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Formulario de comunicación/denuncia ante una posible situación de acoso sexual o por razón de sexo (sector público)
Orden: laboral
Ultima revisión: 02/12/2020
Formatos
Documento de descarga inmediata
Formulario de comunicación/denuncia ante una posible situación de acoso sexual o por razón de sexo (1)
1.- Datos de la persona que presenta la comunicación/denuncia
Apellidos y nombre: [ESPECIFICAR]
DNI: [ESPECIFICAR]
Edad: [ESPECIFICAR]
Sexo: [ESPECIFICAR]
Teléfono o dirección de correo electrónico de contacto: [ESPECIFICAR]
2.- Vinculación con [ENTE_PUBLICO]
[ESPECIFICAR] (2)
3.- Datos de las persona afectada
Apellidos y nombre: [ESPECIFICAR]
DNI: [ESPECIFICAR]
Edad: [ESPECIFICAR]
Sexo: [ESPECIFICAR]
Te…
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en cuyo artículo 48, establece :
"1. Las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo.
Con esta finalidad se podrán establecer medidas que deberán negociarse con los representantes de los trabajadores, tales como la elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas, la realización de campañas informativas o acciones de formación.
2. Los representantes de los trabajadores deberán contribuir a prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo mediante la sensibilización de los trabajadores y trabajadoras frente al mismo y la información a la dirección de la empresa de las conductas o comportamientos de que tuvieran conocimiento y que pudieran propiciarlo".
Las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo.
Con esta finalidad se podrán establecer medidas que deberán negociarse con los representantes de los trabajadores, tales como la elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas, protocolos para la prevención del acoso sexual o por razón de sexo, la realización de campañas informativas o acciones de formación o dentro de los planes de igualdad.
El diagnóstico recopilará información necesaria para medir y evaluar, a través de indicadores, cuantitativos y cualitativos, las condiciones de trabajo de todo el personal, incluido los trabajadores y trabajadoras puestos a disposición en la empresa usuaria, teniendo en cuenta los aspectos generales que afecten al tiempo de trabajo, la movilidad funcional y geográfica, la estabilidad laboral de mujeres y hombres, y en concreto la implementación, aplicación y procedimientos resueltos en el marco del protocolo de lucha contra el acoso sexual y/o por razón de sexo implantado en la empresa (Anexo Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre).
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