Ayudas para compensar a a...del FEMPA.

Última revisión
25/05/2026

Ayudas para compensar a armadores y tripulantes afectados por la veda temporal del pulpo en Asturias del 1 al 30 de abril de 2026, en el marco del FEMPA.

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Extracto de la Resolución de 14 de mayo de 2026, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a los armadores y tripulantes de buques pesqueros afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera del pulpo en la campaña 2025/2026, en el marco del FEMPA. [Cód. 2026-04133] - Boletín Oficial del Principado de Asturias de 25/05/2026

Plazo Solicitud: ABIERTO, 26/05/2026 hasta 13/07/2026
Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias

Cuantía: 330.000 euros.

BDNS (Indetif.): 906083

Categorías: Caza y pesca

Finalidad:

La convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas públicas para compensar los efectos del período de veda espacio temporal establecida como medida técnica de conservación en el Plan experimental para la gestión del pulpo para la campaña 2025/26, en el ámbito territorial del plan de gestión (desde la ría del Eo hasta la ría de San Esteban de Pravia) producida del 1 al 30 de abril de 2026.

 

Requisitos:

Tendrán consideración de beneficiarios de la ayuda, los armadores de buques pesqueros y los tripulantes de embarcaciones afectadas por la paralización temporal de la actividad pesquera del pulpo durante la campaña 2025/2026, incluidos en el Plan de Gestión del Pulpo de Asturias.


 


De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/906083).

Primero.—Beneficiarios.

Tendrán consideración de beneficiarios de la ayuda, los armadores de buques pesqueros y los tripulantes de embarcaciones afectadas por la paralización temporal de la actividad pesquera del pulpo durante la campaña 2025/2026, incluidos en el Plan de Gestión del Pulpo de Asturias.

Segundo.—Objeto.

La convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas públicas para compensar los efectos del período de veda espacio temporal establecida como medida técnica de conservación en el Plan experimental para la gestión del pulpo para la campaña 2025/26, en el ámbito territorial del plan de gestión (desde la ría del Eo hasta la ría de San Esteban de Pravia) producida del 1 al 30 de abril de 2026.

Tercero.—Bases reguladoras.

Las presentes ayudas públicas se regirán por lo dispuesto en la Resolución de 27 de junio de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por las que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas dirigidas a la adaptación de la flota pesquera del Principado de Asturias, en el marco del FEMPA 2021-2027 (BOPA de 4 de julio de 2024).

Cuarto.—Cuantía.

330.000 euros.

Asimismo, y a los efectos previstos en el artículo 58.2.a) del Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se fijará una cuantía adicional de 100.000,00 euros, cuya aplicación a la concesión de estas subvenciones no requerirá nueva convocatoria, sirviendo la que ahora se dicte a todos los efectos.

Conforme a lo previsto en el artículo 58.2 b) del citado Reglamento, la efectividad de dicha cuantía adicional queda condicionada a la disponibilidad de crédito como consecuencia de haberse incrementado el importe del crédito presupuestario disponible por una generación, ampliación o incorporación de crédito y, en su caso, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la Resolución de concesión de la subvención, debiendo tramitarse el correspondiente expediente de gasto por el importe declarado disponible.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Sexto.—Otros datos.

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0537T02 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.

Oviedo, a 14 de mayo de 2026.—El Consejero de Medio Rural y Política Agraria, Marcelino Marcos Líndez.—Cód. 2026-04133.