Última revisión
29/04/2026
Subvenciones a las organizaciones sindicales presentes en las Mesas Generales Negociación TREBEP.
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Extracto de Resolución de 27 de abril de 2026 de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan subvenciones a las organizaciones sindicales presentes en las Mesas Generales Negociación TREBEP, como apoyo instrumental a su participación en 2026 - Boletín Oficial del Estado de 29/04/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial del Estado
Cuantía: El importe total del crédito es de 1.218.650 euros.
BDNS (Indetif.): 902120
Categorías: Economía Social, Empresa
Financiación de los gastos realizados en el año 2026 por las organizaciones sindicales beneficiarias, ocasionados por la realización de actividades relacionadas con el ejercicio de sus funciones que se deriven de su presencia en las Mesas Generales de Negociación citadas.
Organizaciones sindicales constituidas de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, que hayan obtenido representación suficiente en los órganos de representación del personal, Delegados y Delegadas de personal, juntas de personal y comités de empresa, en el conjunto de las Administraciones Públicas y de la Administración General del Estado, que las legitime para estar presentes en las Mesas Generales de Negociación reguladas en los artículos 34.1, 36.1 y 36.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
BDNS(Identif.):902120
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/902120)
Primero. Beneficiarios:
Organizaciones sindicales constituidas de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, que hayan obtenido representación suficiente en los órganos de representación del personal, Delegados y Delegadas de personal, juntas de personal y comités de empresa, en el conjunto de las Administraciones Públicas y de la Administración General del Estado, que las legitime para estar presentes en las Mesas Generales de Negociación reguladas en los artículos 34.1, 36.1 y 36.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Segundo. Objeto:
Financiación de los gastos realizados en el año 2026 por las organizaciones sindicales beneficiarias, ocasionados por la realización de actividades relacionadas con el ejercicio de sus funciones que se deriven de su presencia en las Mesas Generales de Negociación citadas.
Tercero. Bases Reguladoras:
Orden HAP/1808/2014, de 29 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las organizaciones sindicales presentes en las Mesas Generales de Negociación, publicada en el BOE nº. 242 de 6 de octubre de 2014.
Cuarto. Cuantía:
El importe total del crédito presupuestario para atender a la subvención es de 1.218.650 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Quince días hábiles computados desde el siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del extracto de la presente convocatoria, en la forma y términos expresados en el punto quinto de la misma.
Madrid, 27 de abril de 2026.- Consuelo Sánchez Naranjo, La Secretaria de Estado de Función Pública.
