Convocatoria para la subv...padas 2026

Última revisión
22/04/2026

Convocatoria para la subvención de programas de formación dirigidos a personas ocupadas 2026

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RESOLUCIÓN 1421E/2026, de 26 de marzo, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención "Programas de formación dirigidos a personas ocupadas 2026". Código BDNS: 895695. - Boletín Oficial de Navarra de 21/04/2026

Plazo Solicitud: CERRADO, 22/04/2026 hasta 06/05/2026
Beneficiarios: Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de Navarra

Cuantía: Crédito 2026: 2.100.000 euros

BDNS (Indetif.): 895695

Categorías: Educación y ciencia, Empleo y contratación, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Economía Social, Servicios Sociales

Finalidad:

Convocatoria para la subvención de programas de formación dirigidos a personas ocupadas 2026

Requisitos:

Entidades de formación, públicas o privadas, incluidos los centros integrados de formación profesional de titularidad privada


La Estrategia Europa de Empleo para 2020 establece, como uno de sus tres objetivos principales, que el 60 por ciento de las personas adultas participen en formación anual.

En esta línea, la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028 sitúa, como uno de sus 7 ejes prioritarios, la formación y, entre sus objetivos operativos, mejorar la empleabilidad de las personas ocupadas mediante convocatorias que respondan de manera rápida a las demandas de las empresas.

El propio Plan de Políticas Activas de Empleo de Navarra 2025-2028 define, como uno de sus objetivos específicos, mejorar la empleabilidad de las personas ocupadas, poniendo el foco en el derecho a la formación permanente para adaptar su perfil a las nuevas realidades sociales, económicas y tecnológicas mediante la actualización y refuerzo de las políticas activas de empleo.

La formación de las personas ocupadas, por tanto, es un factor decisivo para garantizar el ejercicio del derecho a la formación de las personas ocupadas, pues favorece su formación a lo largo de la vida, mejora sus competencias profesionales y sus itinerarios de empleo y formación, así como su desarrollo profesional y personal, de manera que se mejoren sus perspectivas de empleo estable y de calidad. Además, esta formación es clave para el progreso de los sectores productivos y la mejora de la competitividad y productividad de las empresas, al estar ligado su crecimiento al incremento de las cualificaciones de la población activa.

Por ello, se hace necesario que las Administraciones públicas, a través del diálogo y la colaboración, impulsen y potencien la formación en habilidades y competencias de las personas ocupadas, necesaria para abordar los procesos de adaptación e internacionalización que precisan las empresas navarras hasta conseguir que nuestro tejido productivo sea un referente de competitividad y calidad en un mercado global.

La Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral y el posterior Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la citada ley, contemplan las iniciativas de formación profesional para el empleo, entre las que figura la oferta formativa para personas ocupadas.

En desarrollo de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, el nuevo Real Decreto 438/2024, de 30 de abril, por el que se desarrollan la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo y los servicios garantizados establecidos en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, recoge la oferta formativa no vinculada al Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales de las administraciones competentes para personas ocupadas y su adecuación a las necesidades de las personas, empresas y entidades usuarias.

La Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a la financiación de la oferta formativa de las administraciones competentes. Entre las distintas iniciativas de oferta formativa que regula la citada orden se contempla la iniciativa de las administraciones para personas ocupadas desarrollada mediante distintos programas de formación.

En desarrollo de lo previsto en esta orden son objeto de subvención en la presente convocatoria los programas de formación transversales, además de los programas de formación transversales dirigidos a personas socias y trabajadoras de la economía social, los programas de formación transversales dirigidos a personas trabajadoras autónomas, los programas formación transversales dirigidos a personas trabajadoras con discapacidad. Igualmente, esta convocatoria incorpora, buscando una economía sostenible, digital y comprometida con el territorio y las personas, la concesión de subvenciones para la ejecución de programas de formación vinculados a la Estrategia de Especialización Inteligente Navarra S4.

La oferta de esta convocatoria se diseña a través de una metodología específica que incluye una constante revisión del Catálogo de Especialidades Formativas por parte de una red de informantes clave (asociaciones empresariales, clústeres, centros de formación, centros tecnológicos, personal experto) de las distintas áreas profesionales, que van priorizando la formación necesaria para el mercado laboral navarro. En esta convocatoria también se ofertan las especialidades más actualizadas del catálogo y se seleccionan los contenidos, la duración y la modalidad formativa que más se adecuan al público objetivo de la misma.

Las subvenciones de esta convocatoria se ajustan a lo previsto tanto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

En consecuencia, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 14 del Decreto Foral 13/2024, de 7 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare,

RESUELVO:

1. Aprobar las bases por las que se regirá la convocatoria, que se recogen en el anexo I adjunto a esta resolución, así como los restantes anexos a la misma.

2. Aprobar la convocatoria de subvenciones públicas para la financiación en 2026 de programas de formación dirigidos a personas ocupadas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

3. Autorizar el gasto total de 2.100.000 euros con cargo a la partida del Presupuesto de Gastos de 2026: 950002-96200-4819-242104 [PEP: E-24/000737-01]: Conferencia Sectorial. Ayudas a la formación profesional de ocupados, que se distribuirá como sigue:

  • 1.350.000 euros para programas de formación transversales.
  • 150.000 euros para programas de formación transversales dirigidos a personas socias y trabajadoras de la economía social.
  • 150.000 euros para programas de formación transversales dirigidos a personas trabajadoras autónomas.
  • 100.000 euros para programas de formación transversales dirigidos a personas trabajadoras con discapacidad.
  • 350.000 euros para programas de formación vinculados a la Estrategia de Especialización Inteligente Navarra S4.

4. Podrá autorizarse una cuantía adicional cuya efectividad queda condicionada a su autorización como consecuencia de la concurrencia de alguna de las circunstancias legalmente previstas. La autorización, en su caso, de este crédito adicional se realizará por el órgano competente y se publicará en los mismos términos que la convocatoria, no implicando la apertura de un nuevo plazo para presentar subvenciones, ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo máximo para resolver y notificar. Todo ello en aplicación de lo dispuesto en el supuesto 2.º, regla a), del apartado 3.º del artículo 31 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, por haberse incrementado el importe del crédito presupuestario disponible como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito.

5. Publicar esta resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra, con la advertencia de que la convocatoria no surtirá efectos hasta el día siguiente a su publicación en dicho boletín.

6. Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la consejera de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 26 de marzo de 2026.–La directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, María Esther Fernández Razquin.

ANEXO I.–BASES REGULADORAS

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