Última revisión
09/07/2026
Convocatoria de subvenciones para la financiación de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales dirigidas prioritariamente a trabajadores ocupados, para 2026, impartidas en modalidad presencial.
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EXTRACTO de la Orden de 3 de julio de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de convocatoria de subvenciones para la financiación de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales dirigidas prioritariamente a trabajadores ocupados, para 2026, impartidas en modalidad presencial. - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 08/07/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Cuantía: Crédito 2026: 10.800.000 euros
BDNS (Indetif.): 917510
Categorías: Educación y ciencia, Empleo y contratación, Cultura e idiomas, Empresa
Convocatoria de subvenciones para la financiación de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales dirigidas prioritariamente a trabajadores ocupados, para 2026, impartidas en modalidad presencial
Entidades de formación públicas o privadas, autorizadas e inscritas, en su caso, en el correspondiente Registro de Entidades y Centros de Formación Profesional de Grado C y de Formación en el Trabajo de la Comunidad de Madrid o en el registro estatal correspondiente, para las acciones formativas solicitadas.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/es/index y en la página web de la Comunidad de Madrid http://www.comunidad.madrid
Primero
Objeto
1. Se convocan subvenciones para la financiación de programas de formación dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados para el año 2026.
2. Objeto de financiación en esta convocatoria serán los programas de formación de grado B vinculados al Catálogo Nacional de Estándares de Competencia Profesionales, el correspondiente período de formación en empresa u organismo equiparado de 80 horas, así como las acciones formativas de idiomas del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Acciones formativas, todas ellas, dirigidas prioritariamente a los trabajadores ocupados e impartidas en modalidad presencial.
3. La concesión de las subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva.
Segundo
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente orden las entidades de formación públicas o privadas, que deberán estar autorizadas e inscritas, en su caso, en el correspondiente Registro de Entidades y Centros de Formación Profesional de Grado C y de Formación en el Trabajo de la Comunidad de Madrid o en el registro estatal correspondiente, para las acciones formativas objeto de la formación solicitadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre y en el artículo 15.2 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre.
Tercero
Régimen jurídico
Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, por la que se regula la oferta formativa del sistema de Formación profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales efectuada por las administraciones competentes, se establecen bases reguladoras, así como las condiciones para su financiación (“Boletín Oficial del Estado” núm. 239, de 5 de octubre de 2022).
Cuarto
Cuantía
El importe inicialmente previsto para los programas de formación vinculados al Catálogo Nacional de Estándares de Competencia Profesionales y para las acciones formativas de idiomas del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER), impartidos en modalidad presencial, se eleva a 10.800.000 de euros, que serán financiados por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Quinto
Presentación de la solicitud de subvención
El plazo de presentación de solicitudes será desde el siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 31 de julio de 2026, inclusive. Por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones se publicará el texto íntegro de la orden de convocatoria en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Madrid, a 3 de julio de 2026.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), la Viceconsejera de Economía y Empleo, María del Carmen Tejera Gimeno.
(03/11.385/26)
