Modificación de las bases reguladoras para la concesión de ayudas a empresas art...omoción y formación.
Subvenciones
Modificación de las bases...formación.

Última revisión
24/05/2023

Modificación de las bases reguladoras para la concesión de ayudas a empresas artesanas para la promoción y formación.

Tiempo de lectura: 4 min

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ORDEN de 10 de mayo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden de 12 de mayo de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a empresas artesanas de la Comunidad de Madrid para la promoción y formación. - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 23/05/2023

Plazo de la solicitud:Ver Detalles, 23/05/2023 hasta ----

Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Modificacion de subvenciones

Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

Cuantía: -

Categorías: Artesanía, Empleo y contratación, Empresa, Educación y ciencia, Comercio y marketing, Consumo, Seguridad

Finalidad:
Modificación de la Orden de 12 de mayo de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a empresas artesanas de la Comunidad de Madrid para la promoción y formación

Requisitos:
Empresas artesanas de la Comunidad de Madrid para la promoción y formación




La Comunidad de Madrid tiene asumida la plenitud de la función legislativa en materia de artesanía, en virtud del artículo 26.1.1.15 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero.

El Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, adscribe a la Viceconsejería de Economía la Dirección General de Comercio y Consumo, consignándole en su artículo 23 las competencias relativas a la ordenación, la promoción y el fomento del sector artesano madrileño. En particular, establecer las ayudas y subvenciones, que considere más oportunas, para la promoción de la artesanía, con el fin de favorecer el desarrollo del sector artesano madrileño, su promoción y protección y el acceso al ejercicio profesional de la actividad.

A tal fin se aprobó la Orden de 12 de mayo de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de mayo de 2021), del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a empresas artesanas de la Comunidad de Madrid para la promoción y formación.

Dicha Orden recoge las disposiciones generales y específicas que regula el procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva. Para seguir avanzando en el apoyo a las actuaciones de promoción y formación del sector artesano madrileño, se realiza esta modificación que permitirá favorecer más a la empresa artesana en los supuestos de minoración en relación a la inversión subvencionable.

Todo ello de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con las competencias atribuidas a la Comunidad de Madrid en materia de artesanía según el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y conforme al artículo 6.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

DISPONGO

Artículo único

Modificación de la Orden de 12 de mayo de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a empresas artesanas de la Comunidad de Madrid para la promoción y formación

Se modifica el artículo 15.3 de la Orden de 12 de mayo de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas a empresas artesanas de la Comunidad de Madrid para la promoción y formación, quedando redactado de la siguiente manera:

“En el supuesto de que el beneficiario no justificase el importe total de la actividad conforme al presupuesto que sirvió de base para la determinación de la subvención, la subvención definitiva se recalculará siendo el 50% de la inversión realmente justificada, impuestos excluidos, con el límite máximo de 2.000 euros por beneficiario y los correspondientes sublímites, establecidos en las bases reguladoras”.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA

Aplicabilidad

La presente Orden se aplicará a las solicitudes presentadas con posterioridad a su entrada en vigor. Para las presentadas con anterioridad a su entrada en vigor se aplicará la Orden de 12 de mayo de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a empresas artesanas de la Comunidad de Madrid para la promoción y formación, en su redacción inicial.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 10 de mayo de 2023.

El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC

(03/8.049/23)

Modificación de las bases reguladoras para la concesión de ayudas a empresas artesanas para la promoción y formación.

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