Última revisión
03/06/2026
Ayuda por superficie a los productores de aloe vera y olivo.
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EXTRACTO de la Orden de 20 de mayo de 2026, por la que se convoca, para la campaña 2026, la ayuda por superficie a los productores de aloe vera y olivo, previstas en la Acción I.8 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias. - Boletín Oficial de Canarias de 03/06/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial de Canarias
Cuantía: -
BDNS (Indetif.): 908213
Categorías: Agricultura, Ganadería, Caza y pesca, Desarrollo Local y Rural
Convocar, para la campaña 2026, la “Ayuda por superficie a los productores de Aloe Vera y Olivo”, prevista en la Acción I.8 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.
Las personas solicitantes que sean productoras de aloe vera y olivo cuyas superficies de cultivo se encuentren ubicadas en Canarias, que cumplan la condición de agricultor activo exigida en el artículo 3.2 de las bases reguladoras de esta subvención, y que cumpla además los requisitos exigidos en el resuelvo tercero de esta convocatoria.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/908213).
Primero.- Beneficiarios.
Las personas solicitantes que sean productoras de aloe vera y olivo cuyas superficies de cultivo se encuentren ubicadas en Canarias, que cumplan la condición de agricultor activo exigida en el artículo 3.2 de las bases reguladoras de esta subvención, y que cumpla además los requisitos exigidos en el resuelvo tercero de esta convocatoria.
Segundo.- Objeto.
Convocar, para la campaña 2026, la “Ayuda por superficie a los productores de Aloe Vera y Olivo”, prevista en la Acción I.8 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden de 28 de noviembre de 2017, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para las medidas que componen el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI) (BOC n.º 233, de 4.12.2017).
Cuarto.- Cuantía.
1. Las subvenciones que se convocan están financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA), y de acuerdo con la ficha financiera del Programa tienen asignadas las siguientes cuantías:
- Subacción I.8.1: Ayuda por hectárea, aloe vera: diecisiete mil ochocientos dieciocho (17.818,00) euros.
- Subacción I.8.2. Ayuda por hectárea, olivar: sesenta y cinco mil trescientos treinta y tres (65.333,00) euros.
Dichas cuantías podrán incrementarse por posteriores Decisiones de la Comisión Europea.
2. El importe unitario máximo de la ayuda asciende a quinientos cincuenta (550,00) euros por hectárea para las dos subacciones.
3. Se abonará un complemento de la ayuda del 10% de los importes que pudieran corresponder a los beneficiarios que hayan percibido la ayuda para la instalación de jóvenes agricultores del Programa de Desarrollo Rural (Intervención 6961.1 del PEPAC 2023-2027), en la campaña en curso o en cualquiera de las cuatro anteriores y que mantengan dicha condición en la campaña 2026.
Quinto.- Solicitudes y plazo de presentación.
1. Las solicitudes de ayuda para acogerse a esta convocatoria se presentarán de forma telemática, a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, ajustadas al modelo normalizado disponible en la siguiente dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/, en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
2. Dichas solicitudes se formulan al amparo del artículo 106.1 referente a la “declaración gráfica” del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, con la información de que dispone la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria; si el solicitante está de acuerdo con esta información, firmará dicha solicitud, o, en caso contrario, podrá modificarla de acuerdo con sus pretensiones.
Canarias, a 20 de mayo de 2026.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y SOBERANÍA ALIMENTARIA, Alejandro Narvay Quintero Castañeda.
