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Top Concepts
Servicios Sociales
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Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Economía Social, Comercio y marketing, Empleo y contratación, Agricultura, Cultura e idiomas, Servicios Sociales, Igualdad, Ganadería, Consumo, Hostelería y hoteles, Seguridad, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i)
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
26/10/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe máximo a subvencionar por el concepto de gasto de informe de auditor es de 1.000 euros (+IVA). El importe máximo de la ayuda, incluido el importe del coste del informe de auditor, es de 200.000 euros por beneficiario, sin perjuicio de los límites cuantitativos del régimen de acumulación del apartado 3.2.
Finalidad
El objeto de las ayudas que establece la Orden es la compensación de las pérdidas de las centrales frutícolas, cuyos titulares sean organizaciones de productores, cooperativas, SAT o empresas, que comercializan mayoritariamente fruta dulce y almendra con cáscara producidas en fincas de sus miembros, socios o productores, ubicadas en las comarcas afectadas por las heladas de abril de 2022 (Segrià, Noguera, Pla d'Urgell, Garrigues, Urgell, Ribera d'Ebre, Terra Alta, Pallars Jussà, Alt Camp, Baix Camp, Priorat, Conca de Barberà, Anoia y Segarra), y que han sufrido una pérdida importante de facturación como consecuencia de estas heladas, para garantizar su continuidad y viabilidad económica.

Estas ayudas se articulan mediante tres líneas:

1.1. Línea de ayudas para la compensación de las pérdidas de las centrales frutícolas, cuyos titulares sean cooperativas, SAT o empresas, no reconocidas como organizaciones de productores, que comercializan fruta de hueso producida en fincas de sus miembros, socios o productores, ubicadas en las comarcas afectadas por las heladas de abril de 2022 (Segrià, Noguera, Pla d'Urgell, Garrigues, Urgell, Ribera d'Ebre, Terra Alta, Pallars Jussà, Alt Camp, Baix Camp, Priorat, Conca de Barberà, Anoia y Segarra), y que han sufrido una pérdida importante de facturación como consecuencia de estas heladas, para garantizar su continuidad y viabilidad económica (línea de ayuda 1).

1.2. Línea de ayudas para la compensación de las pérdidas de las centrales frutícolas, cuyos titulares sean cooperativas, SAT o empresas, no reconocidas como organizaciones de productores, que comercializan fruta dulce y almendra con cáscara producidas en fincas de sus miembros, socios o productores, ubicadas en las comarcas afectadas por las heladas de abril de 2022 (Segrià, Noguera, Pla d'Urgell, Garrigues, Urgell, Ribera d'Ebre, Terra Alta, el Pallars Jussà, Alt Camp, Baix Camp, Priorat, Conca de Barberà, Anoia y Segarra), y que han sufrido una pérdida importante de facturación como consecuencia de estas heladas, para garantizar su continuidad y viabilidad económica (línea de ayuda 2).

1.3. Línea de ayudas para la compensación de las pérdidas de las centrales frutícolas, cuyos titulares sean organizaciones de productores que comercializan fruta dulce y almendra con cáscara producidas en fincas de sus miembros o socios ubicadas en las comarcas afectadas por las heladas de en abril de 2022 (Segrià, Noguera, Pla d'Urgell, Garrigues, Urgell, Ribera d'Ebre, Terra Alta, Pallars Jussà, Alt Camp, Baix Camp, Priorat, la Conca de Barberà, Anoia y Segarra), y que han sufrido una pérdida importante de facturación como consecuencia de estas heladas, para garantizar su continuidad y viabilidad económica (línea de ayuda 3).
Localización
País Vasco
Categorías
Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Agricultura, Educación y ciencia, Medio Ambiente, Servicios Sociales, Empresa, Igualdad, Empleo y contratación, Industria, Cultura e idiomas, Transporte y vehículos, Economía Social, Vivienda e hipotecas, Energía, Justicia, Consumo
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
24/10/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
El límite máximo de la ayuda por solicitud será de hasta 25.000 euros.
Finalidad
1.? El presente Decreto tiene por objeto regular el Programa de ayudas al diseño de Proyectos Tractores Transversales Colaborativos de Investigación y Desarrollo en los ámbitos del «Envejecimiento Saludable», la «Movilidad Eléctrica» y la «Economía Circular», que resulten de la integración de los diferentes proyectos presentados por las entidades solicitantes de la ayuda y que puedan ofrecer respuestas a los retos y objetivos establecidos para cada Iniciativa Tractora Transversal.

