Formularios Premium
Contestación a la demanda de acción de división de cosa común
Orden: civil
Ultima revisión: 28/06/2021
Formatos
Documento de descarga inmediata
AL JUZGADO [JUZGADO]
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador de los Tribunales y de D./D.ª[NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, según queda acreditado mediante la copia de escritura de poder que queda acompañada, con ruego de su devolución, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en derecho,
DIGO
En la representación que ostento, paso a contestar, en tiempo y forma, la demanda de juicio ordinario interpuesta contra mi mandante por D./D.ª [NOMBRE_PARTECONTRARIA], en el ejercicio de una a…
Según los artículos 400 y 401 del Código Civil ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común, aunque esto no es óbice para la validez del pacto de conservar la cosa indivisa por tiempo determinado, que no puede exceder de diez años. También hay que tener en cuenta que los copropietarios no podrán exigir la división de la cosa común, cuando de hacerlo resulte inservible para el uso a que se destina.
Ahora bien, cuando la cosa fuere esencialmente indivisible, y los condueños no convinieren en que se adjudique a uno de ellos indemnizando a los demás, se venderá y repartirá su precio. Artículo 404 del mismo texto legal.
Además, serán aplicables a la división entre los partícipes en la comunidad las reglas concernientes a la división de la herencia. Artículo 406 del C.C.
Cuando una cosa sea indivisible o desmerezca mucho por su división, podrá adjudicarse a uno, a calidad de abonar a los otros el exceso en dinero. Pero bastará que uno solo de los herederos pida su venta en pública subasta, y con admisión de licitadores extraños, para que así se haga.
Por otro lado, cuando una cosa sea indivisible o desmerezca mucho por su división, podrá adjudicarse a uno, a calidad de abonar a los otros el exceso en dinero. Pero bastará que uno solo de los herederos pida su venta en pública subasta, y con admisión de licitadores extraños, para que así se haga. Artículo 1062 del texto de referencia.
Descuento del 5%
Un mes ilimitado de contenido
Por solo 43.00€ más con el plan Asesor
Descuento del 5%
Un mes ilimitado de contenido
Por solo 43.00€ más con el plan Asesor
Miles de documentos a tu alcance con una tarifa plana
Plan asesores
Pensado para departamentos jurídicos o profesionales que necesitan acceso a documentos laborales, fiscales y mercantiles
Plan abogados
Perfecto para departamentos jurídicos o profesionales que necesitan acceso a documentos de todas las materias