Última revisión
27/05/2026
Convocatoria del programa Jovellanos y Doctorados Industriales para empresas para el desarrollo de actividades de I+D+i para 2026
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Extracto de la Resolución de 14 de mayo de 2026, de la Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación Asturiana, que aprueba la convocatoria del programa Jovellanos y Doctorados Industriales para empresas para el desarrollo de actividades de I+D+i para 2026. [Cód. 2026-04196] - Boletín Oficial del Principado de Asturias de 26/05/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias
Cuantía: Crédito 2026: 1.250.000 euros
BDNS (Indetif.): 906355
Categorías: Empleo y contratación, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Industria
Convocatoria del programa Jovellanos y Doctorados Industriales para empresas para el desarrollo de actividades de I+D+i para 2026
Empresas con personalidad jurídica propia que estén válidamente constituidas
BDNS (Identif.): 906355.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/906355).
Primero.—Beneficiarios.
• Las empresas con personalidad jurídica propia que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de ayuda, no se encuentren inhabilitadas para la obtención de subvenciones públicas, tengan un centro de trabajo en Asturias en el que desarrollen su actividad, pertenezcan a alguna de las categorías definidas en los artículos 3.8 y 3.9 de las bases reguladoras y cumplan los requisitos establecidos en dichas bases y en la convocatoria.
• Las empresas deberán tener uno o más empleados por cuenta ajena o socios de la empresa cuya relación con ella pueda calificarse como laboral (en ambos casos, a tiempo completo o equivalente).
• No podrán obtener la condición de beneficiarios los empresarios individuales/autónomos, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, fundaciones y resto de entidades sin ánimo de lucro, así como todas aquellas empresas que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en el apartado 2 de la base reguladora cuarta, en lo que resulte de aplicación, ni las que se encuentren incursas en alguno de los supuestos de disolución establecidos en la legislación mercantil vigente.
Segundo.—Objeto.
La concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a empresas del Principado de Asturias, para financiar los costes asociados a la contratación de personal para la realización de actividades de I+D+i según una de las dos las modalidades siguientes:
• Modalidad A: contratación de personal investigador para que, de acuerdo con su titulación, se incorpore a la realización de alguna de las actuaciones de I+D+i definidas en el artículo 3.28 de las bases reguladoras.
• Modalidad B: contratación de personal investigador en formación para realizar una tesis doctoral en la Universidad de Oviedo en el marco de un proyecto integrado en una línea de investigación desarrollada por la empresa en temas de interés estratégico y relevancia para la misma.
A los efectos de esta convocatoria, tanto las actuaciones de I+D+i correspondientes a la Modalidad A, como los proyectos en cuyo marco se desarrolle una tesis doctoral de la Modalidad B, tendrán la consideración y denominación común de actividades de I+D+i.
Tercero.—Bases reguladoras.
Resolución de 2 de julio de 2024, de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por parte de la Agencia de Ciencia, Competitividad Asturiana SEKUENS, destinadas a actividades relacionadas con el fomento y la promoción de la I+D+i en el Principado de Asturias en régimen de concurrencia competitiva (BOPA N.º 134 de 10-VII-2024).
Cuarto.—Cuantía.
La cuantía total máxima para financiar la presente convocatoria de subvenciones en el ejercicio 2026 es de 1.250.000,00 €, cuantía que ya ha sido autorizada por Resolución del Presidente de la Agencia de fecha 19 de marzo de 2026. Esta cuantía se distribuye del siguiente modo:
• Modalidad A: 1.000.000,00 €.
• Modalidad B: 250.000,00 €.
Dicha cuantía es ampliable en 625.000 €, 500.000 € para la Modalidad A y 125.000 € para la Modalidad B.
La financiación procede del propio presupuesto de la Agencia, pudiendo ser cofinanciadas las ayudas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.
Desde el día natural siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, hasta las 14:00 horas del día 27 de junio de 2026, hora peninsular en España.
Sexto.—Otros datos.
En el portal de la Agencia (www.sekuens.es) encontrará los modelos normalizados de solicitud y cuenta justificativa.
En Llanera, a 14 de mayo de 2026.—El Presidente de la Agencia.—Cód. 2026-04196.
