Principales Novedades Fiscales del mes de octubre 2020
Revista
Principales Novedades Fis...tubre 2020

Última revisión
03/11/2020

Principales Novedades Fiscales del mes de octubre 2020

Tiempo de lectura: 6 min

Tiempo de lectura: 6 min

Relacionados:

Autor: Carlos David Delgado Sancho

Materia: Fiscal

Fecha: 03/11/2020


Principales Novedades Fiscales del mes de octubre 2020
Principales Novedades Fiscales del mes de octubre 2020

 

El Real Decreto 926/2020 (BOE 25.10.2020) declara el estado de alarma hasta el 9 de noviembre de 2020, aunque resulta imprescindible, según declara su preámbulo, prorrogar dicha norma por un periodo estimado de 6 meses, por tanto, el propio gobierno confirma que la crisis sanitaria perdurará hasta el verano de 2021. Ante este panorama se debe fomentar el consumo y crear empleo, pero el gobierno sigue el camino más equivocado, ya que las leyes 4/2020 y 5/2020 establecen nuevos impuestos y vía Presupuestos Generales del Estado se incrementan los tipos de los tributos ya existentes, al contrario que en el resto de países europeos donde se produce una bajada generalizada de los tipos impositivos. Y, como ya es habitual, el gobierno coloca, con criterios exclusivamente políticos, el grueso de la inversión pública en Navarra, País Vasco y Cataluña; al respecto, hay que recalcar que los regímenes forales son privilegios fiscales no democráticos, que se basan en la insolidaridad, no solo porque el cupo o la aportación no cubren el coste de los servicios prestados por el Estado, sino porque el resto de  las regiones, sean pobres o ricas, financian el plus de bienestar de Navarra y País Vasco, si bien estos sistemas de concierto o convenio económico solo benefician a las élites extractivas navarras y vascas, de modo que los contribuyentes domiciliados en dichas provincias pagan más o los mismos impuestos que los domiciliados en territorio común.

La mejor infraestructura que se podría construir con los fondos europeos provenientes del covid-19 es la autovía Zaragoza-Pau (en realidad Jaca-Pau, el resto prácticamente está hecho), pues el triángulo Valencia-Madrid-Zaragoza uniría todo el sur de España con Francia, beneficiando incluso a Navarra y País Vasco –“Corredor Cantábrico-Mediterráneo”-, si bien Cataluña no se vería potenciada por esta obra, ya que aspira a un “Corredor del Mediterráneo” –països catalans- en el que tiene reservada una posición hegemónica. El Gobierno de Aragón ha realizado un esfuerzo ingente para reinstaurar la línea de ferrocarril Zaragoza-Canfranc-Pau, pero dicho proyecto debe completarse con la autovía del covid-19, uniendo a ambos estados por los pirineos centrales. Es inexplicable que en un país en el que se han construido tantas infraestructuras inútiles –el Túnel de Somport actualmente lo es-, no se haya acometido la unión de Francia con España por Pau, máxime teniendo en cuenta que dicha infraestructura podría incluir el trasvase de agua, solucionando los problemas de sequía del levante español, cerrando así el contencioso entre Aragón y Valencia por la cuestión del trasvase del Ebro. Este proyecto se vería con buenos ojos en Europa, de hecho, ya fomentó el túnel del Canal de La Mancha, y también beneficiaría a Francia, ya que sus mercancías no tendrían que pasar necesariamente por Irún-Hendaya o por el Túnel del Pertús (Figueras-Perpiñan).

