Principales Novedades Fiscales Marzo 2024
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Última revisión
09/04/2024

Principales Novedades Fiscales Marzo 2024

Tiempo de lectura: 7 min

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Autor: Carlos David Delgado Sancho

Inspector de Hacienda del Estado

Materia: opinion

Fecha: 09/04/2024

Resumen:

De la mano de Carlos David Delgado Sancho podremos conocer las principales novedades fiscales publicadas el pasado mes de marzo de 2024.


Principales Novedades Fiscales Marzo 2024
Principales Novedades Fiscales Marzo 2024


Pocas novedades fiscales trae este mes de marzo, como si la amnistía, la cesión a Cataluña de todos los impuestos y el referéndum, hubiesen paralizado toda iniciativa legislativa, y, no es para menos, porque la promulgación de estas tres leyes provocará una crisis política sin precedentes que durará décadas, ya que modifican de forma encubierta la Constitución, sin que nada podamos esperar del Tribunal Constitucional, pues la mayoría de sus Magistrados son meros lacayos del Gobierno, más aplicados en vulnerar los derechos fundamentales de los ciudadanos, que en administrar rectamente justicia.

Nuestra democracia es inherente a un nuevo tipo de delincuencia, la delincuencia política, cometida por quienes nos gobiernan, tanto a nivel estatal, autonómico, provincial o local (no son hechos aislados), cuyos autores son juzgados y condenados, para luego ser indultados o gozar de extraordinarios beneficios penitenciarios, por ejemplo, la concesión del tercer grado a los pocos días de ingresar en prisión, por no hablar de los cambios legislativos para favorecer a concretos delincuentes políticos, pero con la amnistía ha surgido un nuevo modelo de delincuencia, único en el mundo (Spain is different), en el que los ciudadanos (jueces incluidos) somos los delincuentes y los sediciosos los demócratas, y todo porque Sánchez necesita siete votos para seguir en el poder, si bien ningún demócrata (verdadero) va a soportar esta ignominia, ni se resignará a ella con el paso del tiempo, pues Puigdemont y Sánchez son la misma cosa, toda vez que les une las ansías infinitas de poder y un profundo desprecio hacia el pueblo catalán y español, sumiendo ambos personajes al Tribunal Constitucional en el más absoluto desprestigio, no sólo en España (falta de seriedad en sus sentencias), sino en Europa, donde lo ven como un Tribunal poco fiable (Sra. López Ostra), aunque previsible, pues todos sabemos de antemano el sentido de sus inmotivadas y arbitrarias resoluciones.

Los regímenes forales son constitucionales, pero no democráticos, entre otras razones porque Navarra y País Vasco no tienen derechos históricos, por lo que en vez de ampliarlos a Cataluña sería más correcto suprimirlos y no sólo porque sean injustos e insolidarios (los pobres financian a los ricos), sino para que navarros y vascos paguen menos impuestos (el convenio y el concierto sólo benefician a las élites extractivas navarras y vascas), bien entendido que un pacto fiscal con Cataluña es inconstitucional, aunque el Tribunal Constitucional, en su afán de mantener en el poder a Sánchez, lo considerará un avance en igualdad y solidaridad, por otra parte, Cataluña siempre ha recibido más de lo que aporta, si bien el cálculo de las magnitudes que integran la balanza fiscal es complejo, por ejemplo, ¿cómo se valora que Cataluña tuviera el primer tren?, ¿cómo se valora el perjuicio económico que sufrieron el resto de empresarios por los aranceles aduaneros que protegían la ineficiente industria catalana?, ¿cómo se valora que durante el franquismo el grueso mayoritario del ahorro y de la inversión pública recalase en Cataluña?, ¿cómo se valora la mano de obra barata llegada a Cataluña?, ¿cómo se valora que se crease en Barcelona una zona franca para instalar la SEAT?, ¿cómo se valora que el transporte terrestre internacional se realizase por Cataluña, hasta que compartió dicho privilegio con el País Vasco a mediados de los setenta?, ¿cómo se valora que las primeras autopistas se construyeran en Cataluña?, ¿cómo se valora que los Juegos Olímpicos de 1992 se celebrarán en Barcelona?, ¿cómo se valora que el archivo de la Corona de Aragón esté en Barcelona? Etc.

