Así se regula la bonificación por conversión en indefinidos de los contratos para la formación y el aprendizaje con jóvenes beneficiarios de la ayuda económica de acompañamiento
- Autor: Jose Candamio
- Materia: Laboral
- Fecha: 16/07/2018

Como complemento al tema
Objetivo de la bonificación.
Incentivar la conversión en indefinidos de los contratos para la formación y el aprendizaje celebrados con jóvenes que hubieran percibido la ayuda económica de acompañamiento prevista en la Da 120, PGE 2018.
Compatibilidad con otras medidas de fomento de empleo.
La bonificación prevista será compatible con las medidas de fomento de empleo que puedan establecer las comunidades autónomas en su ámbito de gestión [A efectos de concurrencia con la bonificación prevista, resulta de aplicación lo contemplado en el artículo 7.3 de Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo].
Igualmente, esta bonificación específica será adicional a la prevista por la conversión en indefinidos de contratos para la formación y el aprendizaje establecida en el artículo 3 de la Ley 3/2012, de 6 julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, con el límite establecido en el apartado Cinco.
Esta bonificación será compatible con todo tipo de incentivos a los que diera lugar la conversión, en ningún caso la suma de los incentivos superará el 100 por cien de la cuota empresarial a la Seguridad Social correspondiente a cada contrato de un joven beneficiario de la ayuda económica.
Beneficiarios: empresas y trabajadores autónomos
Las empresas, incluidos los trabajadores autónomos, que conviertan en indefinidos los contratos para la formación y el aprendizaje celebrados con jóvenes beneficiarios de la
Podrán ser también beneficiarios los socios trabajadores o de trabajo de las cooperativas y sociedades laborales, así como las empresas de inserción que conviertan en indefinidos, en los mismos términos previstos en el apartado anterior, los contratos para la formación y aprendizaje recogidos en la disposición centésima vigésima y celebrados con trabajadores en situación de exclusión social incluidos en el artículo 2 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.
Momento de la transformación para optar a la bonificación
La conversión en indefinido bonificable podrá realizarse, bien a la finalización de la duración inicial concertada del contrato de formación, o bien a la finalización de cada una de las sucesivas prórrogas, hasta alcanzar la duración máxima legalmente prevista para este tipo de contratos.
Cuantía y duración de la bonificación específica.
La cuantía de la bonificación en las cuotas empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social ascenderá a 250 euros mensuales (3.000 euros/año).
- Cómputo del período de 3 años
La bonificación se aplicará durante un período de 3 años, computados a partir de la fecha de conversión en indefinido del contrato para la formación y el aprendizaje celebrado con jóvenes beneficiarios de la ayuda de acompañamiento contemplada en la disposición adicional centésima vigésima.
La empresa solo podrá beneficiarse una vez de la bonificación prevista en esta disposición por cada uno de los jóvenes beneficiarios de la ayuda económica contemplada en la disposición adicional centésima vigésima cuyo contrato para la formación y el aprendizaje se convierta en indefinido, con independencia del periodo de bonificación disfrutado por la empresa por cada trabajador.
Conversión de contratos para la formación y el aprendizaje con ayuda de acompañamiento en indefinidos |
Cuantía anual |
Cuantía mensual |
Duración |
Vigencia de la medida |
Normativa |
3.000 € (hombres y mujeres) |
250 € (hombres y mujeres) |
3 años
|
Indefinida |
Jornada completa y necesidad de modelo oficial
La conversión del contrato en indefinido se deberá realizar a jornada completa y los contratos se formalizarán en el modelo que se establezca por el Servicio Público de Empleo Estatal.
Exclusiones, mantenimiento de empleo y reintegro de las bonificaciones aplicadas.
- Exclusiones
No podrá aplicarse la bonificación contemplada la empresa que, en los seis meses anteriores a la conversión, hubiera adoptado decisiones extintivas improcedentes.
La limitación afectará únicamente a las extinciones producidas con posterioridad a la entrada en vigor de esta disposición, y para la cobertura de aquellos puestos de trabajo del mismo grupo profesional que los afectados por la extinción y para el mismo centro o centros de trabajo.
