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Tipo Subvención
Bases
Convocatorias
Modificacion de subvenciones
Beneficiario
Empresas y autónomos
Administraciones públicas
Asociaciones y economía social
Particulares
Comunidades de propietarios
Podrán ser beneficiarios de esta subvención las organizaciones de productores reguladas por el Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas, que sean titulares de centrales de acondicionamiento y que cumplan los siguientes requisitos:
a)? Que se encuentren reconocidas para alguna de las categorías de reconocimiento establecidas en el anexo III del Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, que incluyan alguno de los productos de los sectores de fruta de hueso, fruta de pepita y/o frutos secos.
b)? Que tengan efectivos productivos en las comarcas recogidas en el anexo o estén afectadas por entregas de terceros procedentes de estas comarcas.
c)? Que acrediten haber sufrido una pérdida en 2022 superior al 30/ % del valor de producción comercializada incluyendo las producciones de terceros con respecto a la media del último quinquenio 2017-2021, calculada según el apartado 3 de este artículo.
2.? El valor de producción comercializada incluyendo las producciones de terceros a efectos de la letra c) del apartado 1 del presente artículo - en adelante VPC- se corresponderá con el valor comunicado de acuerdo con el artículo 21.1, del Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo.
3.? El cálculo de la media del VPC del último quinquenio 2017-2021, eliminando el dato menor y el mayor de la serie, se hará de oficio con base en la información contenida en la aplicación informática Sistema de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas (SOFYH) establecida en el artículo 23 del Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo.
Objeto y concepto subvencionable.
1. Mediante las presentes bases, y como medida incluida en el Titulo I del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, se regulan los requisitos y procedimiento para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas por la Junta de Andalucía a las personas jóvenes con escasos recursos económicos, que les permita hacer frente al pago de su correspondiente cuota de la renta arrendaticia o precio de cesión de su vivienda o habitación habituales, con el fin de facilitar el acceso a su residencia habitual en régimen de alquiler y favorecer su emancipación y desarrollo vital.
2. Las ayudas se destinan al pago de la cuota arrendaticia que corresponde al joven beneficiario para hacer frente al disfrute de parte o la totalidad de la vivienda arrendada , o de un alquiler habitacional, siempre que se trate de satisfacer su necesidad de vivienda habitual en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
3. En caso de que se trate de un contrato de cesión de uso de vivienda, se incluye con la misma consideración el precio de la cesión que corresponde satisfacer al joven arrendatario, resultando de aplicación los mismos requisitos.
NOTA: Se corrigen errores por publicación del 16/11/2022.
Capítulo II: Ayudas para crear un ecosistema que favorezca la creación de empresas de economía social.
Capítulo III: Ayudas para la constitución y promoción de empresas de economía social.
Capítulo IV: Ayudas para la consolidación de empresas de economía social recientemente constituidas.
Capítulo V: Ayudas al emprendimiento en las empresas de economía social afectadas por la guerra en Ucrania y las sanciones a Rusia.
Capítulo VI: Ayudas para la creación y consolidación de Comunidades energéticas con forma de economía social.
2. La finalidad de estas ayudas es la activación de la inversión privada en I+D+i y el fortalecimiento de las capacidades tecnológicas y de innovación de los sectores agrícola, ganadero, forestal y de sus industrias asociadas o agroalimentarias de la Comunidad de Madrid, con el objeto de promover, impulsar y apoyar a estos sectores económicos, reforzando así su competitividad, rentabilidad y sostenibilidad.
