Subvenciones
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Modificacion de subvenciones
Beneficiario
Empresas y autónomos
Administraciones públicas
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Comercio y marketing
Localización
Aragón
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Servicios Sociales, Infancia y juventud, Igualdad, Estadísticas y encuestas, Participación ciudadana, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Caza y pesca, Agricultura, Economía Social, Comercio y marketing, Familia, Desarrollo Local y Rural, Seguridad, Medio Ambiente, Transporte y vehículos, Energía
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
22/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía básica indicada en el apartado anterior podrá incrementarse por cada uno de los siguientes supuestos y porcentajes hasta un límite máximo de 5.000 euros por contrato subvencionado
Finalidad
La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras que regirán la concesión de subvenciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón destinadas a fomentar tanto la contratación indefinida de personas desempleadas que, por su edad o elevado tiempo de permanencia en desempleo, encuentran dificultades para acceder al mercado de trabajo, así como la conversión en indefinidos de contratos formativos, favoreciendo de este modo la estabilidad en el empleo de las personas jóvenes, todo ello con un enfoque de género en la configuración de unas medidas de acción positiva hacia el colectivo femenino y con un enfoque local que incentiva especialmente el empleo en núcleos de población reducida.
Localización
Cataluña
Categorías
Comunicación pública, Cultura e idiomas, Empresa, Empleo y contratación, Igualdad, Servicios Sociales, Economía Social, Educación y ciencia, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Seguridad, Comercio y marketing, Vivienda e hipotecas
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
22/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
1.1. El objeto de estas bases es regular el procedimiento para la concesión de subvenciones estructurales a empresas periodísticas y entidades sin ánimo de lucro para la edición de publicaciones periódicas con contenido de redacción periodística en catalán o aranés, que se ponen a disposición del público en soporte papel y están realizadas con medios de imprenta, o bien para la edición en catalán o aranés de publicaciones periódicas en otras lenguas.
1.2. No se consideran incluidos en las subvenciones que son objeto de estas bases los siguientes supuestos:
a) La edición de publicaciones editadas o coeditadas por instituciones públicas, por entidades privadas con participación mayoritaria de instituciones públicas en su financiación o gobierno o por entidades privadas por encargo de instituciones públicas.
b) La edición de boletines y las publicaciones corporativas.
c) La edición de reclamos publicitarios y las guías comerciales.
d) La edición de suplementos de publicaciones.
e) La edición de publicaciones que se comercializan de forma encartada o de manera condicionada a la adquisición de otra.
f) La edición de publicaciones que consisten esencialmente en la reproducción o adaptación de trabajos, artículos de actualidad o contenidos de redacción no periodística originalmente publicados en otros medios escritos que hayan concurrido a la misma convocatoria.
1.2. No se consideran incluidos en las subvenciones que son objeto de estas bases los siguientes supuestos:
a) La edición de publicaciones editadas o coeditadas por instituciones públicas, por entidades privadas con participación mayoritaria de instituciones públicas en su financiación o gobierno o por entidades privadas por encargo de instituciones públicas.
b) La edición de boletines y las publicaciones corporativas.
c) La edición de reclamos publicitarios y las guías comerciales.
d) La edición de suplementos de publicaciones.
e) La edición de publicaciones que se comercializan de forma encartada o de manera condicionada a la adquisición de otra.
f) La edición de publicaciones que consisten esencialmente en la reproducción o adaptación de trabajos, artículos de actualidad o contenidos de redacción no periodística originalmente publicados en otros medios escritos que hayan concurrido a la misma convocatoria.
Localización
Aragón
Categorías
Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empresa, Medio Ambiente, Industria, Empleo y contratación, Educación y ciencia, Energía, Caza y pesca, Consumo, Seguridad, Servicios Sociales, Transporte y vehículos, Artesanía, Economía Social, Comercio y marketing, Comunicación pública, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
22/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía individualizada de la ayuda se calculará en dos tramos distintos, según el gasto subvencionable se someta al Reglamento UE de exención por categorías o al Reglamento UE de ayudas de "minimis". Para el cálculo de la ayuda, en un mismo concepto concreto de gasto no se podrán aplicar regímenes de ayuda diferentes.
Finalidad
Estas bases establecen las condiciones de acceso a un régimen de subvenciones, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, para fomentar la inversión en economía circular, así como la realización de proyectos empresariales en Aragón que incluyan desarrollo experimental y/o investigación industrial en economía circular.
