Ayuda a las cooperativas de uso en común de maquinaria (CUMAS) PEPAC
Subvenciones
Ayuda a las cooperativas ...MAS) PEPAC

Última revisión
03/05/2024

Ayuda a las cooperativas de uso en común de maquinaria (CUMAS) PEPAC

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RESOLUCIÓN 88E/2024, de 11 de abril, del director general de Desarrollo Rural, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención "3618-Ayuda a las cooperativas de uso en común de maquinaria (CUMAS) PEPAC". Identificación BDNS: 754301. - Boletín Oficial de Navarra de 03/05/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 04/05/2024 hasta 03/07/2024

Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de Navarra

Cuantía: -

BDNS (Indetif.): 754301

Categorías: Agricultura, Desarrollo Local y Rural, Medio Ambiente, Empresa, Ganadería, Economía Social, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Igualdad

Finalidad:
Las presentes bases tienen por objeto regular las ayudas a las cooperativas agrarias para la adquisición de maquinaria y equipamiento agrícola, recogidas en los artículos 73 y 74 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), conforme a la intervención 6841.1, "Ayudas a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y bienestar animal".


Requisitos:
1. Podrán ser beneficiarias las cooperativas de utilización de maquinaria agrícola (CUMAS) definidas conforme a la letra b) del número 1 del artículo 65 de la Ley Foral 14/2006, de 11 de diciembre, de Cooperativas de Navarra, cuyo ámbito de actuación esté dentro del territorio de la Comunidad Foral de Navarra.


2. Las cooperativas beneficiarias deberán estar inscritas en el Registro de Cooperativas de Navarra o haber solicitado su inscripción con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda. En este segundo caso, la cooperativa deberá estar inscrita en el Registro de Cooperativas con anterioridad a la fecha límite de presentación de la solicitud de pago.

Resumen:
Las presentes bases tienen por objeto regular las ayudas a las cooperativas agrarias para la adquisición de maquinaria y equipamiento agrícola, recogidas en los artículos 73 y 74 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), conforme a la intervención 6841.1, "Ayudas a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y bienestar animal".



Navarra ostenta, en virtud de su régimen foral, competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía, según se establece en el artículo 50.1.a) de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral (LORAFNA).

Corresponde a la Comunidad Foral de Navarra en virtud de lo establecido en el artículo 56.1.a) de la LORAFNA y, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general, la competencia exclusiva, en la planificación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico dentro de Navarra.

Dentro de estas competencias se encuentran el fomento de las inversiones en explotaciones agrarias, así como el asociacionismo en este sector.

El Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se derogan los Reglamento (UE) número 1305/2013 y Reglamento (UE) número 1307/2013, incorpora en sus artículos 73 y 74 las ayudas a inversiones.

El PEPAC (2021-2027) incluye entre sus intervenciones la denominada INVEST (73-74) recoge el apoyo a las inversiones en el sector agroalimentario. Dentro de esta intervención, el PEPAC de Navarra incluye la intervención 6841 "Inversiones productivas en explotaciones agrarias", orientada a la mejora de la competitividad de las explotaciones agrarias en general, mediante la reestructuración en términos de dimensión, de orientación productiva, de mejora de la eficacia, incluyendo las inversiones colectivas en régimen asociativo.

La intervención 6841 se refiere globalmente a inversiones productivas, y contempla dos medidas diferenciadas en función de que se trate de inversiones que contribuyen de una manera directa a la mitigación del cambio climático, al uso de recursos, o al bienestar animal (Medida 6841.1), o de que tengan como objetivo mejorar la competitividad de las explotaciones (Medida 6841.2).

Esta convocatoria está dirigida a apoyar inversiones realizadas por cooperativas de uso en común de maquinaria (CUMAs) que realicen inversiones específicamente encuadradas en la Medida 6841.1, es decir, inversiones que contribuyan a la mitigación del cambio climático, uso eficiente de recursos y bienestar animal.

El interés de la convocatoria de ayuda a inversiones realizadas por CUMAs se basa en que estas figuras asociativas posibilitan que las explotaciones agrarias, particularmente las que no son de gran dimensión, accedan a maquinaria especializada de alta eficiencia, de la que no podrían disponer individualmente por su elevado coste. Además, reduce los costes por amortización en términos de unidad productiva al aglutinar más base territorial, o cabezas de ganado, al tiempo que las titulares de las explotaciones individuales mejoran sus resultados económicos mediante el empleo de maquinaria más eficiente, incluso condicionando las inversiones a que estén orientadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y bienestar animal.

