Última revisión
13/08/2026
Ayudas para la puesta en marcha de casas nido durante los años 2026, 2027 y 2028.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 1 min
EXTRACTO de la Orden de 31 de julio de 2026 por la que se establecen las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido durante los años 2026, 2027 y 2028, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS403C). - Diario Oficial de Galicia de 12/08/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Diario Oficial de Galicia
Cuantía: -
BDNS (Indetif.): 923849
Categorías: Empleo y contratación, Economía Social, Educación y ciencia, Infancia y juventud
Ayudas para la puesta en marcha de proyectos durante los años 2026, 2027 y 2028 destinados a la atención de niñas y niños de hasta tres años de edad, mediante el establecimiento de una casa nido, en los núcleos rurales del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia en los que no exista ningún otro recurso de atención ontinuada a la infancia de hasta tres años de edad.
Personas físicas que se establezcan como empresarias autónomas y las cooperativas de trabajo asociado que reúnan los requisitos:.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:
Primero. Personas beneficiarias
1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas para poner en marcha una casa nido las personas físicas que se establezcan como empresarias autónomas y las cooperativas de trabajo asociado que reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión, o contar al menos con una persona socia que lo esté en el caso de cooperativas de trabajo asociado, de cualquiera de las titulaciones o formación que se recogen a continuación, o equivalentes, o de la formación o experiencia siguientes:
(VER DOCUMENTO PDF ADJUNTO)