2.? La presente normativa se acoge al artículo 25 del Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014, por el que se declaran las ayudas a Proyectos de Investigación y Desarrollo compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
Localización
Cataluña
Categorías
Medio Ambiente, Empleo y contratación, Servicios Sociales, Empresa, Energía, Ocio y tiempo libre, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Seguridad, Reparación daños fenómenos naturales, Transporte y vehículos, Igualdad, Turismo y agencias de viajes, Ferias y congresos
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
21/10/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La convocatoria establece la posición presupuestaria a la que se deben imputar las subvenciones y determina la cuantía máxima para esta línea.
Finalidad
El objetivo principal de estas subvenciones es fomentar y dar apoyo a los proyectos de inversiones de las estaciones de esquí alpino, destinadas a las siguientes finalidades:

- Promover la innovación tecnológica de los sistemas digitales de control de acceso a la estación y de servicios, que sean compatibles en un sistema unificado para todas las estaciones catalanas y que permitan desarrollar aplicaciones ajustadas a las necesidades de las personas usuarias.

- Contribuir a ampliar la cobertura actual de producción y renovar las instalaciones de nieve para garantizar la disponibilidad del manto nival en las zonas principales de la estación y reducir su incertidumbre, al mismo tiempo que se mejora la eficiencia energética de las instalaciones y su sostenibilidad.

- Facilitar las grandes inspecciones de remontes mecánicos para garantizar su continuidad y su seguridad, renovar remontes y maquinaria obsoleta para modernizarlos con criterios de sostenibilidad y mejora de su eficiencia energética e instalar remontes y transporte para nuevas actividades y nuevos segmentos de usuarios, tanto de invierno como de verano, o para unir dominios esquiables existentes.

- Rehabilitar edificios de servicios existentes, establecimientos de restauración, aparcamientos, cabañas o refugios de montaña, destinados a las personas usuarias de la estación, y los entornos naturales próximos para hacerlos más sostenibles y polivalentes, y también la ampliación o nueva construcción de edificios de servicios para nuevas actividades de invierno o de verano y nuevos segmentos de usuarios.

Además de la utilidad pública y el interés social de las finalidades señaladas, se considera también de interés público, económico y social, garantizar el mantenimiento de la actividad en las estaciones de esquí alpino y de montaña, en la medida en que la riqueza, el mantenimiento y el aumento del empleo que se puedan generar repercuten directa e indirectamente en beneficio de las comarcas de montaña y de sus poblaciones.
Localización
Madrid
Categorías
Empleo y contratación, Educación y ciencia, Empresa, Servicios Sociales, Medio Ambiente, Sector Financiero/Bancario, Economía Social, Familia, Seguridad, Transporte y vehículos, Estadísticas y encuestas, Comunicación pública, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Justicia, Cultura e idiomas
Beneficiarios
Asociaciones y economía social
F. Publicación
19/10/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención será un módulo de 5.454 euros a percibir por cada persona participante que concluya el intinerario personalizado que se le haya diseñado.
Finalidad
1. La presente Orden tiene como objeto la aprobación de las bases reguladoras y de la convocatoria para el año 2022 de las subvenciones para la realización de ?Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad-Colectivos vulnerables?, cuyo objeto consiste en promover el desarrollo de proyectos integrados de inserción laboral, a través de itinerarios individualizados y personalizados, que deberán dirigirse a los colectivos vulnerables del artículo 5, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

