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Beneficiario
Empresas y autónomos
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Empleo y contratación
Localización
Cataluña
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Economía Social, Igualdad, Servicios Sociales, Educación y ciencia, Seguridad, Cultura e idiomas, Vivienda e hipotecas, Consumo, Ferias y congresos, Transporte y vehículos
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
21/11/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Cada una de las entidades de personas autónomas que se presente en esta convocatoria y obtenga como mínimo una puntuación igual o superior a 70 puntos en el conjunto de los apartados de valoración de la base 15 de la presente Orden, podrá optar a formar parte del reparto de la partida presupuestaria asignada a esta subvención. Esta partida presupuestaria se repartirá de manera proporcional entre aquellas entidades que obtengan una puntuación igual o superior a 70 puntos.
Finalidad
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fomentar proyectos o acciones de las entidades asociativas en Cataluña de personas trabajadoras autónomas, como actos y jornadas, acciones formativas o de asesoramiento, entre otros, y sufragar sus gastos de mantenimiento, para dar apoyo a la consecución y el cumplimiento de los objetivos que les son propios.
Localización
Castilla-La Mancha
Categorías
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Local y Rural, Medio Ambiente, Empresa, Infancia y juventud, Empleo y contratación, Vivienda e hipotecas, Industria, Familia, Comercio y marketing, Cultura e idiomas
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
01/03/2023
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
Crédito de 700,000,000.00 euros
Finalidad
El objeto de la presente orden es establecer las disposiciones de aplicación de las intervenciones en forma de pagos directos con cargo al Feaga, en el marco del Plan Estratégico de la PAC en España 2023-2027( en adelante, Pepac), que se convocan para el año 2023, de conformidad con el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023 de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, que deberán realizar las personas solicitantes cuya explotación radique en Castilla-La Mancha o en su caso, la mayor parte de la superficie agraria de la misma y en caso de no disponer de superficie agraria donde se encuentren el mayor número de animales, que deseen solicitar alguna o todas de las siguientes ayudas:
a) Pagos directos disociados.
1. Ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, establecida en la sección 1ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
2. Ayuda redistributiva complementaria a la renta para la sostenibilidad, establecida en la sección 2ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
3. Ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras, establecida en la sección 3ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre
4. Regímenes a favor del clima y el medio ambiente, establecidos en la sección 4ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre:
a. Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de Pastos Húmedos.
b. Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de Pastos Mediterráneos.
c. Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de secano.
d. Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de secano húmedo.
e. Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de regadío.
f. Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos llanos.
g. Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos de pendiente media.
h. Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos de elevada pendiente y bancales.
i. Espacios de biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes.
b) Pagos directos asociados.
1. Pagos directos asociados a los agricultores, establecidos en la sección 1ª del Capítulo III del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre:
a. Ayuda asociada a la producción sostenible de proteínas de origen vegetal. Plan Proteico.
b. Ayuda asociada a la producción sostenible de arroz.
c. Ayuda asociada a la producción sostenible de remolacha azucarera.
d. Ayuda asociada a la producción sostenible de tomate para transformación.
e. Ayuda Asociada a los productores de frutos secos en áreas con riesgo de desertificación.
f. Ayuda asociada a la producción tradicional de uva pasa.
g. Pago específico al cultivo del algodón.
h. Ayuda Asociada al olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental.
2. Pagos directos asociados a los ganaderos. establecidos en la sección 2ª del Capítulo III del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre:
a. Ayuda asociada para los ganaderos extensivos de vacuno de carne.
b. Ayuda asociada para el engorde de terneros en la explotación de nacimiento.
c. Ayuda asociada para el engorde sostenible de terneros.
d. Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de vaca.
e. Ayuda asociada para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino de carne.
f. Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de oveja y cabra.
g. Ayuda asociada para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino sin pastos a su disposición y que pastorean superficies de rastrojeras, barbechos y restos hortofrutícolas.
a) Pagos directos disociados.
1. Ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, establecida en la sección 1ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
2. Ayuda redistributiva complementaria a la renta para la sostenibilidad, establecida en la sección 2ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
3. Ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras, establecida en la sección 3ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre
4. Regímenes a favor del clima y el medio ambiente, establecidos en la sección 4ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre:
a. Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de Pastos Húmedos.
b. Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de Pastos Mediterráneos.
c. Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de secano.
d. Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de secano húmedo.
e. Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de regadío.
f. Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos llanos.
g. Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos de pendiente media.
h. Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos de elevada pendiente y bancales.
i. Espacios de biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes.
b) Pagos directos asociados.
