Subvenciones

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Top Concepts
Medio Ambiente
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Medio Ambiente
Localización
Aragón
Categorías
Empleo y contratación, Cultura e idiomas, Servicios Sociales, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Infancia y juventud, Empresa, Medio Ambiente, Igualdad, Educación y ciencia, Deporte, Familia, Turismo y agencias de viajes, Economía Social, Construcción y obras, Ocio y tiempo libre, Participación ciudadana, Vivienda e hipotecas, Comunicación pública, Consumo
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
21/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La convocatoria establecerá el crédito disponible máximo y su imputación a las partidas presupuestarias, dentro del Programa 3221 - Fomento del Empleo - del Presupuesto de Gastos del Instituto Aragonés de Empleo.
Finalidad
1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dentro del "Programa Emple-AR" (Emplea Aragón).

2. La finalidad del "Programa Emple-AR" es fomentar la contratación de personas desempleadas con dificultades de inserción en el mercado de trabajo al objeto de mejorar su experiencia laboral y la adquisición de competencias profesionales y, por tanto, su empleabilidad, al mismo tiempo que participan en proyectos de interés general y social puestos en marcha por alguna de las entidades citadas en el artículo 4 de esta Orden y ejecutados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Localización
Murcia
Categorías
Agricultura, Ganadería, Caza y pesca, Industria, Economía Social, Medio Ambiente, Consumo, Participación ciudadana, Desarrollo Local y Rural, Empleo y contratación
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
18/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe máximo a subvencionar por póliza será de treinta mil euros (30.000 €).
Finalidad
La presente Orden tiene por objeto establecer el procedimiento de concesión de la ayuda complementaria a la contratación de determinados seguros agrarios en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como declarar el importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico de esta ayuda para las pólizas que se suscriban y tengan fecha de entrada en vigor en el año 2023, junto con las de la convocatoria del año 2022 que no fueron abonadas.
Esta ayuda se abonará en forma de aportación al pago de la prima como complemento de la ayuda aportada por la Administración General del Estado a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) en el marco del Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, modificado por el Real Decreto 1075/2021 de 7 de diciembre por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario.
La finalidad de estas ayudas es fomentar y promocionar la suscripción del sistema de seguros agrarios, minorando el coste de las pólizas de los seguros agrarios suscritas por los agricultores de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, como instrumento para compensar sus rentas frente a fenómenos climatológicos adversos y otros riesgos.
Localización
Murcia
Categorías
Agricultura, Ganadería, Empleo y contratación, Desarrollo Local y Rural, Infancia y juventud, Caza y pesca, Educación y ciencia, Empresa, Medio Ambiente, Economía Social, Familia, Vivienda e hipotecas, Servicios Sociales, Participación ciudadana, Igualdad, Comercio y marketing, Energía, Industria, Reparación daños fenómenos naturales
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
17/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas destinadas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras, conforme a lo establecido en el artículo 75 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013.
Localización
Murcia
Categorías
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Local y Rural, Medio Ambiente, Caza y pesca, Seguridad, Vivienda e hipotecas, Educación y ciencia, Infancia y juventud, Participación ciudadana, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Economía Social, Construcción y obras, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
17/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
La presente orden regula en el periodo 2023 a 2027, en el ámbito de la Región de Murcia, las siguientes ayudas contenidas en la Solicitud Única, que forman parte del sistema integrado de gestión y control o bien están relacionados con el desarrollo rural (FEADER) conforme al Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 y al Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado
de gestión y control.
Localización
Asturias
Categorías
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Local y Rural, Empleo y contratación, Medio Ambiente, Educación y ciencia, Seguridad, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Caza y pesca, Empresa, Economía Social, Construcción y obras
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
14/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Consultar en el pdf la tabla de calculo de cuantia.
Finalidad
1. Esta Resolución tiene por objeto regular en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias el procedimiento de concesión de las subvenciones:

a) Intervenciones en forma de Pagos directos de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control,

b) Pagos al desarrollo rural sujetas al Sistema Integrado de Gestión y Control de acuerdo con lo previsto en el Reglamento (UE) n.º 1305/2013, en vigor de conformidad a lo establecido en el artículo 154 del Reglamento (UE) n.º 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, hasta el 31 de diciembre de 2025.

2. Asimismo, tiene por objeto aplicar en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias el Sistema Integrado de Gestión y Control de determinados regímenes de ayudas comunitarios, incluida la solicitud única de ayudas, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control

3. Toda mención a la figura de agricultor, ganadero o beneficiario que se recoge en la presente Resolución debe entenderse realizada a la persona tanto de género masculino como femenino.
Localización
Cataluña
Categorías
Comunicación pública, Cultura e idiomas, Empresa, Medio Ambiente, Transporte y vehículos, Ferias y congresos, Empleo y contratación, Vivienda e hipotecas, Educación y ciencia, Servicios Sociales, Economía Social, Comercio y marketing, Igualdad, Industria, Estadísticas y encuestas, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Energía
Beneficiarios
Administraciones públicas, Empresas y autónomos
F. Publicación
10/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
?1 Objeto

1.1 Estas bases tienen por objeto la concesión de subvenciones para la organización de festivales y muestras audiovisuales en Cataluña, para su promoción y difusión y para la subtitulación en catalán de su programación audiovisual. Se establecen dos modalidades:

1.1.1 Subvenciones para la preparación y celebración en Cataluña de festivales y muestras audiovisuales, así como para su promoción y difusión. Se distinguen tres grupos de festivales y muestras según su presupuesto:

a) Grupo A: festivales y muestras con un presupuesto total igual o superior a 100.000,00 euros.

b) Grupo B: festivales y muestras con un presupuesto total igual o superior a 50.000,00 euros e inferior a 100.000,00 euros.

c) Grupo C: festivales y muestras con un presupuesto total por debajo de los 50.000,00 euros.

