Subvenciones para la líne...icio 2026.

Última revisión
26/01/2026

Subvenciones para la línea de fomento de contratación y regularización de seguros agrarios combinados en el ejercicio 2026.

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Extracto de la Resolución de 29 de diciembre de 2025, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, para la convocatoria plurianual de subvenciones para la línea de fomento de contratación y regularización de seguros agrarios combinados en el ejercicio 2026 bajo la modalidad de gasto anticipado. - Boletín Oficial del Principado de Asturias de 26/01/2026

Plazo Solicitud: ABIERTO, 26/01/2026 hasta 31/12/2026
Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias

Cuantía: Cuantía total: 1.250.000 €

BDNS (Indetif.): 882337

Categorías: Agricultura, Desarrollo Local y Rural, Empleo y contratación, Ganadería, Caza y pesca

Finalidad:

Subvenciones al pago de primas de seguros suscritos dentro del Plan de Seguros Agrarios Combinados 2026 en el Principado de Asturias, incluyendo pólizas pendientes de planes anteriores vigentes en 2026, para su regularización.


Requisitos:

Explotaciones ubicadas en Asturias.

Suscripción de póliza de seguros agrarios entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, en alguna de las líneas del Plan vigente.


BDNS (Identif.): 882337.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/882337).

Primero.—Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas para el fomento de la contratación de Seguros Agrarios aquellas personas físicas o jurídicas, cuyas explotaciones se encuentren ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, que hayan suscrito una póliza de seguros agrarios entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, de las líneas incluidas en los Planes de Seguros Agrarios vigentes para el ejercicio 2026 publicados por la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, aprobados por el Consejo de Ministros.

Segundo.—Objeto:

La concesión de subvenciones al pago de las primas de los asegurados que suscriban un seguro correspondiente a las líneas que se incluyen en el Plan de Seguros Agrarios Combinados que afectan al ejercicio 2026 publicado por la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), y cuyas pólizas cumplan con la legislación vigente en materia de seguros privados en general, y de seguros agrarios combinados en especial, en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

También se podrán subvencionar aquellas pólizas pendientes de planes anteriores vigentes durante el ejercicio 2026 al objeto de su oportuna regularización, según lo establecido en la Cláusula Cuarta del Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y la agrupación española de entidades aseguradoras de seguros agrarios combinados, S. A., (AGROSEGURO), para el fomento de los seguros agrarios en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

Tercero.—Bases reguladoras:

Bases reguladoras aprobadas por Resolución de 26 de abril de 2016, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales (BOPA 03/V/2016), modificadas mediante Resolución de 1 de agosto de 2019, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales (BOPA 09/VIII/2019) y cuyo texto consolidado se aprobó por Resolución de 12 de agosto de 2019, de la Consejería de Desarrollo Rural, Agroganadería y Pesca (BOPA 21/VIII/2019).

Cuarto.—Cuantía:

Cuantía total: 1.250.000 euros.

— Año 2026: 1.150.000 euros.

— Año 2027: 100.000 euros.

La liquidación correspondiente al mes de diciembre de 2026 se imputará a la anualidad del ejercicio 2027.

Quinto.—Presentación de solicitudes:

La formalización de la Declaración del seguro tendrá la consideración de solicitud de la subvención, siempre y cuando se realice en el ejercicio 2026 para los períodos de suscripción establecidos en los planes aprobados por ENESA vigentes en el citado ejercicio 2026, y se cumplimenten los distintos apartados referentes a la subvención contenidos en la Declaración de Seguro.

La contratación de la póliza del seguro constituye una declaración del asegurado de que reúne los requisitos exigidos en las normas reguladoras sobre subvenciones y ayudas públicas, de acuerdo con los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 8.2.b) del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones en el Principado de Asturias y que dispone de los documentos que justifican el cumplimiento de los requisitos para la concesión de subvenciones exigidos en el plan de seguros agrarios vigente.

La contratación de la póliza por parte del asegurado implica la autorización del mismo en orden a que AGROSEGURO comunique a la Consejería los datos necesarios para su tramitación a los fines de previstos en el contrato de seguro agrario que se subvenciona.

Sexto.—Otros datos.

Estas ayudas destinadas a los seguros agrarios y ganaderos han sido reconocidas como compatible con el mercado interior comunitario en virtud de la Decisión de la Comisión Europea de 19 de diciembre de 2025 (Ayuda n º SA.120707 (2025/N)) hasta el 31 de diciembre de 2029.

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0113T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la Resolución e información complementaria.

Oviedo, a 29 de diciembre de 2025.—El Consejero de Medio Rural y Política Agraria.—Cód. 2026-00447.