Subvenciones para la real...l año 2026

Última revisión
31/07/2026

Subvenciones para la realización de actividades formativas en el sector del transporte público por carretera en el año 2026

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EXTRACTO de la Orden de 23 de julio de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se convocan subvenciones para la realización de actividades formativas en el sector del transporte público por carretera en el año 2026 - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 31/07/2026

Plazo Solicitud: ABIERTO, 01/08/2026 hasta 31/08/2026
Beneficiarios: Asociaciones y economía social

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

Cuantía: La subvención cubrirá el 90 por 100 de todos los gastos subvencionables, presupuestados y efectivamente realizados, excluido el IVA, hasta un máximo de 14.000 euros por beneficiario. La dotación presupuestaria para la financiación de estas subvenciones es de 140.000 euros.

BDNS (Indetif.): 922325

Categorías: Transporte y vehículos, Economía Social, Educación y ciencia, Empresa, Empleo y contratación, Vivienda e hipotecas

Finalidad:

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a favorecer la realización de acciones formativas dirigidas a empresarios y trabajadores del sector del transporte por carretera.

Requisitos:

Podrán acceder a las subvenciones las asociaciones profesionales de transportistas y de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte, las federaciones integradas de modo exclusivo por dichas asociaciones y las organizaciones sindicales, en todos los casos, con establecimiento y actividad en el sector del transporte por carretera en la Comunidad de Madrid, contando con el personal necesario para el ejercicio de su actividad profesional.


De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/dbnstrans ) y en la página web www.comunidad.madrid/ .

Primero

Beneficiarios

Podrán acceder a las subvenciones las asociaciones profesionales de transportistas y de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte, las federaciones integradas de modo exclusivo por dichas asociaciones y las organizaciones sindicales, en todos los casos, con establecimiento y actividad en el sector del transporte por carretera en la Comunidad de Madrid, contando con el personal necesario para el ejercicio de su actividad profesional.

Segundo

Objeto

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a favorecer la realización de acciones formativas dirigidas a empresarios y trabajadores del sector del transporte por carretera.

Tercero

Bases reguladoras

Orden de 10 de julio de 2019, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de actividades formativas en el sector del transporte público por carretera. Publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 166, de 15 de julio de 2019.

Cuarto

Cuantía

La subvención cubrirá el 90 por 100 de todos los gastos subvencionables, presupuestados y efectivamente realizados, excluido el IVA, hasta un máximo de 14.000 euros por beneficiario. La dotación presupuestaria para la financiación de estas subvenciones es de 140.000 euros.

Quinto

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de julio de 2026.—El Consejero de Transportes e Infraestructuras, P. D. (Orden de 27 de diciembre de 2023; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de enero de 2024), el Director General de Transportes y Movilidad, Luis Miguel Torres Hernández.

(03/12.719/26)