Subvenciones a asociaciones judiciales profesionales para 2024.
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Última revisión
16/04/2024

Subvenciones a asociaciones judiciales profesionales para 2024.

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Extracto del Acuerdo de 11 de abril de 2024, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convocan subvenciones a las asociaciones judiciales profesionales para el año 2024. - Boletín Oficial del Estado de 16/04/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 17/04/2024 hasta 30/04/2024

Beneficiarios: Asociaciones y economía social

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial del Estado

Cuantía: Importe máximo de 426.100 euros.

BDNS (Indetif.): 754590

Categorías: Economía Social, Justicia

Finalidad:
Facilitar el funcionamiento general de las asociaciones judiciales profesionales y fomentar el mayor dinamismo de cada asociación en el desarrollo de sus actividades.
Requisitos:
Ver bases reguladoras aprobadas por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 27 de abril de 2017 (BOE, de 5 de mayo de 2017).
Acción subvencionable:
Serán objeto de subvención: 1. Los gastos de organización y funcionamiento de las asociaciones judiciales. 2. La realización por las asociaciones judiciales de actividades de interés para la justicia y la vida asociativa. 3. La efectiva implantación de las asociaciones judiciales en la carrera judicial. 4. Los resultados de las últimas elecciones a Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia.
Resumen:
La finalidad es la de facilitar el funcionamiento general de las asociaciones judiciales profesionales y fomentar el mayor dinamismo de cada asociación en el desarrollo de sus actividades. Serán objeto de subvención: 1. Los gastos de organización y funcionamiento de las asociaciones judiciales. 2. La realización por las asociaciones judiciales de actividades de interés para la justicia y la vida asociativa. 3. La efectiva implantación de las asociaciones judiciales en la carrera judicial. 4. Los resultados de las últimas elecciones a Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia.

BDNS(Identif.):754590

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/754590)

Primero. Beneficiarios.

Se convocan subvenciones a las asociaciones judiciales profesionales con la finalidad de facilitar el funcionamiento general de las mismas y de fomentar el mayor dinamismo de cada asociación en el desarrollo de sus actividades.

Segundo: Objeto

Serán objeto de subvención:

1. Los gastos de organización y funcionamiento de las asociaciones judiciales.

2. La realización por las asociaciones judiciales de actividades de interés para la justicia y la vida asociativa.

3. La efectiva implantación de las asociaciones judiciales en la carrera judicial.

4. Los resultados de las últimas elecciones a Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia.

Tercero: Bases reguladoras.

Aprobadas por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 27 de abril de 2017 (BOE, de 5 de mayo de 2017).

Cuarto: Cuantía.

Las subvenciones se financiarán con cargo al capítulo IV, concepto 483, del Programa 111M del Presupuesto de gastos del Consejo General del Poder Judicial para el 2024, por un importe máximo de 426.100 euros.

Quinto: Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes de subvención se formalizarán por las asociaciones judiciales en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del extracto de esta convocatoria.

Madrid, 11 de abril de 2024.- Vicente Guilarte Gutiérrez Presidente del Consejo General del Poder Judicial.

Subvenciones a asociaciones judiciales profesionales para 2024.

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