1. Pagos directos asociados a los agricultores, establecidos en la sección 1ª del Capítulo III del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre:
a. Ayuda asociada a la producción sostenible de proteínas de origen vegetal. Plan Proteico.
b. Ayuda asociada a la producción sostenible de arroz.
c. Ayuda asociada a la producción sostenible de remolacha azucarera.
d. Ayuda asociada a la producción sostenible de tomate para transformación.
e. Ayuda Asociada a los productores de frutos secos en áreas con riesgo de desertificación.
f. Ayuda asociada a la producción tradicional de uva pasa.
g. Pago específico al cultivo del algodón.
h. Ayuda Asociada al olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental.
2. Pagos directos asociados a los ganaderos. establecidos en la sección 2ª del Capítulo III del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre:
a. Ayuda asociada para los ganaderos extensivos de vacuno de carne.
b. Ayuda asociada para el engorde de terneros en la explotación de nacimiento.
c. Ayuda asociada para el engorde sostenible de terneros.
d. Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de vaca.
e. Ayuda asociada para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino de carne.
f. Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de oveja y cabra.
g. Ayuda asociada para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino sin pastos a su disposición y que pastorean superficies de rastrojeras, barbechos y restos hortofrutícolas.
Localización
Cantabria
Categorías
Empresa, Transporte y vehículos, Industria, Turismo y agencias de viajes, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Comercio y marketing, Empleo y contratación, Economía Social
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
28/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Las personas jurídicas beneficiarias de una subvención o ayuda pública por importe mínimo de 10.000 euros deberán publicar en su página web, en un apartado específico sobre transparencia
Finalidad
Modificación de la Orden INN/43/2020, de 30 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del Programa "COOPERA PARA CRECER", promovido por SODERCAN, SA.
Localización
Castilla y León
Categorías
Medio Ambiente, Agricultura, Ganadería, Desarrollo Local y Rural, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Servicios Sociales, Empleo y contratación, Empresa, Vivienda e hipotecas, Educación y ciencia, Transporte y vehículos
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
27/02/2023
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
-
Finalidad
La presente orden tiene por objeto regular en la Comunidad de Castilla y León las bases de las ayudas relativas a las siguientes intervenciones de desarrollo rural contenidas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España para el período 2023-2027 correspondientes a los siguientes compromisos:
a) Compromisos agroambientales en superficies agrarias:
Compromisos de cultivos sostenibles:
? 6501.2 Cultivos agroindustriales sostenibles.
Compromisos de fomento y gestión sostenible de pastos:
? 6501.3i Aprovechamiento forrajero extensivo mediante pastoreo con ganado ovino o caprino.
? 6501.3ii Gestión sostenible de superficies forrajeras pastables y apoyo a los sistemas tradicionales de pastoreo trashumante.
Apicultura para la biodiversidad:
? 6501.4 Apicultura para la mejora de la biodiversidad.
Protección de la avifauna:
? 6501.5 Agroecosistemas extensivos de secano.
Mantenimiento o mejora de hábitats y de actividades agrarias tradicionales que preserven la biodiversidad:
? 6501.6i Introducción de cultivos minoritarios.
? 6501.6ii Cultivos permanentes en paisajes singulares.
Prácticas para la mejora del suelo y lucha contra la erosión:
? 6501.8 Abonado orgánico.
b) Compromisos de gestión agroambientales en agricultura ecológica:
? 6503 Agricultura ecológica.
c) Compromisos de conservación de recursos genéticos:
? 6505.1 Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción.
A través de las ayudas reguladas en la presente orden se pretende apoyar el desarrollo sostenible de las zonas rurales cumpliendo los objetivos d), e), f) e i) contenidos en el artículo 6 del Reglamento (UE) 2021/2115, de 2 de diciembre por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013.
a) Compromisos agroambientales en superficies agrarias:
Compromisos de cultivos sostenibles:
? 6501.2 Cultivos agroindustriales sostenibles.
Compromisos de fomento y gestión sostenible de pastos:
? 6501.3i Aprovechamiento forrajero extensivo mediante pastoreo con ganado ovino o caprino.
? 6501.3ii Gestión sostenible de superficies forrajeras pastables y apoyo a los sistemas tradicionales de pastoreo trashumante.
Apicultura para la biodiversidad:
? 6501.4 Apicultura para la mejora de la biodiversidad.
Protección de la avifauna:
? 6501.5 Agroecosistemas extensivos de secano.
Mantenimiento o mejora de hábitats y de actividades agrarias tradicionales que preserven la biodiversidad:
? 6501.6i Introducción de cultivos minoritarios.