Además de las exclusiones contempladas con carácter general en la sección 1.ª del capítulo I de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, no se aplicarán las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social en los supuestos de contrataciones de trabajadores cuya actividad determine la inclusión en cualquiera de los sistemas especiales establecidos en el Régimen General de la Seguridad Social.
- Necesidad de estar al corriente en las obligaciones tributarias
Será necesario estar al corriente en las obligaciones tributarias para poder acogerse a la bonificación prevista. Este extremo se acreditará mediante la expedición del correspondiente certificado por vía telemática por el órgano competente para ello.
El mencionado certificado tendrá una validez de seis meses y, a todos los efectos, se considerará cumplido este requisito cuando el certificado emitido en el momento del alta del trabajador sea positivo.
- Mantenimiento de empleo.
La empresa estará obligada mantener en el empleo al trabajador contratado al menos tres años desde la fecha de la conversión. Asimismo, deberá incrementar con la transformación del contrato el nivel de empleo indefinido, así como mantener el nuevo nivel total alcanzado con la conversión durante todo el periodo de disfrute de la bonificación.
A efectos del mantenimiento del nivel de empleo, no se tendrán en cuenta las extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que no hayan sido declarados improcedentes, los despidos colectivos que no hayan sido declarados no ajustados a Derecho ni las extinciones causadas por dimisión, muerte, jubilación, o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de los trabajadores o por la expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato, o por resolución durante el periodo de prueba.
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social examinará el mantenimiento del nivel de empleo indefinido y el nivel de empleo total a los 6 meses de la celebración del contrato bonificado. Para ello, se utilizarán el promedio de trabajadores indefinidos y el promedio de trabajadores totales del mes en que proceda examinar el cumplimiento de este requisito.
A efectos del control de las bonificaciones, la Tesorería General de la Seguridad Social facilitará mensualmente al Servicio Público de Empleo Estatal, el número de trabajadores objeto de esta bonificación de cuotas a la Seguridad Social con sus respectivas bases de cotización y las deducciones que se apliquen.
Con la misma periodicidad, la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal facilitará a la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la información necesaria sobre el número de conversiones comunicadas objeto de esta bonificación de cuotas, así como cuanta información relativa a las cotizaciones y deducciones aplicadas a las mismas sea precisa para controlar la adecuada aplicación de las bonificaciones previstas en el apartado Tres, de acuerdo con los criterios establecidos en los planes anuales de actuación conjunta que se acuerden entre ambos organismos.
- Reintegro de las bonificaciones aplicadas.
En caso de incumplimiento de los apartados anteriores, se deberá proceder al reintegro de las bonificaciones aplicadas.
Normativa reguladora
Ley 6/2018 de 3 de Jul (Presupuestos Generales del Estado para el año 2018) (D.A 120ª - D.A 121ª)
Ley 18/2014 de 15 de Oct (Medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia) (capítulo I del título IV).
Ley 43/2006 de 29 de Dic (Mejora del crecimiento y del empleo) (artículo 7.3, sección 1.ª del capítulo I).
Ley 44/2007 de 13 de Dic (Regulacion del regimen de las empresas de insercion) (artículo 2).
Ley 3/2012 de 6 de Jul (Medidas urgentes para la reforma del mercado laboral) (artículo 3).
Ley 6/2018 de 3 de Jul (Presupuestos Generales del Estado para el año 2018) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 161 Fecha de Publicación: 04/07/2018 Fecha de entrada en vigor: 05/07/2018 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO
- ANEXO XIV. Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares
- ANEXO XIII. Bienes del Patrimonio Histórico Español
- ANEXO XII. Bonificaciones aplicables en los puertos de interés general a las tasas de ocupación, del buque, del pasaje y de la mercancía
- ANEXO XI. Fondos sin personalidad jurídica
Ley 18/2014 de 15 de Oct (Medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 252 Fecha de Publicación: 17/10/2014 Fecha de entrada en vigor: 17/10/2014 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- ANEXO XII. Aportaciones al Fondo Nacional de Eficiencia en el año 2014
- ANEXO XI. Metodología de cálculo de la retribución de las actividades de transporte, regasificación y almacenamiento básico
- ANEXO X. Metodología de cálculo de la retribución de la actividad de distribución
- ANEXO IX. Ingreso máximo anual por pasajero ajustado (IMAAJ)
- ANEXO VIII. Metodología para la determinación de ingresos máximos anuales por pasajero (IMAP) en el Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA) quinquenal
Ley 3/2012 de 6 de Jul (Medidas urgentes para la reforma del mercado laboral) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 162 Fecha de Publicación: 07/07/2012 Fecha de entrada en vigor: 08/07/2012 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 21ª. Entrada en vigor.
