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Solicitud de declaración de concurso voluntario. Empresa Sociedad Limitada
Orden: mercantil
Ultima revisión: 22/09/2022
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AL JUZGADO DE LO MERCANTIL
DE [LOCALIDAD]
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador de los Tribunales, actuando en nombre y representación de [NOMBRE_EMPRESA] S.L. con CIF número [CIF] y domicilio sito en [CALLE], n.º [NÚMERO], [CÓDIGO_POSTAL], [LOCALIDAD], representación que tiene en virtud de apoderamiento apud acta/escritura de poder para pleitos cuya copia se acompaña como DOCUMENTO N.º [NUMERO], bajo la dirección letrada de D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], colegiado número [NÚMERO] ICA …
A TENER EN CUENTA. El presente formulario se encuentra actualizado a la reforma operada por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, con efectos desde el 26/09/2022.
Con relación a la previsión del apartado 2 del art. 6 del TRLC sobre presentación por medio de modelo oficial, la disposición adicional primera establece «En el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, el Ministerio de Justicia aprobará el modelo de solicitud de declaración de concurso voluntario de acreedores, que será accesible por medios electrónicos sin coste alguno en la página web del Ministerio».
El artículo 3 del TRLC establece que se encuentran legitimados para solicitar la declaración de concurso tanto el propio deudor como cualquiera de sus acreedores.
La insolvencia podrá ser actual o inminente, ambos estados se definen en el artículo 2.3 del TRLC el cual dispone que: «3. La insolvencia podrá ser actual o inminente. Se encuentra en estado de insolvencia actual el deudor que no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles. Se encuentra en estado de insolvencia inminente el deudor que prevea que dentro de los tres meses siguientes no podrá cumplir regular y puntualmente sus obligaciones».
Respecto a la solicitud que puede realizar el propio deudor, el artículo 6 del TRLC dispone que:
«1. El deudor que inste la declaración del propio concurso deberá expresar en la solicitud el estado de insolvencia actual o inminente en que se encuentre y acompañar todos los documentos que considere necesarios para acreditar la existencia de ese estado.
2. La solicitud se presentará por procurador en el modelo oficial, con la firma de este y de abogado. El poder en el que el deudor otorgue la representación al procurador habrá de estar autorizado por notario o ser conferido apud acta por comparecencia personal ante el letrado de la Administración de Justicia de cualquier oficina judicial o por comparecencia electrónica en la correspondiente sede judicial y deberá ser especial para solicitar el concurso».
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