Última revisión
20/04/2026
SUBVENCIONES para la promoción de la innovación empresarial -Programa Cheque de Innovación Micro-Proyectos-CHP-, convocatoria 2026 .
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Resolución de 14 de abril de 2026, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la convocatoria 2026 de las subvenciones destinadas a la promoción de la innovación empresarial Programa Cheque de Innovación Micro-Proyectos-CHP- en régimen de concesión directa (extracto). - Boletín Oficial de La Rioja de 17/04/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial de La Rioja
Cuantía: -
Categorías: Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Economía Social, Ganadería, Agricultura, Comercio y marketing, Deporte, Transporte y vehículos, Empleo y contratación, Sector Financiero/Bancario
Subvenciones destinadas a la promoción de la innovación empresarial Programa Cheque de Innovación Micro-Proyectos-CHP.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en la presente convocatoria las empresas personas físicas o jurídicas de dimensión Pyme y gran empresa, de conformidad con lo previsto en el artículo 9.1.a) de la Orden reguladora.
BDNS: 898747, 898748
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en la presente convocatoria las empresas personas físicas o jurídicas de dimensión Pyme y gran empresa, de conformidad con lo previsto en el artículo 9.1.a) de la Orden reguladora.
Serán además de aplicación, los requisitos y obligaciones para ser beneficiario, contemplados en los artículos 9 y 10 de la Orden reguladora.
Quedan excluidas de la presente convocatoria:
I. Asociaciones, federaciones, confederaciones, agrupaciones empresariales, sindicatos, colegios profesionales, entidades deportivas, consorcios, universidades, y entidades del sector público.
II. Las sociedades civiles, excepto las Sociedades Agrarias de Transformación.
III. Las comunidades de bienes.
IV. Las empresas del sector de la producción agrícola primaria (agricultura y ganadería), salvo que también desarrollen actividades de transformación y/o comercialización al por mayor de los productos obtenidos.
V. Las empresas cuya actividad principal esté encuadrada en los C.N.A.E. 47. (Comercio al por menor) y C.N.A.E. 95. (Reparación y mantenimiento de ordenadores, artículos personales y enseres domésticos y vehículos de motor y motocicletas).
Segundo. Objeto.
a) Serán subvencionables la realización de los siguientes Cheques, según se describe en el apartado primero, punto 2.a), de la convocatoria, cuyo objeto y condiciones particulares se describen en el Anexo I de la misma:
a.1. Cheques (Pruebas de concepto-Proyectos de I+D+i)
a.2. Cheques (Diseño de producto)
En ambos casos, podrán subvencionarse los gastos de consultoría experta externa y los costes de personal dedicado al proyecto en concepto de sueldos y salarios y Seguridad Social a cargo de la empresa.
Tercero. Requisitos y condiciones generales.
a) El gasto y/o inversión mínima subvencionable será de 5.000 euros.
b) Sólo se admitirá una solicitud por beneficiario. Cada solicitud de Cheque incluirá solamente una única actuación.
c) Las propuestas deberán de plantear novedad para la empresa, donde ésta de un salto cualitativo respecto a la situación de inicio, según lo descrito en el apartado primero, punto 2.b.2) de la convocatoria.
d) Para la presente convocatoria se establece un tipo fijo de subvención del 50%, sometido al régimen de minimis, con los siguientes límites de gasto subvencionable por actuación:
- 60.000 euros para los Cheques (Pruebas de concepto - Proyectos de I+D+i).
- 30.000 euros para los Cheques (Diseño de producto).
Dentro de los límites anteriores y para cada uno de los tipos de gasto previstos, el importe de gasto máximo subvencionable de la consultoría experta externa no superará los 14.500 euros, y en el caso de los costes de personal no superará los 45.500 euros para los cheques Pruebas de concepto - Proyectos de I+D+i, y los 15.500 euros para los cheques Diseño de producto.
e) Serán subvencionables los costes correspondientes realizados desde el 13 de diciembre de 2025, incluido.
f) La modalidad de participación será individual.
Cuarto. Bases reguladoras.
Orden EIE/69/2024, de 27 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a la promoción de la innovación empresarial 'Programa Cheque de Innovación', en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 192, de 2 de octubre de 2024).
Quinto. Cuantía.
Importe del crédito disponible: 800.000 euros.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja, a las 9:00 horas.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 11 de diciembre de 2026, a las 14.00 horas.
Una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes no se podrá incrementar el importe del presupuesto de inversión subvencionable.
Séptimo. Tramitación.
Tramitación telemática de los expedientes de subvenciones (obligatoria), de acuerdo con la Orden 1/2017, de 7 de marzo, Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se regula la tramitación electrónica en los procedimientos de concesión de subvenciones y concesión de préstamos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 29, de 10 de marzo de 2017).
- Medio de notificación: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 7, de la convocatoria.
Octavo. Otros datos de interés.
- Convocatoria.- Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de convocatoria y a la Orden reguladora de las ayudas a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja www.ader.es.
- Procedimiento de concesión. - La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concesión directa.
- Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.
Logroño a 14 de abril de 2026.- El Gerente, Luis Pérez Echeguren.
