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Ayudas del Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.
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Extracto de la Resolución de 19 de julio de 2023, de modificación de la Resolución de 1 de agosto de 2022, por la que se inicia el procedimiento de concesión directa por razones de interés público de las subvenciones del Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial. - Boletín Oficial de Canarias de 24/08/2023
Plazo de la solicitud:ABIERTO, 25/08/2023 hasta 30/06/2024
Beneficiarios: Empresas y autónomos
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial de Canarias
Cuantía: La cuantia maxima es de 1.577.577,47 euros
BDNS (Indetif.): 642937
Categorías: Empresa, Energía, Industria, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Consumo
1) Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
2) Implantación de sistemas de gestión energética.
a) Las empresas que tengan la consideración de PYME o de gran empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los nombrados en el artículo 2.2.a) de las bases reguladoras.
b) Las empresas de servicios energéticos.
1) Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
2) Implantación de sistemas de gestión energética.
Podrán ser beneficiarios, siempre que tengan residencia fiscal en España:
a) Las empresas que tengan la consideración de PYME o de gran empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los nombrados en el artículo 2.2.a) de las bases reguladoras.
b) Las empresas de servicios energéticos.
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Consejería de Transición Ecológica y Energía
Dirección General de Energía.- Extracto de la Resolución de 19 de julio de 2023, de modificación de la Resolución de 1 de agosto de 2022, por la que se inicia el procedimiento de concesión directa por razones de interés público de las subvenciones del Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.
BDNS (Identif.): 642937.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/642937).
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios, siempre que tengan residencia fiscal en España:
a) Las empresas que tengan la consideración de PYME o de gran empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los nombrados en el artículo 2.2.a) de las bases reguladoras.
b) Las empresas de servicios energéticos.
Segundo.- Objeto.
Podrán acceder a estas ayudas las actuaciones en PYME y gran empresa del sector industrial que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética, en particular:
1) Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
2) Implantación de sistemas de gestión energética.
Tercero.- Bases reguladoras.
Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial, modificado por Real Decreto 440/2021, de 22 de junio.
Cuarto.- Importe de la convocatoria.
Se dispone de un crédito de 1.577.577,47 euros.
Quinto.- Cuantía.
La cuantía de las ayudas se incluye en el Anexo I de las bases reguladoras y será, para cada una de las actuaciones, la menor de las dos siguientes:
a) El 30% de la inversión elegible del proyecto y con los límites particulares que para cada tipología de actuación se indican en el Anexo IV de las bases reguladoras.
b) La cuantía máxima que, en función de la región donde radique el proyecto, en este caso Canarias, y la tipología de la empresa promotora, se establece para actuaciones de eficiencia energética en el artículo 38 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014.
Sexto.- Plazo y forma de presentación de las solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes se amplía hasta que, conforme a las solicitudes recibidas, se agote el presupuesto disponible, o que se llegue al 30 de junio de 2024 sin haberse cursado solicitudes suficientes para agotar el presupuesto disponible. La presentación de solicitudes se realizará a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica del Gobierno de Canarias: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/7050
No obstante lo establecido en el apartado anterior, las personas que reúnan las condiciones establecidas en las bases reguladoras podrán efectuar su solicitud mediante la cumplimentación del modelo normalizado de solicitud disponible en https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/7050, imprimiendo, firmando y presentando el mismo en formato papel para su registro.
Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de julio de 2023.- La Directora General de Energía, Rosa Ana Melián Domínguez.
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