Última revisión
29/04/2026
Ayudas del Programa Nacional de Exploración Minera 2026-2030.
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Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Energía por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas públicas en 2026 del Programa Nacional de Exploración Minera 2026-2030 - Boletín Oficial del Estado de 29/04/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial del Estado
Cuantía: Presupuesto total de la convocatoria 2.000.000,00 €
BDNS (Indetif.): 901685
Categorías: Minería, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Energía
Impulsar el desarrollo de (i) los trabajos de investigación geológico minera y (ii) los estudios de evaluación económica preliminar sobre la posible valorización de materias primas fundamentales procedentes de residuos de extracción, encaminados a poner de manifiesto y definir uno o varios recursos de la Sección B) (Yacimientos de origen no natural) y C) de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, incluidos en el listado de materias primas fundamentales del Reglamento (UE) 2024/1252 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, por el que se establece un marco para garantizar un suministro seguro y sostenible de materias primas fundamentales y por el que se modifican los Reglamentos (UE) nº 168/2013, (UE) 2018/858, (UE) 2018/1724 y (UE) 2019/1020 (en adelante «Reglamento (UE) 2024/1252») y aquellas otras que indique expresamente como objetivo el Programa Nacional de Exploración Minera 2026-2030 (PNEM 2026-2030).
Las personas jurídicas titulares de autorizaciones de aprovechamiento de residuos mineros (Sección B) o de permisos de investigación, concesiones de explotación o reservas a favor del estado previstos en la Ley 22/1973, de 21 de julio.
BDNS(Identif.):901685
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/901685)
Primero. Beneficiarios.
Las personas jurídicas titulares de autorizaciones de aprovechamiento de residuos mineros (Sección B) o de permisos de investigación, concesiones de explotación o reservas a favor del estado previstos en la Ley 22/1973, de 21 de julio.
Segundo. Objeto.
Impulsar el desarrollo de (i) los trabajos de investigación geológico minera y (ii) los estudios de evaluación económica preliminar sobre la posible valorización de materias primas fundamentales procedentes de residuos de extracción, encaminados a poner de manifiesto y definir uno o varios recursos de la Sección B) (Yacimientos de origen no natural) y C) de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, incluidos en el listado de materias primas fundamentales del Reglamento (UE) 2024/1252 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, por el que se establece un marco para garantizar un suministro seguro y sostenible de materias primas fundamentales y por el que se modifican los Reglamentos (UE) nº 168/2013, (UE) 2018/858, (UE) 2018/1724 y (UE) 2019/1020 (en adelante «Reglamento (UE) 2024/1252») y aquellas otras que indique expresamente como objetivo el Programa Nacional de Exploración Minera 2026-2030 (PNEM 2026-2030).
Tercero. Bases Reguladoras.
Orden TED/352/2026, de 24 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas del Programa Nacional de Exploración Minera 2026-2030.
Cuarto. Créditos presupuestarios.
La cuantía total de la subvención que se conceda a consecuencia de las solicitudes presentadas de acuerdo con la convocatoria es de 2.000.000,00 euros, divididos en dos líneas de ayudas:
a) Proyectos de investigación geológico-minera: 1.000.000,00 euros.
b) Estudios de evaluación económica preliminar de residuos de extracción: 1.000.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del presente extracto.
Sexto. Otros Datos.
Las solicitudes se presentarán de forma electrónica, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden TED/352/2026, de 24 de marzo de 2026. Los interesados presentarán la solicitud y documentación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Orden TED/352/2026, de 24 de marzo de 2026, ajustándose al formato disponible en la sede electrónica asociada del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (https://sede.miteco.gob.es) y, en su caso, en la aplicación electrónica habilitada a tal efecto.
Madrid, 24 de abril de 2026.- Joan Groizard Payeras. El Secretario de Estado de Energía.