2. Las ayudas para la gestión de itinerarios personalizados de inserción tienen como finalidad mejorar la empleabilidad de las personas destinatarias de estas ayudas mediante su participación en dichos itinerarios.
Localización
Asturias
Categorías
Transporte y vehículos, Empresa, Empleo y contratación, Servicios Sociales, Medio Ambiente, Comercio y marketing
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
19/10/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe definitivo de cada subvención se determinará dentro del importe máximo previsto en la partida correspondiente del presupuesto anual.
Finalidad
El objeto de estas subvenciones es la adquisición de vehículos nuevos adaptados o la adaptación de los mismos, así como la compra de vehículos usados ya adaptados de las categorías M1, M2 y M3, que dispongan de autorización de transportes de las series VD y VT y reúnan las características de accesibilidad definidas en esta Resolución.

En el caso de adquisición de vehículos nuevos adaptados y adaptación de los ya existentes únicamente serán subvencionables los costes de la adaptación del vehículo a la normativa que más abajo se señala.

En el caso de adquisición de vehículos usados ya adaptados el importe subvencionable será equivalente al porcentaje que representó el coste de la adaptación sobre el coste total del vehículo cuando fue adquirido por el primer propietario del vehículo (si el coste de la primera adaptación supuso el 10% del precio total, el importe a subvencionar será el 10% del precio de adquisición del actual propietario)

Solo será objeto de subvención un máximo de dos vehículos por empresa.

Las características técnicas de los vehículos cuya adquisición o reforma puede ser objeto de ayuda deberán cumplir con los requisitos indicados en el anexo VII de la Directiva 2001/85, y el Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.

Serán subvencionables las actuaciones realizadas durante el período que se indique en cada convocatoria anual. No se considerará subvencionable el IVA soportado.

Asimismo, siendo el procedimiento de concesión el de concurrencia competitiva, excepcionalmente en este caso será el de prorrateo al sólo tenerse en cuenta para la concesión de las mismas el coste de las inversiones subvencionables dentro del período al que se haga referencia en la Resolución de convocatoria anual de las mismas. El procedimiento de prorrateo permite que todos los solicitantes de subvención puedan obtener la misma de forma proporcional a la inversión realizada y el crédito disponible en cada convocatoria, fomentando de este modo la adaptación de vehículos.
Localización
Comunidad Valenciana
Categorías
Educación y ciencia, Empleo y contratación, Cultura e idiomas, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empresa, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Vivienda e hipotecas, Industria, Servicios Sociales, Construcción y obras, Consumo, Energía, Estadísticas y encuestas, Hostelería y hoteles, Comunicación pública, Transporte y vehículos, Igualdad, Justicia, Infancia y juventud, Familia, Turismo y agencias de viajes, Agricultura, Sector Financiero/Bancario
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
18/10/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La creación de seis líneas nominativas por importe de 6.921.948 euros; - «Colaboración con Fundación de la CV Escuela de Formación Profesional FEMPA, Cualificaciones Profesionales y Formación del Sector Metal.» por importe de 1.823.778,00 € - «Colaboración con el Consejo de Cámaras de Comercio de la C.V.» por importe de 500.000,00 € - «Colaboración con Cruz Roja» por importe de 800.000,00 € - «Colaboración con la Federación Empresarial Metalúrgica Valenciana, FEMEVAL» por importe de 1.301.862,00 € - «Colaboración con Fundación Laboral Construcción» por importe de 1.396.308,00 € - «Colaboración con los Institutos Tecnólogicos REDIT» por importe de 1.100.000,00 €
Finalidad


Este decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras, que constan como Anexo I, y la concesión directa, con carácter excepcional y por razones de interés público de tipo social y económico, de seis subvenciones, todas ellas en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, a las siguientes entidades: Cruz Roja Española, Fundación de la Comunitat Valenciana Escuela de Formación Profesional FEMPA Cualificaciones Profesionales y Formación del Sector Metal (Fundación CV Escuela de FP FEMPA), Federación Empresarial Metalúrgica Valenciana (FEMEVAL), Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunidad Valenciana, Red de Institutos Tecnológicos (REDIT), y Fundación Laboral de la Construcción.

