Última revisión
Subvenciones del Programa MICE para organizar eventos profesionales.
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Resolución de 09/04/2024, de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, por la que se aprueba para la anualidad 2024 la convocatoria de las subvenciones en el marco del Programa MICE. Extracto BDNS (Identif.): 754296. [2024/2853] - Diario Oficial de Castilla La-Mancha de 17/04/2024
Plazo de la solicitud:ABIERTO, 18/04/2024 hasta 30/09/2024
Beneficiarios: Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
Tipo: Convocatorias
Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha
Cuantía: La cuantía máxima a subvencionar será de 10.000 euros
BDNS (Indetif.): 754296
Categorías: Ferias y congresos, Turismo y agencias de viajes, Artesanía, Comercio y marketing, Economía Social, Empresa, Empleo y contratación
Extracto de la Resolución de 9 de abril de 2024, de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, por la que se convocan las ayudas del Programa MICE para 2024.
BDNS (Identif.): 754296
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/754296)
El presente extracto se corresponde con el mismo texto del extracto de la convocatoria publicado con el código BDNS 754248.
Primero. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta resolución, todas aquellas instituciones, asociaciones, fundaciones, sociedades o cualesquiera otras entidades privadas o públicas, con independencia de su forma jurídica, que organicen reuniones de negocio, congresos, convenciones, seminarios, incentivos de viaje y cualquier otro evento organizado con motivos profesionales relativo al turismo de reuniones, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, de forma presencial. Asimismo, podrán acceder a la condición de beneficiarios las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, presten los servicios y actividades relacionados en el artículo 1 de la Orden 177/2021, de 18 de noviembre.
Segundo. Objeto
1. La presente Resolución tiene por objeto convocar, para 2024, la concesión de subvenciones en el marco del Programa “MICE”.
2. A través de estas ayudas se pretende promocionar y fomentar la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, como destino turístico para la organización de reuniones de negocio, congresos, convenciones, seminarios, incentivos de viajes y otros eventos de turismo de reuniones organizado con motivos profesionales, que se desarrollen, de forma presencial, en el territorio de Castilla-La Mancha.
Tercero. Bases reguladoras
Orden 177/2021 de 18 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la organización de turismo de reuniones y otros eventos en el marco del Programa MICE, modificada por la Orden 33/2024 de 27 de febrero de 2024 de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
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Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones
1. El importe máximo del crédito destinado a la financiación de la presente convocatoria asciende a 400.000 euros de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024, según el siguiente desglose:
Partida presupuestaria
Importe
1912000G/751C/46000
100.000 €
1912000G/751C/47000
100.000 €
1912000G/751C/48000
200.000 €
2. La cuantía máxima a subvencionar será de 10.000 euros por cada evento de los indicados en el artículo 1, en función del número de participantes presenciales:
a) Hasta 50 participantes presenciales: 2.000 euros.
b) De 51 a 100: 4.000 euros.
c) De 101 a 300: 6.000 euros.
d) De 301 a 500: 8.000 euros.
e) De 501 en adelante: 10.000 euros.
3. La cuantía total máxima a subvencionar por todos los eventos organizados por cada entidad beneficiaria, será de 28.000 euros, tomando como referencia los importes concedidos en las correspondientes resoluciones de concesión.
Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha hasta el 30 de septiembre del 2024, y se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía.
Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).
Toledo, 9 de abril de 2024
La Directora General de Turismo, Comercio y Artesanía
ANA ISABEL FERNÁNDEZ SAMPER
TEXTO COMPLETO DE LA RESOLUCIÓN DE 9 DE ABRIL DE 2024
(VER PDF)
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