Última revisión
02/09/2026
Subvenciones para el desarrollo de un turismo sostenible y accesible en Mallorca mediante eventos de interés turístico para 2026.
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Extracto de la II convocatoria de subvenciones para el desarrollo de un turismo sostenible y accesible en Mallorca mediante eventos de interés turístico para el año 2026 - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 01/09/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares
Cuantía: Crédito 2026: 523.506,58 euros. Cuantía máxima 30.000 euros por evento
BDNS (Indetif.): 923209
Categorías: Turismo y agencias de viajes, Ferias y congresos, Economía Social
Subvenciones para el desarrollo de un turismo sostenible y accesible en Mallorca mediante eventos de interés turístico para el año 2026
Personas físicas o jurídicas dadas de alta en actividades económicas, así como las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro
De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto íntegro se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias) y en la Sede Electrónica de la Fundación Turismo Responsable de Mallorca, en el tablón de anuncios (https://fundacioturismeresponsabledemallorca.sedelectronica.es/info.0).
Primero. Objeto
Esta convocatoria tiene por objeto el desarrollo de un turismo sostenible y accesible en Mallorca mediante eventos que son considerados de interés turístico y que sirven para concienciar sobre la destinación desde la vertiente de un turismo responsable, sostenible y accesible, en los términos establecidos en el texto íntegro de la convocatoria.
Segundo. Beneficiarios
Pueden ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas que están de alta de actividades económicas, así como las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, siempre que cumplan los requisitos previstos en la convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras
Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB n.º 21, de 18 de febrero de 2017, con modificación BOIB n.º 96, de 4 de agosto de 2018), así como el resto de normativa aplicable establecida en el texto íntegro de la convocatoria, publicada en la Sede Electrónica de la Fundación Turismo Responsable de Mallorca.
Cuarto. Importe
La dotación presupuestaria máxima destinada a esta convocatoria es de 523.506,58 €, con cargo al presupuesto propio de la Fundación Turismo Responsable de Mallorca para el ejercicio 2026.
En caso de que el crédito disponible no sea suficiente para atender todas las solicitudes que cumplan los requisitos exigibles, las subvenciones se otorgarán de acuerdo con el orden de prelación resultante de la aplicación de los criterios de valoración establecidos en la convocatoria.
Quinto. Cuantía
El importe máximo subvencionable por proyecto será, con carácter general, de 30.000 € por evento, sin que en ningún caso pueda superar la cuantía solicitada ni el 30 % del presupuesto subvencionable.
Excepcionalmente, en el caso de eventos con un retorno publicitario superior a 200.000 € y un presupuesto global superior a 450.000 €, la subvención se podrá valorar de manera individual, con un máximo de 100.000 €, sin que en ningún caso pueda superar el 30 % del presupuesto subvencionable, de acuerdo con los criterios establecidos en la convocatoria y dentro de los límites del crédito disponible.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar la solicitud y toda la documentación anexa es de 20 días naturales a partir de las 9:00 horas del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. El plazo de presentación de solicitudes concluirá a las 14:00 horas del último día.
Séptimo. Lugar de presentación
Las solicitudes, anexos y documentación se tienen que tramitar exclusivamente por vía telemática, a través de la Sede Electrónica de la Fundación Turismo Responsable de Mallorca: (https://fundacioturismeresponsabledemallorca.sedelectronica.es/info.1).
La presentación fuera de plazo, la utilización de formularios no normalizados o la presentación por una vía diferente a la establecida constituyen causa de exclusión.
La presentación de la solicitud implica la aceptación expresa de las bases y de la convocatoria.
Octavo. Justificación
Los beneficiarios tienen que presentar la documentación justificativa de la subvención de acuerdo con lo previsto en la convocatoria. La modalidad de justificación es mediante cuenta justificativa con aportación de informe de auditoría.
Palma, el día de la firma electrónica (5 de agosto de 2026)
El vicepresidente de la Fundación Turismo Responsable de MallorcaBartolomé Ferragut Llodrà

