Última revisión
20/04/2026
Subvenciones a las Unidades de Apoyo a la actividad profesional, en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo, ejercicio 2026.
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Extracto de Resolución de 30 de marzo de 2026, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a las Unidades de Apoyo a la actividad profesional, en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo, ejercicio 2026. - Boletín Oficial de Canarias de 20/04/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial de Canarias
Cuantía: -
BDNS (Indetif.): 897005
Categorías: Empleo y contratación, Servicios Sociales
Subvenciones a las Unidades de Apoyo a la actividad profesional, en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo, ejercicio 2026.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades titulares de los CEE y dichos centros cuando tengan personalidad jurídica propia, si cumplen con los requisitos (artículo 5 Real Decreto 469/2006).
BDNS (Identif.): 897005.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/897005).
Primero.- Objeto y regulación.
Aprobar la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinada a financiar los costes laborales y de Seguridad Social, durante el ejercicio 2026, derivados de la contratación indefinida del personal que compone las Unidades de Apoyo a la actividad profesional (UAAP) de los Centros Especiales de Empleo (CEE) inscritos en el Registro correspondiente del Servicio Canario de Empleo (SCE), para el desarrollo de las funciones contempladas con las personas destinatarias previstas en los artículos 2 y 3 del Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, de UAAP. Regula el procedimiento la Orden de 30 de diciembre de 2022, de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, de bases para la concesión de subvenciones de fomento de la inclusión laboral de personas con discapacidad en los mercados de trabajo ordinario y protegido (BOC n.º 9, de 13.1.2023) (Medida B3 contemplada en la citada Orden), en relación con la normativa básica del Estado, que dicta el Real Decreto 469/2006, de 21 de abril (BOE n.º 96, de 22.4.2006).
Segundo.- Finalidad de la subvención.
1. Destinatarios finales. Personas trabajadoras con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo de los CEE (artículo 3 Real Decreto 469/2006, de 21 de abril):
a) Personas con parálisis cerebral, con discapacidad intelectual o personas con trastorno de la salud mental o del espectro del autismo con grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
b) Personas con discapacidad física o sensorial con grado de discapacidad reconocido igual o superior 65%.
2. Importe de la subvención. Por cada persona trabajadora con el tipo y grado de discapacidad indicados en el apartado anterior, contratada por el CEE a fecha de solicitud, 1.440 euros anuales, siempre que su contrato permanezca vigente por tiempo indefinido o de forma temporal con duración igual o superior a 6 meses, y que no haya expirado a fecha de concesión de la subvención. Importe que se reducirá de forma proporcional en función de la duración de cada contrato durante el ejercicio anual, así como en función de la duración de la jornada, si es a tiempo parcial.
3. Composición de la Unidad de Apoyo. El Anexo VII de la Resolución indica la composición, número y dedicación mínima de personal técnico y encargado de apoyo a la producción de la UAAP, contratado de forma indefinida, para el acceso a estas subvenciones, en relación con el número de personas trabajadoras del centro con discapacidad que presenta mayor dificultad de acceso al mercado de trabajo, destinataria final de la intervención.
Dicha proporción debe cumplirse siempre. Cuando por causas justificadas se produzcan vacantes del personal que integra las UAAP, deberán ser cubiertas en el plazo de dos meses con los mismos requisitos y condiciones.
Tercero.- Dotación presupuestaria.
Con cargo al crédito consignado en la aplicación del Estado de Gastos del Presupuesto del SCE: Aplicación presupuestaria 2026.5001.241L.470.02.00, Línea de actuación 50400039 de “Oportunidades de empleo para colectivos con especiales dificultades”, Fondo 4050030, de acuerdo con el resuelvo 1.2 de la presente, se financiarán las subvenciones previstas en la presente convocatoria, por un importe total estimado de seiscientos mil (600.000,00 euros).
Cuarto.- Personas beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades titulares de los CEE y dichos centros cuando tengan personalidad jurídica propia, si cumplen con los siguientes requisitos (artículo 5 Real Decreto 469/2006):
a) Que el CEE figure inscrito como tal en el Registro de CEE del Servicio Canario de Empleo.
b) Que formen parte de la plantilla del CEE:
- personas trabajadoras con parálisis cerebral, discapacidad intelectual, trastorno de la salud mental o del espectro del autismo con grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%,
- personas trabajadoras con discapacidad física o sensorial con grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.
c) Cumplir los requisitos que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003 para obtener la condición de beneficiario.
Quinto.- Solicitudes y plazo de presentación.
Se presentará inexcusablemente de forma telemática, junto al resto de la documentación, por la sede electrónica del Servicio Canario de Empleo: https://sede.gobiernodecanarias.org/empleo/procedimientos_servicios/tramites/4130, conforme a los modelos normalizados anexos a la presente Resolución de solicitud y anexos, de conformidad con el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPAC), disponibles en:
- Web del Servicio Canario de Empleo: https://www.gobiernodecanarias.org/empleo/sce/principal/areas_tematicas/empleo/discapacidad/unidades_apoyo_actividad_profesional.html
- Sede electrónica: https://sede.gobiernodecanarias.org/empleo/procedimientos_servicios/tramites/4130
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), independientemente de la preceptiva publicación del texto completo en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Servicio Canario de Empleo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de marzo de 2026.- La Presidenta, Jéssica del Carmen de León Verdugo.