Considerando las desigualdades entre hombres y mujeres, y la reducida tasa de mujeres incorporadas al sector, se ha considerado establecer un criterio de valoración de género, conforme a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Así mismo, a esta resolución le es de aplicación la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

La presente resolución se dicta al amparo de la disposición final primera del Decreto Foral 49/2023, de 24 de mayo, por el que se regula el sistema de gobernanza del plan estratégico de la política agrícola común, su organización y funcionamiento, por la que se faculta a la persona titular del departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, o a la persona titular de la dirección general de Desarrollo Rural, en su caso, para dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de este decreto foral y, en particular, para establecer las normas, convocatorias y bases reguladoras de las subvenciones total o parcialmente financiadas por los fondos europeos agrícolas.

Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 6 de septiembre de 2023, se ha autorizado al director general de Desarrollo Rural a comprometer un gasto de 1.500.000 euros para la financiación de la convocatoria del ejercicio 2024 de estas ayudas, con cargo al ejercicio 2025, así como a incrementar el crédito autorizado para esta convocatoria, con cargo a créditos no utilizados en cualquiera de las convocatorias incluidas en la intervención INVEST (73 y 74) en un máximo de 1.500.000 euros.

Con fecha 20 de febrero de 2024 se aprobaron los criterios de selección por el Comité de seguimiento del PEPAC de Navarra.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Institucional Foral y el Decreto 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Aprobación de las bases reguladoras.

Las bases reguladoras de las ayudas son las que se recogen en el anexo I de la presente resolución, titulado "Bases reguladoras de la convocatoria para el ejercicio 2024 de las ayudas a inversiones realizadas por cooperativas de uso en común de maquinaria (CUMAs), en el marco del PEPAC 2023-2027").

La documentación adjunta a la solicitud de ayuda y pago se recoge en el anexo II, titulado "Relación de documentación a presentar junto con solicitud ayuda y de pago".

Los criterios de selección de las solicitudes de ayuda son los que se recogen en el anexo III de la presente resolución, titulado "Criterios de selección de las ayudas a inversiones realizadas por cooperativas de uso en común de maquinaria (CUMAs), en el marco del PEPAC 2023-2027".

Los módulos para la aplicación del procedimiento de moderación de costes conforme a la base 13, recogidos en el anexo IV, titulado "Módulos".

2.º Aprobación de la convocatoria.

Se aprueba la convocatoria de ayudas para el ejercicio 2024, conforme a las bases reguladoras.

3.º Créditos presupuestarios.

Para atender los gastos que origina la presente convocatoria, se autoriza un gasto de 1.500.000 euros en el ejercicio 2025 con cargo a la partida equivalente a la partida 720004-72200-7700-412113: PEPAC FEADER 2023-2027. Ayudas a inversiones en explotaciones agrarias, de los Presupuestos Generales de 2024, y ello condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

Este crédito podrá incrementarse, conforme a lo recogido en el artículo 31 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, con cargo a créditos no utilizados en cualquiera de las convocatorias incluidas en la intervención INVEST (73 y 74), que recogen las ayudas para inversiones en el sector agroalimentario, en un máximo de 1.500.000 de euros, con cargo a la partida equivalente a la partida 720004 72200 7700 412102 "PDR FEADER 2014-2020. Inversiones en explotaciones agrarias" del presupuesto de gastos de 2024, que a los efectos se habilite en el ejercicio 2025 y ello condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

4.º Plazo de presentación de solicitudes de ayuda, modificación del plan de inversiones, prórroga y pago.

–El plazo de presentación de solicitudes en la presente convocatoria comenzará el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

–El plazo de finalización para la presentación de solicitudes será de 60 días naturales a partir de la fecha de inicio conforme al párrafo anterior.

–El plazo de presentación de solicitudes de modificaciones del plan de inversiones aprobado finalizará el 15 de abril de 2025.

–El plazo para la finalización del plan de inversiones será el 1 de agosto de 2025. En el caso de concesión de prórroga, este plazo se extenderá como máximo hasta el 15 de septiembre de 2025, y deberá solicitarse con anterioridad al 15 de abril del mismo año.

–El plazo para la presentación de solicitudes de pago comenzará el 31 de enero de 2025 y finalizará el 1 de agosto de 2025 o en la fecha que se establezca en la aprobación de la prórroga.

5.º Comunicación a la Base de Datos del Gobierno de Navarra de Subvenciones.

Se deberán registrar en la Base de Datos del Gobierno de Navarra de Subvenciones las presentes bases reguladoras y su correspondiente convocatoria.

6.º Recurso contra la convocatoria y las bases reguladoras.

Contra estas bases reguladoras y la convocatoria se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación.

Pamplona, 11 de abril de 2024.–El director general de Desarrollo Rural, Rubén Goñi Urroz.

ANEXO I.–BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA EL EJERCICIO 2024 DE LAS AYUDAS A "INVERSIONES EN COOPERATIVAS DE USO EN COMÚN DE MAQUINARIA (CUMAS)" EN EL MARCO DEL PEPAC 2023-2027

(ANEXO OMITIDO. VER PDF)

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