La Ley 4/2020 (BOE 15.10.2020) crea el impuesto sobre determinados servicios digitales, tributo indirecto que grava al 3% la prestación de tres servicios digitales: la publicidad y la intermediación en línea, y la transmisión de datos. A la espera de lograr un acuerdo global a nivel de la Unión Europea y de la OCDE, la Ley 4/2020 ha creado de manera unilateral un nuevo impuesto que, en general, respeta las líneas de la Comunicación de la Comisión Europea «Un sistema impositivo justo y eficaz en la Unión Europea para el Mercado Único Digital», adoptada el 21 de septiembre de 2017, y el paquete de propuestas de Directivas y Recomendación para alcanzar una imposición justa y eficaz de la economía digital presentadas el 21 de marzo de 2018. Por su parte, la Ley 5/2020 establece el impuesto sobre las transacciones financieras, que grava al 0.20% las operaciones de adquisiciones onerosas de acciones de sociedades españolas cotizadas cuyo valor de capitalización bursátil sea superior a 1.000 millones de euros a 1 de diciembre del año anterior, lo que acabará de rematar a la bolsa española, una de la menos rentable de Europa. Estos tributos mucho beneficiarán a la hacienda vizcaína, ya que varias multinacionales están deslocalizadas en esa provincia, de modo que lo que se tenía que ingresar en Madrid se recauda en Vizcaya.  

En el ámbito autonómico solo destaca el Decreto ley 33/2020 de la Generalidad de Cataluña (DOGC 01.10.2020) que pospone la aplicación del impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica hasta el 1 de enero de 2021, si bien para el ejercicio 2020 aplica la tarifa más baja, por lo que el gobierno catalán al alimón con el gobierno español, apuesta por la subida de impuestos.

Álava publica dos decretos normativos de urgencia fiscal: el 12/2020 (BOTHA 14.10.2020) (i) IRPF: exención de las rentas percibidas en concepto de ingreso mínimo vital; tributan como rendimientos de la actividad económica los importes percibidos en concepto de prestación por cese de actividad; elimina el pago fraccionado del tercer trimestre de 2020 (ii) Creación de empleo, aplicable al IRPF y al IS, se relaja el cumplimiento de los requisitos temporales (iii) ITPyAJD, se amplía el incentivo fiscal relacionado con la moratoria hipotecaria para el sector turístico y de la moratoria para el sector del transporte público de mercancías y discrecional de viajeros en autobús (iv) tributo sobre el juego, se prorratea por meses la cuota en el año en que se obtenga la autorización o permiso de explotación, o en el que se produzca la suspensión, revocación o extinción; el 13/2020 (BOTHA 19.10.2020) aplica el tipo cero en IVA a las entregas de bienes, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de productos sanitarios cuyos destinatarios sean entidades de derecho público, clínicas o centros hospitalarios, o entidades privadas de carácter social, pero si un particular compra una mascarilla en una farmacia paga el 21% de IVA.

Guipúzcoa publica el Decreto foral-norma 8/2020 (BOG 15.10.2020) que es similar al Decreto normativo de urgencia fiscal 12/2020 de Álava, si bien Guipúzcoa declara exentas del IRPF determinadas ayudas públicas concedidas como consecuencia de la crisis sanitaria derivada del covid-19.

Vizcaya publica el Decreto foral normativo 10/2020 (BOB 07.10.2020) similar a los antes comentados, pero modifica la Norma foral general tributaria para incorporar con carácter permanente los mecanismos de desarrollo de determinadas actuaciones tributarias de forma no presencial, mediante videoconferencia o por vía telemática.

 

Carlos David Delgado Sancho. Inspector de Hacienda del Estado

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

IVA en operaciones interiores. Paso a paso
Disponible

IVA en operaciones interiores. Paso a paso

V.V.A.A

17.00€

16.15€

+ Información

Artículos doctrinales. Justicias e injusticias explicadas por un magistrado de lo Social
Disponible

Artículos doctrinales. Justicias e injusticias explicadas por un magistrado de lo Social

Pedro Tuset del Pino

21.25€

20.19€

+ Información

La regulación de las Tasas Google y Tobin
Disponible

La regulación de las Tasas Google y Tobin

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

0.00€

+ Información

Los diferentes tipos impositivos en el IVA
Disponible

Los diferentes tipos impositivos en el IVA

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información