- D.F. 20ª. Modificación de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.
- D.F. 19ª. Facultades de desarrollo.
- D.F. 18ª. Fundamento constitucional.
- D.F. 17ª. Modificación del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.
Ley 43/2006 de 29 de Dic (Mejora del crecimiento y del empleo) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 312 Fecha de Publicación: 30/12/2006 Fecha de entrada en vigor: 31/12/2006 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 7ª. Entrada en vigor.
- D.F. 6ª. Bonificaciones en la cotización de las personas con discapacidad que se establezcan como trabajadores por cuenta propia.
- D.F. 5ª. Contratación de trabajadores en situación de exclusión social.
- D.F. 4ª. Políticas activas de empleo de las personas con discapacidad.
- D.F. 3ª. Facultades de desarrollo.
Ley 44/2007 de 13 de Dic (Régimen de las empresas de inserción) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 299 Fecha de Publicación: 14/12/2007 Fecha de entrada en vigor: 13/01/2008 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 6ª. Entrada en vigor.
- D.F. 5ª. Fundamento constitucional.
- D.F. 4ª. Registro Administrativo de Empresas de Inserción.
- D.F. 3ª. Modificación de la disposición adicional segunda (exclusión social y fomento del empleo) de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.
- D.F. 2ª. Normas de aplicación y desarrollo de la Ley.
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Sentencia SOCIAL Nº 266/2019, JSO - Badajoz, Sec. 2, Rec 133/2019, 20-09-2019
Orden: Social Fecha: 20/09/2019 Tribunal: Juzgado De Lo Social - Badajoz Ponente: Juan Perez Toranzo Num. Sentencia: 266/2019 Num. Recurso: 133/2019
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Sentencia Social Nº 412/2013, JSO Barcelona, Sec. 2, Rec 426/2013, 19-11-2013
Orden: Social Fecha: 19/11/2013 Tribunal: Juzgado De Lo Social - Barcelona Ponente: Sanz Anchuela, Maria Luisa Num. Sentencia: 412/2013 Num. Recurso: 426/2013
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Sentencia Social TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1473/2014, 10-12-2014
Orden: Social Fecha: 10/12/2014 Tribunal: Tsj Castilla Y Leon Ponente: Riesco Iglesias, Jose Manuel Num. Recurso: 1473/2014
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Sentencia SOCIAL Nº 121/2022, TSJ Asturias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2619/2021, 25-01-2022
Orden: Social Fecha: 25/01/2022 Tribunal: Tsj Asturias Ponente: Veiga Vazquez, Maria De La Almudena Num. Sentencia: 121/2022 Num. Recurso: 2619/2021
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Sentencia SOCIAL Nº 5282/2022, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 7793/2021, 11-10-2022
Orden: Social Fecha: 11/10/2022 Tribunal: Tsj Cataluña Ponente: Colino Rey, Adolfo Matias Num. Sentencia: 5282/2022 Num. Recurso: 7793/2021
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Requisitos para el acceso a las medidas de fomento a la contratación
Orden: Laboral Fecha última revisión: 18/01/2023
Cada ayuda, incentivo, bonificación o reducción a la contratación podrá establecer su propia regulación. Como norma general, se impone: estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad social; no haber sido ex...
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Reglas para el mantenimiento de empleo y reintegro de las bonificaciones por contratación
Orden: Laboral Fecha última revisión: 13/01/2023
Para el mantenimiento de la bonificaciones por contratación ha de atenderse a las reglas específicas establecidas en cada supuesto. El programa de fomento de empleo vigentes desde el 01/09/2023 generaliza el criterio de mantener del empleo bonifica...
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Nuevo sistema de incentivos a la contratación laboral
Orden: Laboral Fecha última revisión: 29/03/2023
El Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero (BOE 11/01/2023), publica las medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral focalizándose en los contratos indefinidos celebrados con personas de atención prioritaria, así como en l...
