Formularios Premium
Carta de sanción de suspensión de empleo y sueldo al trabajador ante ausencia de convenio colectivo aplicable
Orden: laboral
Ultima revisión: 04/05/2020
Formatos
Documento de descarga inmediata
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [ANIO]
[DATOS_EMPRESA]
A la Att. Sr./Sra. D./Dña. [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA].
Por la presente le comunicamos, a la luz de los hechos relatados con posterioridad, la decisión de SUSPENDERLE DE EMPLEO Y SUELDO durante un período de [DIA] días. (1)
Los hechos que se le imputan sucedieron el pasado día [DIA] de [MES] de [ANIO] a las [HORA] hs. aprox. cuando usted:
- [DESCRIPCION]. (2)
- [DESCRIPCION].
- [DESCRIPCION].
Los referidos hechos se …
El empresario tiene el poder disciplinario y sancionador, que le permite sancionar a aquellos trabajadores que no cumplan con sus deberes laborales de forma inmediata siempre que la misma se encuentre recogida como tal en el convenio colectivo de aplicación, y, en su ausencia, en base al
Partiendo de que el art. 115.2 de la, establece: «(…) será nula la sanción cuando consista en alguna de las legalmente prohibidas o no estuviera tipificada en las disposiciones legales o en el convenio colectivo aplicable (…)», y que, al amparo del art.
«2. Se considerarán incumplimientos contractuales:
a) Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
b) La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
c) Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
d) La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
e) La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.
f) La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
g) El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa».
En este caso y dada la ausencia de convenio colectivo, la suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias viene consignada como causa de suspensión del contrato en el art. 45.h) del
Descuento del 5%
Un mes ilimitado de contenido
Por solo 70.00€ más con el plan jurídico
Descuento del 5%
Un mes ilimitado de contenido
Por solo 70.00€ más con el plan jurídico
Miles de documentos a tu alcance con una tarifa plana
Licencias