? 6501.6ii Cultivos permanentes en paisajes singulares.
Prácticas para la mejora del suelo y lucha contra la erosión:
? 6501.8 Abonado orgánico.
b) Compromisos de gestión agroambientales en agricultura ecológica:
? 6503 Agricultura ecológica.
c) Compromisos de conservación de recursos genéticos:
? 6505.1 Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción.
A través de las ayudas reguladas en la presente orden se pretende apoyar el desarrollo sostenible de las zonas rurales cumpliendo los objetivos d), e), f) e i) contenidos en el artículo 6 del Reglamento (UE) 2021/2115, de 2 de diciembre por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013.
Localización
Madrid
Categorías
Empleo y contratación, Comercio y marketing
Beneficiarios
Administraciones públicas
F. Publicación
16/03/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Madrid
Categorías
Educación y ciencia, Empleo y contratación, Familia, Servicios Sociales, Transporte y vehículos, Igualdad, Seguridad, Justicia, Empresa
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
12/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe de la cuantía de la ayuda a la conciliación contemplada en esta Orden será 14 euros por día de asistencia a la formación. Se abonará una vez finalizada la acción formativa, o período de prácticas, en función de los días de asistencia acreditados por el Centro de formación.
Finalidad
El objeto de las normas aprobadas en la presente Orden es la regulación de la ayuda a la conciliación para trabajadores desempleados que participen en acciones de formación, en modalidad presencial y en las jornadas de presencia obligatoria de las acciones de modalidad tele formación, integradas en el Sistema de Formación Profesional para el Empleo financiadas con fondos públicos por parte de la Dirección General de Formación de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
La finalidad de la ayuda regulada en esta Orden es permitir a las personas desempleadas conciliar su asistencia a la formación con el cuidado de hijos menores de 12 años o de familiares dependientes hasta el segundo grado, siempre que al inicio de la acción formativa cumplan el requisito de carecer de rentas de cualquier clase superiores al 75 por ciento del ?Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples? (IPREM).
La finalidad de la ayuda regulada en esta Orden es permitir a las personas desempleadas conciliar su asistencia a la formación con el cuidado de hijos menores de 12 años o de familiares dependientes hasta el segundo grado, siempre que al inicio de la acción formativa cumplan el requisito de carecer de rentas de cualquier clase superiores al 75 por ciento del ?Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples? (IPREM).
Localización
Cantabria
Categorías
Ganadería, Medio Ambiente, Economía Social, Empleo y contratación, Desarrollo Local y Rural, Caza y pesca
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
24/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de un régimen de ayudas para incentivar prácticas de cebo y sacrificio asociadas a la calidad de los terneros y potros machos de las razas locales amenazadas de los titulares de las explotaciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria, inscritos en el Registro de Identificación Individual de los Animales (RIIA) como pertenecientes a dichas razas.
Localización
BOE
Categorías
Servicios Sociales, Medio Ambiente, Cultura e idiomas, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Educación y ciencia, Seguridad, Comunicación pública, Vivienda e hipotecas, Transporte y vehículos, Estadísticas y encuestas, Participación ciudadana, Artesanía, Ferias y congresos, Caza y pesca, Empresa, Justicia
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
20/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
1. La cuantía máxima de la subvención será del 100% de los gastos subvencionables (excluido el IVA), hasta un máximo de 20.000 euros por beneficiario. A efectos del cálculo del importe subvencionable, no será subvencionable ningún tipo de impuesto, carga o gravamen. 2. El texto de la convocatoria señalará la posibilidad de que la entidad beneficiaria pueda solicitar un anticipo de la ayuda, y el porcentaje del mismo. 3. El importe de la subvención en ningún caso podrá superar el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
Finalidad
Subvenciones correspondientes al «Programa de voluntariado de ríos» en el ámbito competencial de la CH Cantábrico. Serán subvencionables los programas y actuaciones presentados por las entidades de carácter privado sin ánimo de lucro, siempre que desarrollen proyectos de acción voluntaria y que se realicen en el ámbito territorial y competencial de la CH Cantábrico.
Localización
Castilla-La Mancha
Categorías
Ganadería, Agricultura, Desarrollo Local y Rural, Empresa, Economía Social, Medio Ambiente, Servicios Sociales, Igualdad, Empleo y contratación, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
17/02/2023
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
-
Finalidad
1. El objeto de la presente orden es regular las bases y realizar su convocatoria para la concesión en 2023 de una subvención única a tanto alzado, excepcional y destinada a determinados sectores especialmente afectados por las repercusiones de la invasión de Ucrania por parte de Rusia, con base en el artículo 39 quarter del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), introducido por el Reglamento (UE) 2022/1033 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de junio de 2022.
