Subvenciones para la prod...visuales..

Última revisión
26/02/2026

Subvenciones para la producción de obras audiovisuales..

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EXTRACTO de la Resolución de 23 de febrero de 2026, de la Dirección General, por la que se convocan subvenciones para la producción de obras audiovisuales en la Comunitat Valenciana para las anualidades 2026, 2027 y 2028. - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 26/02/2026

Plazo Solicitud: CERRADO, 27/02/2026 hasta 27/03/2026
Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana

Cuantía: un importe de 6.700.000 euros.

BDNS (Indetif.): 889068

Categorías: Comunicación pública, Igualdad, Cultura e idiomas

Finalidad:

Subvenciones para la producción de obras audiovisuales en la Comunitat Valenciana para las anualidades 2026, 2027 y 2028, como medio de apoyo y estímulo a la producción audiovisual en el ámbito competencial de la Generalitat. como medio de apoyo y estímulo a la producción audiovisual en el ámbito competencial de la Generalitat.

Requisitos:

Personas físicas o jurídicas que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención:

a) Pequeñas y medianas empresas independientemente de su forma jurídica.

b) Agrupaciones de personas físicas y jurídicas que puedan llevar a cabo la producción.

c) Agrupaciones de interés económico (en adelante, AIE)


BDNS (identif.): 889068.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:

 https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/889068.

Primero. Objeto, finalidad y ámbito de aplicación

  Es objeto de esta resolución convocar la concesión de subvenciones para la producción de obras audiovisuales en la Comunitat Valenciana para las anualidades 2026, 2027 y 2028, como medio de apoyo y estímulo a la producción audiovisual en el ámbito competencial de la Generalitat. como medio de apoyo y estímulo a la producción audiovisual en el ámbito competencial de la Generalitat. Las subvenciones se concederán de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, y mediante el régimen de concurrencia competitiva.

 Segundo. Personas y entidades beneficiarias de las ayudas

 Para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria de estas ayudas se deberán cumplir los requisitos establecidos en el resuelvo sexto de la Resolución de 2 de septiembre de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la producción de obras audiovisuales (DOGV núm. 10187, de 04.09.2025).

 Tercero. Financiación de las ayudas, distribución y cuantías

De acuerdo con la Ley 6/2025, de 14 de junio, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2025 (DOGV 10120, 31.05.2025), las ayudas convocadas se imputarán al crédito previsto en la sección G0109, entidad 016, línea de subvención S1014, «Fomento y promoción del audiovisual valenciano», por un importe de 6.700.000 euros.

 Cuarto. Forma y plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

 Las solicitudes, en modelo normalizado, junto con la documentación específica, deberán dirigirse al IVC, por vía telemática a través del registro de la sede electrónica accesible desde la web https://sede.ivc.gva.es/, sin perjuicio del derecho que asiste a las personas que no estén obligadas a relacionarse por medios electrónicos con las administraciones públicas, que también podrán presentar sus solicitudes por cualquier otro medio de los recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

València, 23 de febrero de 2026

Álvaro López-Jamar Caballero

Director general