Subvenciones
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Tipo Subvención
Bases
Convocatorias
Modificacion de subvenciones
Beneficiario
Empresas y autónomos
Administraciones públicas
Asociaciones y economía social
Particulares
Comunidades de propietarios
- Promover la innovación tecnológica de los sistemas digitales de control de acceso a la estación y de servicios, que sean compatibles en un sistema unificado para todas las estaciones catalanas y que permitan desarrollar aplicaciones ajustadas a las necesidades de las personas usuarias.
- Contribuir a ampliar la cobertura actual de producción y renovar las instalaciones de nieve para garantizar la disponibilidad del manto nival en las zonas principales de la estación y reducir su incertidumbre, al mismo tiempo que se mejora la eficiencia energética de las instalaciones y su sostenibilidad.
- Facilitar las grandes inspecciones de remontes mecánicos para garantizar su continuidad y su seguridad, renovar remontes y maquinaria obsoleta para modernizarlos con criterios de sostenibilidad y mejora de su eficiencia energética e instalar remontes y transporte para nuevas actividades y nuevos segmentos de usuarios, tanto de invierno como de verano, o para unir dominios esquiables existentes.
- Rehabilitar edificios de servicios existentes, establecimientos de restauración, aparcamientos, cabañas o refugios de montaña, destinados a las personas usuarias de la estación, y los entornos naturales próximos para hacerlos más sostenibles y polivalentes, y también la ampliación o nueva construcción de edificios de servicios para nuevas actividades de invierno o de verano y nuevos segmentos de usuarios.
Además de la utilidad pública y el interés social de las finalidades señaladas, se considera también de interés público, económico y social, garantizar el mantenimiento de la actividad en las estaciones de esquí alpino y de montaña, en la medida en que la riqueza, el mantenimiento y el aumento del empleo que se puedan generar repercuten directa e indirectamente en beneficio de las comarcas de montaña y de sus poblaciones.
2. Las ayudas para la gestión de itinerarios personalizados de inserción tienen como finalidad mejorar la empleabilidad de las personas destinatarias de estas ayudas mediante su participación en dichos itinerarios.
En cuanto a los fondos asignados por parte de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, estas actuaciones contribuyen a alcanzar los objetivos estructurales establecidos en el eje 3, oportunidades de empleo.
Las subvenciones destinadas al alquiler de vivienda tienen por finalidad facilitar el disfrute de una vivienda y, en su caso, de una habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso ubicada en la Comunidad de Castilla y León a sectores de población con escasos medios económicos, mediante el otorgamiento de ayudas a las personas arrendatarias o cesionarias.
Las subvenciones destinadas a la mejora de la accesibilidad de viviendas tienen por finalidad fomentar la mejora de la accesibilidad, tanto en el ámbito urbano como rural de la Comunidad de Castilla y León, facilitando la financiación para la realización de actuaciones en:
a) Viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila.
b) Edificios de viviendas de tipología residencial colectiva interviniendo en sus elementos comunes.
c) Viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva, interviniendo en el interior de sus viviendas.
NOTA: Se corrigen errores en BOCY 16/11/22.
Esta línea de subvenciones tiene como objeto fomentar la descontaminación, limpieza, retirada y también cubrir los gastos económicos de las retiradas ya efectuadas de cubiertas que contengan amianto (fibrocemento) que han sido estropeadas a causa de las inclemencias meteorológicas ocurridas en el episodio de tormentas del día 30 de agosto de 2022 en los municipios afectados según el informe emitido por el Servicio Meteorológico de Cataluña que se puede consultar en la web de l'Agencia de Residuos de Cataluña: https://residus.gencat.cat/web/.content/aux_/comunes/docs/informe_area_afectacio_pedra_20220830.pdf
La finalidad de la subvención es promover la retirada de cubiertas de amianto que hayan sido estropeadas por los efectos meteorológicos y que esta retirada se efectúe o se haya efectuado con las óptimas condiciones con la finalidad última de mejora ambiental y de minimizar el riesgo que este material comporta para la salud pública.
Complementariamente, la línea de ayudas tiene como finalidad promover las instalaciones de autoconsumo fotovoltaico en las mencionadas cubiertas.
1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas que convoque la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para la financiación de proyectos de inversión en la mejora de la eficiencia energética de los establecimientos turísticos con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, y aprobar la convocatoria correspondiente al año 2022.
2. Las presentes ayudas tienen como finalidad contribuir a la financiación de proyectos de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas ubicadas en la Comunidad de Madrid de acuerdo con el apartado de ?modernización y competitividad del sector turístico? del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 14).
De conformidad con el Anexo II de la Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Turismo por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de marzo de 2022 de la Línea de Financiación para Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el número de establecimientos a rehabilitar, para la Comunidad de Madrid se ha fijado en 142.
3. Ámbito de aplicación. A los efectos de estas ayudas, se consideran establecimientos de alojamiento turístico los definidos como tales en la Ley 1/1999 de 12 de marzo de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid y la normativa de desarrollo posterior, esto es, aquellos locales o instalaciones abiertos al público y acondicionados de conformidad con la normativa aplicable en los que se presenten servicios turísticos de alojamiento:
a) Establecimientos hoteleros: hoteles, hoteles-apartamento y pensiones.
b) Apartamentos y viviendas de uso turístico.
c) Campamentos de turismo.
d) Establecimientos de turismo rural: hoteles rurales, casas rurales y apartamentos de turismo rural.
NOTA: EL BOCM, 02/11/22, publica una corrección de errores.