2. La finalidad de esta ayuda es garantizar la competitividad de las empresas agroalimentarias y la viabilidad de las explotaciones agrarias, concentrando los recursos disponibles en los beneficiarios más afectados en Castilla-La Mancha por las consecuencias de la invasión de Ucrania por parte de Rusia.
En particular, se apoyará a los titulares de las explotaciones de vacuno de cebo, vaca nodriza, ovino y caprino de carne, ovino de leche, caprino de leche, porcino extensivo, cunícola, avícola de carne y apícola, así como a los titulares de cultivos de frutas de hueso (albaricoque y melocotón) y frutos secos (nueces).
2. La finalidad de esta ayuda es garantizar la competitividad de las empresas agroalimentarias y la viabilidad de las explotaciones agrarias, concentrando los recursos disponibles en los beneficiarios más afectados en Castilla-La Mancha por las consecuencias de la invasión de Ucrania por parte de Rusia.
En particular, se apoyará a los titulares de las explotaciones de vacuno de cebo, vaca nodriza, ovino y caprino de carne, ovino de leche, caprino de leche, porcino extensivo, cunícola, avícola de carne y apícola, así como a los titulares de cultivos de frutas de hueso (albaricoque y melocotón) y frutos secos (nueces).
Localización
Canarias
Categorías
Educación y ciencia, Empleo y contratación, Medio Ambiente, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Servicios Sociales, Hostelería y hoteles, Transporte y vehículos, Seguridad, Igualdad, Desarrollo Local y Rural, Ferias y congresos, Turismo y agencias de viajes, Estadísticas y encuestas, Energía, Cultura e idiomas, Agricultura, Consumo, Economía Social, Comunicación pública, Vivienda e hipotecas, Familia, Comercio y marketing, Caza y pesca, Sector Financiero/Bancario
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
05/12/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
Cada módulo de formación tendrá una subvención fija de un mínimo de 245 euros por persona formada, para la formación de 30 horas, y un máximo de 549 euros por persona formada, para los módulos formativos que alcancen las 60 horas de formación, siendo los gastos máximos proporcionales al número de horas en acciones formativas mayores de 30 y menores de 60 horas, aplicándose para el cálculo de la proporcionalidad el módulo de 549 euros. El importe que se podrá conceder será de 300.000 euros para las entidades beneficiarias de los apartados 1 y 3 de la base reguladora tercera, y de 500.000 euros para las entidades beneficiarias previstas en el apartado 2 de la base reguladora tercera, pudiéndose incrementar de forma proporcional para todas las modalidades previstas, en caso de no agotarse el crédito en cada una de las modalidades, sin que en ningún caso supere la cuantía de 500.000 euros para las entidades beneficiarias de los apartados 1 y 3, y de 700.000 euros para las entidades beneficiarias del apartado 2.
Finalidad
1. La presente resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en sectores estratégicos, de acuerdo con la dotación presupuestaria asignada a tal fin, incluida en la Inversión 1 del Componente 20 ?Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional? del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Las ayudas que se financien con arreglo a esta orden se enmarcan en la Inversión 1, reskilling y upskilling de la población activa ligado a cualificaciones profesionales del componente 20 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, Plan de Recuperación) del Gobierno de España, y contribuirán al cumplimiento de los objetivos asociados a la misma, de acuerdo con la normativa reguladora del mecanismo de recuperación y resiliencia y del Plan de Recuperación a nivel europeo y nacional.
2. La finalidad es conceder subvenciones a las entidades beneficiarias previstas en la base reguladora tercera para el desarrollo de proyectos que contribuyan a los objetivos descritos en el apartado anterior.
Las ayudas que se financien con arreglo a esta orden se enmarcan en la Inversión 1, reskilling y upskilling de la población activa ligado a cualificaciones profesionales del componente 20 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, Plan de Recuperación) del Gobierno de España, y contribuirán al cumplimiento de los objetivos asociados a la misma, de acuerdo con la normativa reguladora del mecanismo de recuperación y resiliencia y del Plan de Recuperación a nivel europeo y nacional.
2. La finalidad es conceder subvenciones a las entidades beneficiarias previstas en la base reguladora tercera para el desarrollo de proyectos que contribuyan a los objetivos descritos en el apartado anterior.
