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Ayudas en inversiones en tecnologías forestales y en la transformación, movilización y comercialización de productos forestales en Castilla-La Mancha 2014-2020, para 2024.
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Resolución de 03/04/2024, de la Viceconsejería de Medio Ambiente, por la que se convocan las ayudas en inversiones en tecnologías forestales y en la transformación, movilización y comercialización de productos forestales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, para el año 2024. Extracto BDNS (Identif.): 754692 - Diario Oficial de Castilla La-Mancha de 18/04/2024
Plazo de la solicitud:ABIERTO, 19/04/2024 hasta 30/05/2024
Beneficiarios: Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos, Particulares
Tipo: Convocatorias
Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha
Cuantía: -
BDNS (Indetif.): 754692
Categorías: Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Desarrollo Local y Rural, Medio Ambiente, Comercio y marketing, Agricultura, Empresa, Economía Social
La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2024, las ayudas para las inversiones en tecnologías forestales y en la transformación, movilización y comercialización de productos forestales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, reguladas en la Orden 149/2022, de 21 de julio, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en inversiones en tecnologías forestales, movilización y comercialización de productos forestales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/754692)
Primero. Entidades Beneficiarias.
Las personas beneficiarias de estas ayudas serán titulares forestales a título privado, municipios y sus asociaciones, y pymes, incluidas las proveedoras de servicios, ubicadas en Castilla-La Mancha en el caso de explotaciones forestales, o que tengan establecimiento en Castilla-La Mancha en el caso de pymes, y que desarrollen actividades forestales en zonas rurales.
Segundo. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2024, las ayudas para las inversiones en tecnologías forestales y en la transformación, movilización y comercialización de productos forestales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, reguladas en la Orden 149/2022, de 21 de julio, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en inversiones en tecnologías forestales, movilización y comercialización de productos forestales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden 149/2022, de 21 de julio, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en inversiones en tecnologías forestales, movilización y comercialización de productos forestales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
Cuarto. Cuantía.
Crédito de 708.000 euros, tramitándose anticipadamente con cargo a los presupuestos del ejercicio 2025. El gasto correspondiente a esta ayuda se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria:
23030000G/442B/76345: 106.200 euros (15%)
23030000G/442B/77345: 495.600 euros (70%)
23030000G/442B/78345: 106.200 euros (15%)
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comprenderá desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha hasta el día 30 del mes siguiente.
Otros datos.
Una vez concluidas las acciones objeto de subvención o, en cualquier caso, dentro de los quince días siguientes al vencimiento del plazo de su ejecución que figure en la resolución de concesión de la ayuda, la persona beneficiaria deberá comunicar la finalización de las mismas y solicitar el pago de la ayuda a su correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible.
Toledo, 3 de abril de 2024
El Viceconsejero de Medio Ambiente
JOSÉ ALMODÓVAR ARÁEZ
TEXTO COMPLETO DE LA RESOLUCIÓN DE 3 DE ABRIL DE 2024
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