A efectos de estas bases, el presupuesto total incluirá tanto los gastos dinerarios como la valoración económica de las contribuciones en especie.

1.1.2 Subvenciones para la subtitulación al catalán de la programación audiovisual de los festivales y muestras audiovisuales que se celebran en Cataluña.

1.2 A efectos de estas bases, se entenderá por ?festival o muestra audiovisual? aquel acontecimiento que programe obras audiovisuales que se proyectan ante un público genérico, que tenga lugar durante un periodo específico de tiempo en una población o poblaciones definidas previamente y que tenga un procedimiento de regulación del propio festival o muestra y de la selección de las obras audiovisuales.

El festival o la muestra podrá ser presencial o híbrido. A los efectos de estas bases, se entenderá por ?festival híbrido? aquel que combina proyecciones y actividades presenciales y en línea.

1.3 Un mismo festival o muestra audiovisual solo podrá optar a un grupo de las modalidades que establece el apartado 1.1.

1.4 Quedarán excluidos de estas subvenciones los siguientes eventos:

a) Eventos de carácter musical o teatral que utilicen el soporte audiovisual.

b) Festivales o muestras relacionados con la formación en el ámbito audiovisual, y cualquier otra iniciativa que pretenda el reconocimiento público de algún aspecto del medio audiovisual y que esté promovida desde el ámbito académico.

c) Muestras de cine que tengan por objeto específico el entretenimiento al aire libre.

d) Muestras o festivales dedicados a las obras audiovisuales relativas a publicidad, eventos retransmitidos en directo, vídeos musicales, obras audiovisuales de aficionados, tráileres y obras artísticas no narrativas.

e) Festivales o muestras que, a pesar de exhibir obras audiovisuales, tengan por objeto principal uno distinto al fomento de la difusión y la promoción de las obras y la cultura cinematográfica y audiovisual.

f) Festivales y muestras audiovisuales con un presupuesto total superior a 300.000,00 euros en la modalidad de la base 1.1.1 (subvenciones para la preparación y celebración en Cataluña de festivales y muestras audiovisuales, así como para su promoción y difusión) o superior a 600.000,00 euros en la modalidad de la base 1.1.2 (subvenciones para la subtitulación al catalán de la programación de los festivales y muestras audiovisuales que se celebran en Cataluña).
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Industria, Sector Financiero/Bancario, Servicios Sociales, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Igualdad, Energía, Caza y pesca, Educación y ciencia, Ganadería, Agricultura, Transporte y vehículos, Comunicación pública, Seguridad, Infancia y juventud, Estadísticas y encuestas, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
08/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
El objeto de estas bases es regular las subvenciones a inversiones empresariales de alto impacto.
Localización
BOE
Categorías
Comercio y marketing, Turismo y agencias de viajes, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Vivienda e hipotecas, Medio Ambiente, Energía, Seguridad, Consumo, Educación y ciencia, Construcción y obras, Ferias y congresos, Industria, Empleo y contratación, Transporte y vehículos, Desarrollo Local y Rural, Cultura e idiomas, Empresa, Servicios Sociales, Estadísticas y encuestas, Agricultura, Comunicación pública
Beneficiarios
Administraciones públicas
F. Publicación
17/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
BOE
Categorías
Comercio y marketing, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Empresa, Hostelería y hoteles, Educación y ciencia, Cultura e idiomas, Turismo y agencias de viajes, Industria, Empleo y contratación, Servicios Sociales, Energía, Seguridad, Medio Ambiente, Artesanía, Textil, confección y calzado, Estadísticas y encuestas, Consumo, Infancia y juventud, Comunicación pública, Reparación daños fenómenos naturales
Beneficiarios
Administraciones públicas, Particulares
F. Publicación
16/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Cataluña
Categorías
Cultura e idiomas, Empresa, Medio Ambiente, Educación y ciencia, Energía
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
03/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe de la subvención será del 80% del presupuesto, con una cuantía máxima de 2.200,00 euros por diagnosis.
Finalidad
1.1 El objeto de esta línea de subvenciones es la concesión de subvenciones para realizar diagnosis de empresas o entidades, o de proyectos, de los ámbitos de las artes escénicas, las artes visuales, la editorial, la música, el audiovisual y de la cultura digital, en las siguientes modalidades:

a) Diagnosis ambiental: se entiende por ?diagnosis ambiental? el estudio genérico de los principales aspectos ambientales que afectan a los procesos y prácticas de las empresas o de sus proyectos (consumos de agua, de energía, producción y gestión de residuos, movilidad, etc.), como fase previa y necesaria para poder llevar a cabo, posteriormente, los planes o estudios de carácter más específico para mejorar la gestión de la sostenibilidad ambiental y reducir la huella de carbono.

b) Diagnosis de accesibilidad: se entiende por ?diagnosis de accesibilidad? el estudio genérico de las principales necesidades y puntos fuertes de las empresas, entidades o de sus proyectos, en accesibilidad comunicativa, física, de contenidos, de actividades y de servicios, y sus campañas de difusión. La diagnosis será la base de los planes o estudios de accesibilidad de carácter más específico, que elaborarán y planificarán las propuestas de mejora para adecuarse a la Ley 13/2014, de 30 de octubre, de accesibilidad.

1.2 Tanto la diagnosis ambiental como la diagnosis de accesibilidad se llevarán a cabo mediante la contratación de servicios profesionales externos de consultoría.

1.3 Las subvenciones que se concedan de acuerdo con estas bases tendrán la consideración de ayudas de minimis, reguladas por el Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L352, de 24.12.2013).

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