroga determinados incentivos fiscales.

Han prorrogado sus presupuestos: Aragón (Orden HAP/1848/2025, BOA 31.12.2025); Cantabria (Decreto 92/2025, BOC 23.12.2025); Castilla-León (Decreto 23/2025, BOCYL 31.12.2025), si bien la Ley 2/2025 (BOCYL 05.12.2025) prorroga durante 2026 y 2027 la bonificación y exención de determinadas tasas (veterinarias, caza y pesca, certificados de profesionalidad, etc.); Cataluña (Decreto 272/2025, DOGC 24.12.2025); Comunidad Valenciana (no hay una norma especifica que prorrogue los presupuestos de 2025, aprobados por Ley 6/2025, de 30 de mayo); Extremadura (Orden de 16 de diciembre de 2025, DOE 18.12.2025), si bien publica la Orden de 5 de diciembre de 2025 (DOE 18.12.2025) que aprueba los precios medios de venta de los vehículos usados, la Orden de 11 de diciembre de 2025 (DOE 18.12.2025) que aprueba los precios medios del coste de la obra nueva de determinados bienes inmuebles y la Orden de 11 de diciembre de 2025 (DOE 18.12.2025) relativa a los precios medios de las edificaciones situadas en suelo rústico; Islas Baleares (Orden 39/2025, BOIB 30.12.2025); Murcia (Orden de 26 de diciembre de 2025, BORM 29.12.2025).

Han aprobado sus presupuestos: Andalucía (Ley 8/2025, BOJA 31.12.2025); Asturias (Ley 5/2025, BOPA 31.12.2025), si bien previamente la Ley 3/2025 (BOPA 02.12.2025) modifica determinados impuestos cedidos; Canarias (Ley 9/2025, BOC 29.12.2025), si bien la Orden de 12 de diciembre de 2025 (BOC 23.12.2025) aprueba los módulos del IGIC y el Decreto ley 7/2025 (BOC 24.12.2025) amplia hasta el 31 de diciembre de 2026 el tipo cero del IGIC para las entregas o importaciones de bienes y servicios, excluidos bienes inmuebles, necesarios para la reposición, recuperación o reactivación de las actividades empresariales o profesionales destruidas o dañadas por la erupción volcánica; Castilla-La Mancha (Ley 5/2025, DOCM 29.12.2025); Galicia (Ley 4/2025, junto con la Ley 5/2025 de medidas fiscales y administrativas, DOG 31.12.2025); La Rioja (Ley 8/2025, junto con la Ley 9/2025 de medidas fiscales y administrativas, BOR 30.12.2025); Madrid (Ley 6/2025, BOCM 29.12.2025).

En el ámbito foral, Navarra aprueba sus presupuestos por Ley foral 16/2025, junto con la Ley foral 17/2025 de acompañamiento, y, además, la Ley foral 18/2025 que establece el impuesto complementario para los grupos multinacionales y el Decreto foral 148/2025 que modifica el IRPF (BON 31.12.2025). El País Vasco también ha aprobado sus presupuestos por Ley 7/2025 (BOPV 30.12.2025), pero la particularidad de esta Comunidad Autónoma es que no tiene impuestos propios, pues el grueso mayoritario de sus ingresos procede de las aportaciones de las Diputaciones forales, las cuales gestionan y recaudan todos los impuestos estatales, en concreto, Álava aporta un 16,12%, Guipúzcoa un 33,52% y Vizcaya un 50,36%, si bien el País Vasco no aporta nada al Estado, de hecho, es receptor neto de recursos financieros, por ejemplo, en el año 2022 pagó 1468 millones de euros en concepto de cupo, pero recibió del Estado 2400 millones de euros en concepto de ajuste al consumo, por lo que recibió del resto de los españoles 932 millones de euros, los cuales también tenemos que financiar el déficit de la Seguridad Social del País Vasco, en torno a unos 3000 millones de euros anuales. Lo dicho vale también para Navarra, pues también se financia con el trabajo del resto de los españoles, con el agravante de que ambas Comunidades son las más beneficiadas del gasto y de la inversión pública estatal, pero no aportan nada para amortizar la abultada deuda pública de España.

Las provincias vascas también han publicado sus presupuestos, y, además, las siguientes normas fiscales:

-Álava: la Norma foral 16/2025 (BOTHA 22.12.2025) establece el impuesto complementario para los grupos multinacionales; la Norma foral 17/2025 (BOTHA 22.12.2025) regula el impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y modifica los impuestos que gravan la renta de las personas físicas y jurídicas; el Decreto foral 41/2025 (BOTHA 26.12.2025) aprueba los módulos del IRPF y del IVA; la Norma foral 21/2025 (BOTHA 29.12.2025) las medidas tributarias para el año 2026.

-Guipúzcoa: el Decreto foral 22/2025 (BOG 15.12.2025) desarrolla la norma foral 1/2025 y modifica los reglamentos del IRPF y del ISOC en lo relativo a rentas exentas y actividades económicas; el Decreto foral 25/2025 (BOG 23.12.2025) aprueba el reglamento del impuesto complementario; el Decreto foral 26/2025 (BOG 30.12.2025) desarrolla normas de diligencia debida y obligaciones de información de determinados proveedores de servicios de criptoactivos; el Decreto foral 27/2025 (BOG 30.12.2025) desarrolla la Norma foral 1/2025 y modifica las tablas de retenciones del IRPF; el Decreto foral-norma 1/2025 (BOG 30.12.2025) modifica determinados tributos.

-Vizcaya: la Norma foral 5/2025 (BOB 15.12.2025) adapta el impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras a la modificación del concierto económico, llevada a cabo por Ley 3/2025, de 29 de abril; la Norma foral 6/2025 (15.12.2025) regula el impuesto complementario; el Decreto foral 115/2025 (BOB 15.12.2025) aprueba los coeficientes de actualización; el Decreto foral 116/2025 (BOB 15.12.2025) modifica el reglamento que regula las obligaciones tributarias formales y el reglamento del IRPF; el Decreto foral 134/2025 (BOB 30.12.2025) modifica las tablas de retenciones; el Decreto foral 133/2025 (BOB 30.12.2025) modifica los reglamentos que regulan la renta de las personas físicas y jurídicas; el Decreto foral 135/2025 (BOB 30.12.2025) modifica las normas técnicas de valoración catastral.

Carlos David Delgado Sancho. Inspector de Hacienda del Estado

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