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RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2022, de la Secretaría General de Apoyo al Empleo, Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se redistribuyen los créditos presupuestarios por epígrafes recogidos en la Orden de 29 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a las entidades colaboradoras de la Red Eusumo para realizar actividades de promoción e impulso del cooperativismo y la economía social, y se convocan para los años 2022 y 2023. - Diario Oficial de Galicia de 07-07-2022
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Plazo de la solicitud:Ver Detalles, 07/07/2022 hasta ----
Beneficiarios: Empresas y autónomos
Tipo: Modificacion de subvenciones
Boletín: Diario Oficial de Galicia
Categorías: Economía Social, Empleo y contratación
(Páginas 18-19)
Mediante la Orden de 29 de diciembre de 2021, que fue publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 16, de 25 de enero de 2022, se establecieron las bases reguladoras y se convocaron subvenciones a las entidades colaboradoras de la Red Eusumo para realizar actividades de promoción e impulso del cooperativismo y la economía social.
En el artículo 37.1 de dicha orden se recoge la financiación de las ayudas previstas con cargo a las aplicaciones 11.04.324C.444.0, 11.04.324C.445.0, 11.04.324C.460.0 y 11.04.324C.481.1, con una cuantía inicial de seiscientos ochenta y tres mil euros (683.000,00 €) distribuido en dos anualidades, correspondientes a fondos finalistas del Estado.
En el artículo 37.2 se establece que la distribución inicial podrá alterarse, después de las modificaciones presupuestarias precisas, en función de la tipología de las entidades que vayan a realizar las actividades que resulten subvencionadas.
Una vez instruidos los expedientes y obtenida la relación de solicitudes que cumplen con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en las bases reguladoras para adquirir la condición de entidad beneficiaria, se hace necesario una redistribución del crédito de las distintas aplicaciones presupuestarias.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG núm. 20, de 29 de enero), cuando la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas se distribuya entre distintos créditos presupuestarios, la alteración de dicha distribución no precisará de nueva convocatoria pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto y de la publicación en los mismos medios que la convocatoria.
Por todo lo anterior,
RESUELVO:
Primero. Redistribuir el crédito destinado a las ayudas convocadas por la Orden de 29 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a las entidades colaboradoras de la Red Eusumo para realizar actividades de promoción e impulso del cooperativismo y la economía social, y se convocan para los años 2022 y 2023, sin variar el presupuesto total, de la siguiente manera:
Aplicación presupuestaria | Anualidad 2022 | Anualidad 2023 | Total |
11.04.324C.444.0 | 15.539,20 € | 69.594,35 € | 85.133,55 € |
11.04.324C.445.0 | 3.000,00 € | 3.000,00 € | 6.000,00 € |
11.04.324C.460.0 | 30.712,40 € | 38.998,40 € | 69.710,80 € |
11.04.324C.481.1 | 206.788,33 € | 312.654,35 € | 519.442,68 € |
Segundo. Esta modificación, una vez publicada en el Diario Oficial de Galicia, no implicará apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes.
Santiago de Compostela, 28 de junio de 2022
Covadonga Toca Carús
Secretaria general de Apoyo al Empleo,
Trabajo Autónomo y Economía Social
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