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Modelo 030. Censo de obligados tributarios-Declaración censal de alta, cambio de domicilio y/o de variación de datos personales. (Telemático)

Orden: fiscal

Ultima revisión: 07/03/2023

Formatos

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Modelo 030. Censo de obligados tributarios-Declaración censal de alta, cambio de domicilio y/o de variación de datos personales.

OBJETO
El modelo 030 será presentado para:
- Alta en el Censo de Obligados Tributarios
- Modificación/ cambio del domicilio fiscal
- Consignación/ modificación/ baja un domicilio a efectos de notificaciones
- Modificación de datos identificativos (apellidos y nombre, cambio de NIE por DNI, residente o no residente fiscal en España, fecha de efecto residencia fiscal,...)
- Solicitud de NIF por persona física que no dispongan de DNI/NIE
- Cambio/ modificación del estado civil (estado civil actual, soltero/a, casado/a, viudo/a, divorciado/a o separado/a legalmente, y la fecha en que se ha adquirido)
- Solicitud de nueva tarjeta acreditativa del NIF
- Alta/modificación/baja de datos de teléfonos y direcciones electrónicas para recibir avisos de la AEAT
Las personas físicas que desarrollen actividades empresariales o profesionales y satisfagan rendimientos sujetos a retención o ingreso a cuenta, podrán presentarlo, exclusivamente, para comunicar el cambio de:
- Datos identificativos
- Estado civil

DESTINATARIOS
El modelo 030 será presentado por personas físicas que no desarrollen actividades empresariales o profesionales y no satisfagan rendimientos sujetos a retención o ingreso a cuenta, para el alta en el Censo de Obligados Tributarios, cambio de domicilio o variación de datos personales.

ÓRGANO Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
Estos modelos se dirigirán a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
El modelo 030 podrá presentarse en cualquier momento a partir de la fecha en que se produzca la causa que motiva su presentación.
No obstante, las personas físicas que no deban figurar en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, tiene la obligación de comunicar el cambio de domicilio fiscal la en el plazo de tres meses desde que se produzca mediante el modelo de declaración 030. (Artículo 17. Obligación de comunicar el cambio de domicilio fiscal del RGAT) . Si con anterioridad al vencimiento de dicho plazo finalizase el de presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que el obligado tributario tuviera que presentar después del cambio de domicilio, la comunicación deberá efectuarse en el correspondiente modelo de autoliquidación de IRPF.

FORMA DE PRESENTACIÓN
- Telemática
- Tramitación presencial: Se realizará personalmente en la Administración o Delegación de la Agencia Tributaria correspondiente al domicilio fiscal del titular domicilio fiscal o por correo postal enviado a las oficinas indicadas.

NORMATIVA
- Orden HFP/1336/2022, de 28 de diciembre, por la que se modifica la Orden HAC/177/2020, de 27 de febrero, por la que se aprueba el modelo 140, de solicitud del abono anticipado de la deducción por maternidad del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se regula la comunicación de variaciones que afecten al derecho a su abono anticipado y otra normativa tributaria.
- Orden HAC/609/2021, de 16 de junio, por la que se modifican la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 de Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y la Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 030 de Declaración censal de alta en el Censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, que pueden utilizar las personas físicas, se determinan el lugar y forma de presentación del mismo.
- Orden HAC/1416/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica la Orden HAC/3625/2003, de 23 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 309 de Declaración-liquidación no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido; la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 de Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores; la Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 030 de Declaración censal de alta en el Censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, que pueden utilizar las personas físicas y la Orden HAP/1751/2014, de 29 de septiembre, por la que se aprueba el formulario 034 de Declaración de inicio, modificación o cese de operaciones comprendidas en los regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica en el Impuesto sobre el Valor Añadido y se regulan distintos aspectos relacionados con el mismo.
- Orden HFP/1247/2017, de 20 de diciembre, por la que se modifican la Orden HAC/3625/2003, de 23 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 309 de declaración-liquidación no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido, y la Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 030 de declaración censal de alta en el censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, que pueden utilizar las personas físicas, se determinan el lugar y forma de presentación del mismo, así como otra normativa tributaria.
- Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 030 de Declaración censal de alta en el Censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, que pueden utilizar las personas físicas, se determinan el lugar y forma de presentación del mismo y se modifica la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.

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