BDNS (identif.): 906008.
Primero. Objeto
El objeto de la subvención es cubrir parcialmente el coste de la certificación de los productos agroalimentarios ecológicos como medida de incentivación a la producción ecológica en el ámbito de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con el Programa de la calidad de los alimentos regulado en el
Reglamento (UE) 2018/848, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento
(CE) número 834/2007, del Consejo.
Segundo. Beneficiarios
Podrán ser personas beneficiarias de la ayuda establecida en la presente convocatoria, las personas físicas o jurídicas inscritas en el Registro de operadores titulares de explotaciones agropecuarias (Registro de productores) y/o en el Registro de operadores titulares de empresas de elaboración, manipulación, envasado, almacenamiento, exportación o comercialización de productos ecológicos (Registro de empresas) de acuerdo con la normativa que regula la producción y el etiquetado de los productos ecológicos, y el Comité d'Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana (CAECV), a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de ayuda en la correspondiente convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras se recogen en la Orden 6/2024, de 23 de mayo, del conseller de Agricultura, Ganadería y Pesca por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la certificación de la producción ecológica en la Comunitat Valenciana. [2024/4821] (DOGV 9856, 24.05.2024).
Cuarto. Plazo de presentación de las solicitudes de ayuda
El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas a la certificación de la producción ecológica en la Comunitat Valenciana, será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Quinto. Importe
Un millón ciento noventa y ocho mil euros (1.198.000,00 €).
Sexto. Otros datos
1. Las solicitudes de ayuda y pago, se presentarán mediante el modelo normalizado que figura en la dirección de internet
http://www.gva.es/es/proc18688, y los modelos que figuren en el apartado «Impresos asociados», debidamente firmados.
Las subsanaciones o las aportaciones documentales posteriores a la presentación de la solicitud deberán realizarse a través de la siguiente URL
http://www.gva.es/es/proc18688.
2. La documentación a aportar es la prevista en la Orden 6/2024, de 23 de mayo, de las bases reguladoras y en la presente convocatoria.
València, 8 de mayo de 2026
(p. d. O 6/2024, 23.05.2024)
M. Àngels Ramón-Llin Martínez
Directora general de Producción Agrícola y Ganadera