Ayudas a Centros de Excelencia Severo Ochoa y Unidades de Excelencia María de Maeztu
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Ayudas a Centros de Excel... de Maeztu

Última revisión
10/04/2024

Ayudas a Centros de Excelencia Severo Ochoa y Unidades de Excelencia María de Maeztu

Tiempo de lectura: 3 min

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Extracto de la Resolución de 8 de abril de 2024 de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se aprueba la convocatoria 2024 de ayudas a «Centros de Excelencia Severo Ochoa» y «Unidades de Excelencia María de Maeztu». - Boletín Oficial del Estado de 10/04/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 25/04/2024 hasta 16/05/2024

Beneficiarios: Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial del Estado

Cuantía: La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria asciende a 76.000.000,00 euros

BDNS (Indetif.): 749757

Categorías: Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia

Finalidad:
La convocatoria tiene por objeto potenciar el fortalecimiento institucional de los centros y unidades de excelencia existentes en nuestro país a través de la acreditación de centros de investigación como «Centro de Excelencia Severo Ochoa» y de unidades de investigación como «Unidad de Excelencia María de Maeztu» y la financiación de sus planes o programas estratégicos.


Requisitos:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas, las entidades a las que pertenezcan los centros o las unidades definidos en el artículo 5, letras b) y c), de la convocatoria, y que estén incluidas en la siguiente relación:


a) Organismos públicos de investigación.

b) Universidades públicas y privadas.

c) Otros centros públicos de I+D y centros privados de I+D+i sin ánimo de lucro.



Resumen:
La convocatoria tiene por objeto potenciar el fortalecimiento institucional de los centros y unidades de excelencia existentes en nuestro país a través de la acreditación de centros de investigación como «Centro de Excelencia Severo Ochoa» y de unidades de investigación como «Unidad de Excelencia María de Maeztu» y la financiación de sus planes o programas estratégicos.



De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/749757)

Primero. Entidades beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas, las entidades a las que pertenezcan los centros o las unidades definidos en el artículo 5, letras b) y c), de la convocatoria, y que estén incluidas en la siguiente relación:

a) Organismos públicos de investigación.

b) Universidades públicas y privadas.

c) Otros centros públicos de I+D y centros privados de I+D+i sin ánimo de lucro.

Segundo. Objeto.

La convocatoria tiene por objeto potenciar el fortalecimiento institucional de los centros y unidades de excelencia existentes en nuestro país a través de la acreditación de centros de investigación como «Centro de Excelencia Severo Ochoa» y de unidades de investigación como «Unidad de Excelencia María de Maeztu» y la financiación de sus planes o programas estratégicos.

Asimismo, se financiarán actuaciones encaminadas a la formación de personal investigador predoctoral asociadas a líneas prioritarias de investigación que se desarrollen en los planes y programas estratégicos mencionados.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 29 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, cuya gestión corresponda a la Agencia Estatal de Investigación.

Cuarto. Cuantía.

La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria asciende a 76.000.000,00 euros, que se imputará a la aplicación presupuestaria 28.303.463B.750, o equivalentes que la sustituyan en ejercicios posteriores, del presupuesto de gastos de la Agencia Estatal de Investigación, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

La cuantía individual de cada ayuda para la financiación de los planes o programas estratégicos será de 4.500.000,00 euros en el caso de «Centro de Excelencia Severo Ochoa» acreditado y de 2.250.000,00 euros en el caso de «Unidad de Excelencia María de Maeztu» acreditada. La cuantía individual de las ayudas para las actuaciones para la formación de personal investigador predoctoral será de 125.000,00 euros.

Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será desde el 25 de abril hasta el 16 de mayo de 2024 a las 14:00 horas (hora peninsular española).

Las solicitudes de participación serán presentadas de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 15 de la resolución de convocatoria.

La cumplimentación y envío telemático de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Sexto. Evaluación de las solicitudes.

Las solicitudes serán evaluadas en dos fases de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Primera fase: Calidad científico-técnica del/de la Investigador/a.

b) Segunda fase: Memoria de actividades científicas y Programa estratégico/plan estratégico de investigación.

La descripción de los criterios y subcriterios de evaluación, así como su valoración y umbrales se determinan en el Anexo I de la convocatoria.

Madrid, 8 de abril de 2024.- La Presidenta de la Agencia Estatal de Investigación, Eva Ortega Paíno.

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