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Última revisión
22/05/2026

Ayudas a la certificación de la producción ecológica en la Comunitat Valenciana.

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EXTRACTO de la Resolución de 8 de mayo de 2026, por la que se convocan, para el ejercicio 2026, las ayudas a la certificación de la producción ecológica en la Comunitat Valenciana. - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 22/05/2026

Plazo Solicitud: ABIERTO, 25/05/2026 hasta 12/06/2026
Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana

Cuantía: Un millón ciento noventa y ocho mil euros

BDNS (Indetif.): 906008

Categorías: Agricultura, Medio Ambiente, Comercio y marketing, Empresa, Ganadería, Consumo, Caza y pesca, Comunicación pública

Finalidad:

Ayudas a la certificación ecológica en la Comunitat Valenciana

Requisitos:

 Personas físicas o jurídicas inscritas en el Registro de operadores titulares de explotaciones agropecuarias (Registro de productores) y/o en el Registro de operadores titulares de empresas de elaboración, manipulación, envasado, almacenamiento, exportación o comercialización de productos ecológicos (Registro de empresas), de acuerdo con la normativa reguladora de la producción y el etiquetado de productos ecológicos, así como el Comité d'Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana (CAECV), a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.


BDNS (identif.): 906008.

          De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/906008).

 

          Primero. Objeto

          El objeto de la subvención es cubrir parcialmente el coste de la certificación de los productos agroalimentarios ecológicos como medida de incentivación a la producción ecológica en el ámbito de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con el Programa de la calidad de los alimentos regulado en el Reglamento (UE) 2018/848, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) número 834/2007, del Consejo.

 

          Segundo. Beneficiarios

          Podrán ser personas beneficiarias de la ayuda establecida en la presente convocatoria, las personas físicas o jurídicas inscritas en el Registro de operadores titulares de explotaciones agropecuarias (Registro de productores) y/o en el Registro de operadores titulares de empresas de elaboración, manipulación, envasado, almacenamiento, exportación o comercialización de productos ecológicos (Registro de empresas) de acuerdo con la normativa que regula la producción y el etiquetado de los productos ecológicos, y el Comité d'Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana (CAECV), a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de ayuda en la correspondiente convocatoria.

 

          Tercero. Bases reguladoras

          Las bases reguladoras se recogen en la Orden 6/2024, de 23 de mayo, del conseller de Agricultura, Ganadería y Pesca por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la certificación de la producción ecológica en la Comunitat Valenciana. [2024/4821] (DOGV 9856, 24.05.2024).

 

          Cuarto. Plazo de presentación de las solicitudes de ayuda

          El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas a la certificación de la producción ecológica en la Comunitat Valenciana, será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

          

          Quinto. Importe

          Un millón ciento noventa y ocho mil euros (1.198.000,00 €).

 

          Sexto. Otros datos

          1. Las solicitudes de ayuda y pago, se presentarán mediante el modelo normalizado que figura en la dirección de internet http://www.gva.es/es/proc18688,  y los modelos que figuren en el apartado «Impresos asociados», debidamente firmados.

          Las subsanaciones o las aportaciones documentales posteriores a la presentación de la solicitud deberán realizarse a través de la siguiente URL http://www.gva.es/es/proc18688.

          2. La documentación a aportar es la prevista en la Orden 6/2024, de 23 de mayo, de las bases reguladoras y en la presente convocatoria.

 

 

València, 8 de mayo de 2026

 

(p. d. O 6/2024, 23.05.2024)

M. Àngels Ramón-Llin Martínez

Directora general de Producción Agrícola y Ganadera