Localización
Murcia
Categorías
Agricultura, Ganadería, Empleo y contratación, Desarrollo Local y Rural, Infancia y juventud, Caza y pesca, Educación y ciencia, Empresa, Medio Ambiente, Economía Social, Familia, Vivienda e hipotecas, Servicios Sociales, Participación ciudadana, Igualdad, Comercio y marketing, Energía, Industria, Reparación daños fenómenos naturales
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
17/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas destinadas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras, conforme a lo establecido en el artículo 75 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013.
Localización
Cataluña
Categorías
Comunicación pública, Cultura e idiomas, Empresa, Medio Ambiente, Transporte y vehículos, Ferias y congresos, Empleo y contratación, Vivienda e hipotecas, Educación y ciencia, Servicios Sociales, Economía Social, Comercio y marketing, Igualdad, Industria, Estadísticas y encuestas, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Energía
Beneficiarios
Administraciones públicas, Empresas y autónomos
F. Publicación
10/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
?1 Objeto
1.1 Estas bases tienen por objeto la concesión de subvenciones para la organización de festivales y muestras audiovisuales en Cataluña, para su promoción y difusión y para la subtitulación en catalán de su programación audiovisual. Se establecen dos modalidades:
1.1.1 Subvenciones para la preparación y celebración en Cataluña de festivales y muestras audiovisuales, así como para su promoción y difusión. Se distinguen tres grupos de festivales y muestras según su presupuesto:
a) Grupo A: festivales y muestras con un presupuesto total igual o superior a 100.000,00 euros.
b) Grupo B: festivales y muestras con un presupuesto total igual o superior a 50.000,00 euros e inferior a 100.000,00 euros.
c) Grupo C: festivales y muestras con un presupuesto total por debajo de los 50.000,00 euros.
A efectos de estas bases, el presupuesto total incluirá tanto los gastos dinerarios como la valoración económica de las contribuciones en especie.
1.1.2 Subvenciones para la subtitulación al catalán de la programación audiovisual de los festivales y muestras audiovisuales que se celebran en Cataluña.
1.2 A efectos de estas bases, se entenderá por ?festival o muestra audiovisual? aquel acontecimiento que programe obras audiovisuales que se proyectan ante un público genérico, que tenga lugar durante un periodo específico de tiempo en una población o poblaciones definidas previamente y que tenga un procedimiento de regulación del propio festival o muestra y de la selección de las obras audiovisuales.
El festival o la muestra podrá ser presencial o híbrido. A los efectos de estas bases, se entenderá por ?festival híbrido? aquel que combina proyecciones y actividades presenciales y en línea.
1.3 Un mismo festival o muestra audiovisual solo podrá optar a un grupo de las modalidades que establece el apartado 1.1.
1.4 Quedarán excluidos de estas subvenciones los siguientes eventos:
a) Eventos de carácter musical o teatral que utilicen el soporte audiovisual.
b) Festivales o muestras relacionados con la formación en el ámbito audiovisual, y cualquier otra iniciativa que pretenda el reconocimiento público de algún aspecto del medio audiovisual y que esté promovida desde el ámbito académico.
c) Muestras de cine que tengan por objeto específico el entretenimiento al aire libre.
d) Muestras o festivales dedicados a las obras audiovisuales relativas a publicidad, eventos retransmitidos en directo, vídeos musicales, obras audiovisuales de aficionados, tráileres y obras artísticas no narrativas.
e) Festivales o muestras que, a pesar de exhibir obras audiovisuales, tengan por objeto principal uno distinto al fomento de la difusión y la promoción de las obras y la cultura cinematográfica y audiovisual.
f) Festivales y muestras audiovisuales con un presupuesto total superior a 300.000,00 euros en la modalidad de la base 1.1.1 (subvenciones para la preparación y celebración en Cataluña de festivales y muestras audiovisuales, así como para su promoción y difusión) o superior a 600.000,00 euros en la modalidad de la base 1.1.2 (subvenciones para la subtitulación al catalán de la programación de los festivales y muestras audiovisuales que se celebran en Cataluña).