Todas estas subvenciones irán dirigidas a la impartición de acciones de formación no formal, de carácter modular y destinadas al reskilling y upskilling de personas trabajadoras, tanto ocupadas, como desempleadas residentes en la Comunidad Valenciana. Asimismo, es condición indispensable que dicha formación esté vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales durante el ejercicio 2022, y pertenecientes cada una de ellas a uno o varios de los sectores estratégicos incluidos en el Plan de modernización de la Formación Profesional u a otros sectores de interés debidamente justificados.

Todas las acciones financiadas por las concesiones directas se llevarán a cabo en el plazo de un año desde la notificación de la resolución de concesión.

Localización
Cataluña
Categorías
Empleo y contratación, Servicios Sociales, Empresa, Igualdad, Economía Social, Educación y ciencia, Cultura e idiomas, Seguridad, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Consumo, Infancia y juventud, Familia, Deporte
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
18/10/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención a otorgar por las actuaciones reguladas en la presente Orden es la siguiente: a) Apoyo salarial a la transición del trabajo a la jubilación. b) Acompañamiento especializado en el proceso de transición a la jubilación.
Finalidad
El objeto de estas bases es regular el procedimiento de concesión de las subvenciones para el apoyo a puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad afectadas por envejecimiento prematuro en centros especiales de trabajo.

En cuanto a los fondos asignados por parte de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, estas actuaciones contribuyen a alcanzar los objetivos estructurales establecidos en el eje 3, oportunidades de empleo.
Localización
Comunidad Valenciana
Categorías
Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Comercio y marketing, Cultura e idiomas, Industria, Infancia y juventud, Servicios Sociales, Medio Ambiente, Caza y pesca, Agricultura, Economía Social
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
17/10/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
Artículo único. Modificación de la Orden 27/2016, de 25 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), en materia de I+D e innovación empresarial
Localización
Castilla y León
Categorías
Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Servicios Sociales, Familia, Infancia y juventud, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo, Seguridad, Transporte y vehículos, Medio Ambiente, Igualdad, Ferias y congresos, Economía Social, Comercio y marketing, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Industria, Estadísticas y encuestas, Desarrollo Local y Rural, Justicia, Deporte
Beneficiarios
Comunidades de propietarios, Particulares
F. Publicación
14/10/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
a) La ayuda para las personas beneficiarias será del 50 % de la renta o precio mensual que deban satisfacer por el alquiler o cesión de uso de su vivienda o habitación habitual y permanente. b) En el supuesto de personas jóvenes, la ayuda será del 60% de la renta o precio mensual que deban satisfacer por el alquiler o uso de su vivienda o habitación habitual y permanente.
Finalidad

Las subvenciones destinadas al alquiler de vivienda tienen por finalidad facilitar el disfrute de una vivienda y, en su caso, de una habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso ubicada en la Comunidad de Castilla y León a sectores de población con escasos medios económicos, mediante el otorgamiento de ayudas a las personas arrendatarias o cesionarias.

Las subvenciones destinadas a la mejora de la accesibilidad de viviendas tienen por finalidad fomentar la mejora de la accesibilidad, tanto en el ámbito urbano como rural de la Comunidad de Castilla y León, facilitando la financiación para la realización de actuaciones en:

a) Viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila.
b) Edificios de viviendas de tipología residencial colectiva interviniendo en sus elementos comunes.
c) Viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva, interviniendo en el interior de sus viviendas.

NOTA: Se corrigen errores en BOCY 16/11/22.

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