Subvenciones
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Tipo Subvención
Bases
Convocatorias
Modificacion de subvenciones
Beneficiario
Empresas y autónomos
Administraciones públicas
Asociaciones y economía social
Particulares
Comunidades de propietarios
1. Se aprueba la convocatoria de subvenciones, correspondiente al año 2026, para las actividades de conservación, uso sostenible y desarrollo de los recursos genéticos en agricultura, de acuerdo con lo previsto en la Orden 10/2023 de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Illes Balears 2023-2027, publicada en el BOIB núm. 43, de 6 de abril de 2023.
2. El objeto de la convocatoria es la subvención de las actuaciones previstas y los gastos definidos en el apartado cuarto de esta resolución para dar apoyo a la conservación, uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos agrícolas mediante proyectos encaminados a la caracterización, conservación, utilización o difusión de los recursos fitogenéticos de interés, así como el fomento de estos recursos.
3. El ámbito territorial de aplicación de las subvenciones es la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. A los efectos de lo dispuesto en esta resolución, son de aplicación las definiciones siguientes:
- Conservación in situ en agricultura: la conservación de material genético en ecosistemas y hábitats naturales y el mantenimiento y la recuperación de poblaciones de especies o razas silvestres viables en su entorno natural y, en el caso de especies vegetales cultivadas, en el medio ambiente cultivado donde han desarrollado sus propiedades distintivas.
- Conservación ex situ: la conservación de material genético para la agricultura fuera de su hábitat natural.
- Prospección: investigación de variedades locales y de la información etnobotánica asociada. Incluye la visita a las fincas prospectadas, la transcripción de las entrevistas y la elaboración de la ficha de prospección.
- Multiplicación: comporta la planificación de los cultivos, el diseño de la plantación, el seguimiento en el campo, la selección de las plantas y los frutos, la recolección al final del ciclo, el proceso de limpieza y secado de la semilla, el control de calidad y acondicionamiento para su conservación, el envasado y etiquetado, además del cumplimiento de los requisitos legales establecidos para los operadores durante todo el proceso. La finalidad última es obtener semillas o material de reproducción en cantidad suficiente y con la calidad exigida para poder comercializarlas sin que la comercialización sea obligatoria.
- Caracterización: es el proceso de descripción de los diferentes caracteres morfológicos, hereditarios, que se pueden observar con facilidad, que se expresan a lo largo del ciclo de cultivo, en todos los ambientes, que permiten su distinción con la suficiente homogeneidad y manifiestan estabilidad suficiente en las diferentes generaciones. La caracterización implica la siembra / plantación con diseño experimental de las variedades locales para caracterizar, que facilite al personal técnico y cualificado la obtención y el registro de los valores que permiten realizar la caracterización mediante los descriptores acordados en la Comisión de Variedades Locales de Interés Agrario de las Baleares. Esta tarea se realiza sobre la base de unas memorias técnicas descriptivas consensuadas por el grupo de trabajo técnico de la Comisión y que tienen como referencia los protocolos de diferentes organismos internacionales. Los resultados obtenidos de las caracterizaciones se presentarán mediante fichas de caracterización oficiales en el IRFAP.
- Entrada de una accesión de variedad local: es cada muestra de material vegetal que se conserva dentro de un banco de germoplasma.
1. Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas para actividades e inversiones de fomento de la riqueza piscícola y realizar una segunda convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento MT808A).
2. Estas ayudas se tramitarán en régimen de publicidad, transparencia, concurrencia competitiva, objetividad, igualdad y no discriminación, con eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Asimismo, resultarán de aplicación los preceptos de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
• Línea 1: Renovación de la imagen del establecimiento comercial:
Realización de obras o reformas sustanciales y la adquisición de equipamientos innovadores que impliquen una efectiva modernización en la actividad comercial, siempre que estén realizadas en las zonas de exposición y venta al público.
• Línea 2: Incorporación de nuevas tecnologías e innovación:
Implantación de comercio electrónico; implantación de sistemas integrados relacionados con cualquier ámbito de gestión de la pyme comercial, mejora de la imagen digital.
La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras y la convocatoria para la selección, en régimen de concurrencia competitiva, de dos modalidades de operaciones dirigidas a entidades sin ánimo de lucro y entidades de la economía social, que recibirán cofinanciación del FSE+, en el marco del cuarto objetivo político de la política de cohesión de la Unión Europea en el período 2021-2027: Una Europa más social e inclusiva, y para el objetivo específico ESO4.12. Promover la integración social de personas en riesgo de pobreza o exclusión social, en particular las más desfavorecidas y los niños; línea principal de actuación 3: Acciones de ocio educativo y saludable, medida 7.L.08, Escalar a todo el territorio nacional, y en especial, a aquellas regiones o zonas con una renta per cápita más baja, programas extraescolares de promoción integral de estilos de vida saludable para la infancia y adolescencia con enfoque de equidad.
Personas con nacionalidad española o con residencia legal en España que tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 33?% o situaciones asimiladas.
La línea 1 tiene por objeto promover la realización de proyectos de inversión en instalaciones, recursos y equipos que mejoren las condiciones de seguridad y salud de los centros de trabajo.
Convocar para las anualidades 2026-2027, con carácter de subvención, las ayudas para la financiación de los gastos que se describen en la resolución con objeto de incentivar, estimular y fomentar la competitividad empresarial en el sector del calzado riojano, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden EIE/87/2024, de 16 de diciembre, de la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo, que aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento de la competitividad y desarrollo económico en las Áreas o Sectores prioritarios de la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 247, de 17 de diciembre de 2024).
Bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas, Territorio Cultura, y se convocan para el año 2026
Bases generales del programa de subvenciones destinadas a las entidades públicas o privadas que impartan formación de nivel básico para la capacitación de los delegados y delegadas de prevención de las empresas o centros de trabajo de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como el procedimiento de acreditación de entidades para impartir dicha formación