1.1 Estas bases tienen por objeto la concesión de subvenciones para la organización de festivales y muestras audiovisuales en Cataluña, para su promoción y difusión y para la subtitulación en catalán de su programación audiovisual. Se establecen dos modalidades:
1.1.1 Subvenciones para la preparación y celebración en Cataluña de festivales y muestras audiovisuales, así como para su promoción y difusión. Se distinguen tres grupos de festivales y muestras según su presupuesto:
a) Grupo A: festivales y muestras con un presupuesto total igual o superior a 100.000,00 euros.
b) Grupo B: festivales y muestras con un presupuesto total igual o superior a 50.000,00 euros e inferior a 100.000,00 euros.
c) Grupo C: festivales y muestras con un presupuesto total por debajo de los 50.000,00 euros.
A efectos de estas bases, el presupuesto total incluirá tanto los gastos dinerarios como la valoración económica de las contribuciones en especie.
1.1.2 Subvenciones para la subtitulación al catalán de la programación audiovisual de los festivales y muestras audiovisuales que se celebran en Cataluña.
1.2 A efectos de estas bases, se entenderá por ?festival o muestra audiovisual? aquel acontecimiento que programe obras audiovisuales que se proyectan ante un público genérico, que tenga lugar durante un periodo específico de tiempo en una población o poblaciones definidas previamente y que tenga un procedimiento de regulación del propio festival o muestra y de la selección de las obras audiovisuales.
El festival o la muestra podrá ser presencial o híbrido. A los efectos de estas bases, se entenderá por ?festival híbrido? aquel que combina proyecciones y actividades presenciales y en línea.
1.3 Un mismo festival o muestra audiovisual solo podrá optar a un grupo de las modalidades que establece el apartado 1.1.
1.4 Quedarán excluidos de estas subvenciones los siguientes eventos:
a) Eventos de carácter musical o teatral que utilicen el soporte audiovisual.
b) Festivales o muestras relacionados con la formación en el ámbito audiovisual, y cualquier otra iniciativa que pretenda el reconocimiento público de algún aspecto del medio audiovisual y que esté promovida desde el ámbito académico.
c) Muestras de cine que tengan por objeto específico el entretenimiento al aire libre.
d) Muestras o festivales dedicados a las obras audiovisuales relativas a publicidad, eventos retransmitidos en directo, vídeos musicales, obras audiovisuales de aficionados, tráileres y obras artísticas no narrativas.
e) Festivales o muestras que, a pesar de exhibir obras audiovisuales, tengan por objeto principal uno distinto al fomento de la difusión y la promoción de las obras y la cultura cinematográfica y audiovisual.
f) Festivales y muestras audiovisuales con un presupuesto total superior a 300.000,00 euros en la modalidad de la base 1.1.1 (subvenciones para la preparación y celebración en Cataluña de festivales y muestras audiovisuales, así como para su promoción y difusión) o superior a 600.000,00 euros en la modalidad de la base 1.1.2 (subvenciones para la subtitulación al catalán de la programación de los festivales y muestras audiovisuales que se celebran en Cataluña).
Localización
Cataluña
Categorías
Cultura e idiomas, Empresa, Ferias y congresos, Comercio y marketing
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
09/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
RESOLUCIÓN CLT/719/2023, de 3 de marzo, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales por el que se aprueba la modificación de las bases específicas que regirán la concesión de subvenciones a proyectos de internacionalización de empresas del sector del libro.
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Cultura e idiomas, Comunicación pública, Comercio y marketing, Transporte y vehículos, Ferias y congresos, Vivienda e hipotecas, Energía, Igualdad
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
09/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
Modificación de las bases específicas que regirán la concesión de subvenciones a proyectos de internacionalización de empresas audiovisuales que contribuyan a la comercialización de la producción audiovisual.
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Industria, Sector Financiero/Bancario, Servicios Sociales, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Igualdad, Energía, Caza y pesca, Educación y ciencia, Ganadería, Agricultura, Transporte y vehículos, Comunicación pública, Seguridad, Infancia y juventud, Estadísticas y encuestas, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
08/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
El objeto de estas bases es regular las subvenciones a inversiones empresariales de alto impacto.
Localización
Cataluña
Categorías
Cultura e idiomas, Empresa, Educación y ciencia, Vivienda e hipotecas, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Transporte y vehículos, Comercio y marketing, Economía Social, Igualdad
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
03/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
1.1 El objeto de estas bases es apoyar actividades de promoción de la música, de carácter profesional, en los ámbitos de la formación, la producción y los proyectos globales.
1.2 Esta línea de subvenciones tiene las siguientes modalidades:
a) Apoyo a la formación
Apoyo a la organización de actividades de formación dirigidas a profesionales del sector y de perfeccionamiento en forma de seminarios, jornadas, talleres y cursos.