¿Queréis que Cataluña sea un estado independiente? Pues depende de quien financie la independencia, ya que si corre a cargo del resto de los españoles la respuesta probablemente sea afirmativa, pero si la tienen que financiar los propios catalanes el NO sería rotundo, de modo que previamente habría que conocer cómo se van a establecer las relaciones económicas en el futuro, por ejemplo, el sistema de pensiones en Cataluña es deficitario, por lo que ante una hipotética separación de España, tendríamos que preguntarnos quién financia ese déficit, o bien qué parte de la deuda estatal tendrán que pagar los catalanes, aunque en este tema todo apunta a que, en el mejor de los casos, sólo asumirán parte de su deuda, en realidad, el referéndum es una voladura en toda regla de la Constitución (acaba con seis siglos de historia común), pero el Tribunal Constitucional, auténtico cáncer de la democracia española, lo verá como un alarde democrático, sin reparar en que votar no necesariamente es democrático, pues incluso la organización terrorista ETA decidía por mayoría de votos a quién tenía que asesinar.

En el ámbito estatal y comunitario no hay normas fiscales importantes. En lo atinente a las Comunidades Autónomas de régimen común, Canarias publica el Decreto 51/2024 (BOC 27.03.2024) que modifica el reglamento de gestión de los tributos derivados de su Régimen Económico y Fiscal, y Cataluña el Decreto legislativo 1/2024 (DOGC 14.03.2024) que refunde los preceptos legales vigentes en materia de tributos cedidos que, obviamente, no innova nada, más allá de constatar la elevada presión fiscal en dicho territorio.

Navarra y País Vasco se financian con la exacción de todos los tributos estatales y locales y con las innumerables empresas deslocalizadas en dichas provincias (multinacionales incluidas), sin aportar nada al Estado (el ajuste vía consumo supera al cupo), por lo que si este privilegio (no democrático) se extiende a Cataluña, se pondrán en peligro los regímenes forales, pues el resto de los españoles no podemos asumir tanta carga tributaria. Las citadas Comunidades Autónomas han publicado las siguientes normas:

-Navarra. Ley foral 2/2024 (BON 14.03.2024) presupuestos generales 2024; orden foral 13/2024 (BON 15.03.2024) precios medios de venta de vehículos y embarcaciones usados, para tributar por ISyD, ITPyAJD e IEDMT.

-Álava. Decreto foral 3/2024 (BOTHA 01.03.2024) traspone el Real Decreto 117/2024 que regula el intercambio automático de información relativo a los operadores de plataforma; decreto foral 5/2024 (BOTHA 20.03.2024) precios medios de venta de vehículos y embarcaciones usados, para tributar por ISyD, ITPyAJD e IEDMT; decreto foral 6/2024 (BOTHA 27.03.2024) aprueba régimen simplificado IVA 2024.

-Guipúzcoa. Decreto foral 13/2024 (BOG 01.03.2024) traspone el Real Decreto 117/2024 que regula el intercambio automático de información relativo a los operadores de plataforma.

-Vizcaya. Decreto foral 21/2024 (BOB 04.03.2024) traspone el Real Decreto 117/2024 que regula el intercambio automático de información relativo a los operadores de plataforma; decreto foral normativo 1/2024 (BOB 15.03.2024) traspone el Real Decreto-ley 8/2023 en materia de IVA, IEE e IVPEE; decreto foral normativo 2/2024 (BOB 18.03.2024) actualiza, léase incrementa, los coeficientes máximos del IIVTNU.

Vamos a terminar estas novedades planteando la conveniencia de suprimir la Agencia Tributaria del Estado, pues lejos de ser objetiva y neutral, está completamente politizada, primero, porque en la inmensa mayoría de las regularizaciones no se persigue el fraude fiscal real, sino el aparente, segundo, porque el 30% de los Inspectores están en puestos de libre designación (la voz de su amo), tercero, porque cesa a los Inspectores que investigaron la trama koldo y premia a los que instruyeron el presunto delito fiscal cometido por la pareja de Ayuso, cuarto, porque la Ministra de Hacienda, utiliza los datos fiscales para atacar a la oposición, incurriendo en posibles delitos de revelación de secretos.


Iberley-Colex no se hace responsable de las opiniones vertidas por los autores.


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