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Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional
Orden: Laboral Fecha última revisión: 27/01/2023
El contrato de formación para la obtención de la práctica profesional adecuada al correspondiente nivel de estudios impulsado por la reforma laboral 2022 (con efectos de 30/03/2022) tiene por finalidad habilitar para el ejercicio de la actividad l...
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Regulación del contrato indefinido para personas con discapacidad
Orden: Laboral Fecha última revisión: 04/05/2022
Las empresas tienen derecho a una serie de beneficios por la contratación de trabajadores con discapacidad por tiempo indefinido a jornada completa o a tiempo parcial, así como las cooperativas de trabajo asociado que incorporen trabajadores con di...
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Escrito de contestación a requerimiento por parte de la ITSS de devolución de cantidades indebidas por bonificaciones en acciones formativas.
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Escrito de alegaciones al SEPE contra solicitud de devolución de bonificaciones de los costes en acciones formativas.
Fecha última revisión: 16/03/2017
A LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE [PROVINCIA] DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATALD./Dña. [NOMBRE], mayor de edad, con DNI n.º [DNI], quien interviene en su condición de [REPRESENTANTE] de la empresa [NOMBRE_EMPRESA], con domicilio en [DOMICILIO_SO...
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Modelo de declaración responsable para acceso a la bonificación de contrato de sustitución
Fecha última revisión: 02/12/2022
DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DEL A AUSENCIA DE RELACIÓN FAMILIAR QUE EXCLUYA DE LA BONIFICACIÓN POR CONTRATO DE SUSTITUCIÓND./D.ª: [PERSONA EMPLEADORA], mayor de edad, con DNI [NÚMERO], en mi calidad de [CARGO] de la empresa [RAZÓ...
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Recurso de alzada contra la Resolución de la TGSS por la que se deniega al autónomo societario la devolución de cantidades abonadas (no aplicación de tarifa plana).
Fecha última revisión: 20/10/2020
A LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE [PROVINCIA] NÚMERO DE EXPEDIENTE / REFERENCIA [NUMERO]En [LUGAR] a [DIA] de [MES] de [ANIO].D./Dª. [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE] (1), Abogado, en representación de D./Dª. [...
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Recurso de alzada contra la Resolución de la TGSS solicitando devolución de bonificación o reducción a la contratación indefinida (mantenimiento nivel de empleo indefinido o total alcanzado).
Fecha última revisión: 11/09/2017
A LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE [PROVINCIA]NÚMERO DE EXPEDIENTE / REFERENCIA [NUMERO]En [LUGAR] a [DIA] de [MES] de [ANIO].D./Dª. [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], Abogado, en representación de D./Dª. [NOMBRE...
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Análisis de la exención en la cotización de los primeros 500 euros de salario (RD-ley 1/2015, de 27 de febrero).
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Caso práctico: Necesidad de reconocimiento de la procedencia del despido para mantenimiento de bonificaciones a la contratación
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Caso práctico: Dudas en la aplicación del contrato de apoyo a emprendedores.
Fecha última revisión: 04/04/2017
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Caso práctico: Contrato apoyo a emprendedores. Baja voluntaria de otro compañero. Requisito del mantenimiento de empleo
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Caso práctico: Compatibilidad de la Tarifa Joven (bonificación de 300 euros) con la tarifa plana de 100 euros y la tarifa reducida de 500 euros para contrataciones indefinidas.
Fecha última revisión: 19/04/2016
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Dictamen de DCE 1556/2009 del 01-10-2009
Órgano: Consejo De Estado Fecha: 01/10/2009 Núm. Resolución: 1556/2009
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Dictamen de DCE 2208/2008 del 22-01-2009
Órgano: Consejo De Estado Fecha: 22/01/2009 Núm. Resolución: 2208/2008
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Informe de TCU 1487 del 29-09-2022
Órgano: Tribunal De Cuentas Fecha: 29/09/2022 Núm. Resolución: 1487
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Dictamen de DCE 1555/2009 del 24-09-2009
Órgano: Consejo De Estado Fecha: 24/09/2009 Núm. Resolución: 1555/2009
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Resolución Vinculante de DGT, V1752-09, 24-07-2009
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 24/07/2009 Núm. Resolución: V1752-09