Quedarán excluidas las actividades organizadas por centros docentes, y las destinadas al público escolar y a la dinamización del público general.
b) Apoyo a la producción
Apoyo a la producción de un espectáculo musical de nueva creación, de alto interés cultural. Debe ser la presentación de una producción singular de gran formato o que integre una puesta en escena. Se acreditará el estreno de la producción, en el período subvencionable, con el compromiso formal del auditorio o espacio de exhibición correspondiente.
A efectos de estas bases, el estreno se considerará la primera representación pública. No se tendrán en cuenta las actuaciones realizadas en locales de ensayo.
Quedarán excluidas las representaciones posteriores del espectáculo, así como las giras, producciones destinadas a la edición de grabaciones fonográficas o videográficas, los musicales, y las producciones protagonizadas íntegramente por músicos no profesionales.
c) Apoyo a proyectos globales
Apoyo a proyectos de promoción de la música que incluyan actividades relacionadas con los siguientes ámbitos: investigación, formación, publicaciones, producción (tal y como se define en el punto 1.2.b) y exhibición.
Para optar a esta modalidad, los solicitantes deberán presentar un proyecto que contenga, como mínimo, dos de los ámbitos mencionados en el párrafo anterior.
A efectos de esta modalidad se excluirá la edición comercial de proyectos discográficos en cualquier formato.
1.2 Esta línea de subvenciones tiene las siguientes modalidades:
a) Apoyo a la formación
Apoyo a la organización de actividades de formación dirigidas a profesionales del sector y de perfeccionamiento en forma de seminarios, jornadas, talleres y cursos.
Quedarán excluidas las actividades organizadas por centros docentes, y las destinadas al público escolar y a la dinamización del público general.
b) Apoyo a la producción
Apoyo a la producción de un espectáculo musical de nueva creación, de alto interés cultural. Debe ser la presentación de una producción singular de gran formato o que integre una puesta en escena. Se acreditará el estreno de la producción, en el período subvencionable, con el compromiso formal del auditorio o espacio de exhibición correspondiente.
A efectos de estas bases, el estreno se considerará la primera representación pública. No se tendrán en cuenta las actuaciones realizadas en locales de ensayo.
Quedarán excluidas las representaciones posteriores del espectáculo, así como las giras, producciones destinadas a la edición de grabaciones fonográficas o videográficas, los musicales, y las producciones protagonizadas íntegramente por músicos no profesionales.
c) Apoyo a proyectos globales
Apoyo a proyectos de promoción de la música que incluyan actividades relacionadas con los siguientes ámbitos: investigación, formación, publicaciones, producción (tal y como se define en el punto 1.2.b) y exhibición.
Para optar a esta modalidad, los solicitantes deberán presentar un proyecto que contenga, como mínimo, dos de los ámbitos mencionados en el párrafo anterior.
A efectos de esta modalidad se excluirá la edición comercial de proyectos discográficos en cualquier formato.
Localización
Cataluña
Categorías
Cultura e idiomas, Empresa, Transporte y vehículos, Vivienda e hipotecas, Ferias y congresos, Comercio y marketing, Empleo y contratación, Energía, Economía Social, Igualdad
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
03/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La subvención será como máximo el 55% del coste total del proyecto, hasta un máximo de 20.000,00 euros, siempre que, acumulada con otras ayudas de minimis de cualquier administración pública otorgadas durante el ejercicio fiscal corriente y los dos anteriores, no supere los 200.000,00 euros.
Finalidad
1.1 El objeto de estas bases es subvencionar proyectos de distribución internacional del catálogo artístico de empresas y entidades del sector de la música que contribuyan a la presencia de la creación cultural de Cataluña en el exterior. Se entiende por ?catálogo artístico? la lista de formaciones artísticas y sus producciones que representa la empresa o entidad del sector de la música solicitante. Se entiende por ?creación cultural de Cataluña? aquella cuya autoría es catalana, es decir, cuyo autor reside en Cataluña y, en caso de autores difuntos, los que nacieron o residieron la mayor parte de su vida en Cataluña.
1.2 Las subvenciones que se conceden de acuerdo con estas bases tendrán la consideración de ayudas de minimis, reguladas por el Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L352, de 24.12.2013).
1.2 Las subvenciones que se conceden de acuerdo con estas bases tendrán la consideración de ayudas de minimis, reguladas por el Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L352, de 24.12.2013).
