Agencias de colocación
Temas
Agencias de colocación
Ver Indice
»

Última revisión
16/11/2015

Agencias de colocación

Tiempo de lectura: 4 min

Tiempo de lectura: 4 min

Relacionados:

Orden: laboral

Fecha última revisión: 16/11/2015


Se entenderá por agencias de colocación aquellas entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, que realicen actividades de intermediación laboral, bien como colaboradores de los Servicios Públicos de Empleo, bien de forma autónoma pero coordinada con los mismos. Asimismo, podrán desarrollar actuaciones relacionadas con la búsqueda de empleo, tales como orientación e información profesional, y con la selección de personal art. 33 de 33Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre .

La intermediación laboral es el conjunto de acciones que tienen por objeto poner en contacto las ofertas de trabajo con los trabajadores que buscan un empleo, para su colocación. La intermediación laboral tiene como finalidad proporcionar a los trabajadores un empleo adecuado a sus características y facilitar a los empleadores los trabajadores más apropiados a sus requerimientos y necesidades.

También se considerará intermediación laboral la actividad destinada a la recolocación de los trabajadores que resultaran excedentes en procesos de reestructuración empresarial, cuando aquélla hubiera sido establecida o acordada con los trabajadores o sus representantes en los correspondientes planes sociales o programas de recolocación.

A efectos del Sistema Nacional de Empleo, la intermediación en el mercado de trabajo se realizará a través de

  • a) los servicios públicos de empleo, por sí mismos o a través de las entidades que colaboren con los mismos.
  • b) las agencias de colocación, debidamente autorizadas.
  • c) aquellos otros servicios que reglamentariamente se determinen para los trabajadores en el exterior.

AGENCIA DE COLOCACIÓN

1. Se entenderá por agencias de colocación aquellas entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, que, en coordinación y, en su caso, colaboración con el servicio público de empleo correspondiente, realicen actividades de intermediación laboral que tengan como finalidad proporcionar a las personas trabajadoras un empleo adecuado a sus características y facilitar a los empleadores las personas trabajadoras más apropiadas a sus requerimientos y necesidades.

A este fin las agencias de colocación valorarán los perfiles, aptitudes, conocimientos y cualificación profesionales de las personas trabajadoras que requieran sus servicios para la búsqueda de empleo y los requerimientos y características de los puestos de trabajo ofertados. Estas agencias de colocación podrán desarrollar también actuaciones relacionadas con la búsqueda de empleo, tales como orientación e información profesional, y con la selección de personal.

2. Las empresas de recolocación son agencias de colocación especializadas en la actividad destinada a la recolocación de las personas trabajadoras que resultaran excedentes en procesos de reestructuración empresarial, cuando aquélla hubiera sido establecida o acordada con las personas trabajadoras o sus representantes en los correspondientes planes sociales o programas de recolocación, y estarán sometidas al régimen legal y reglamentario establecido con carácter general para las agencias de colocación.

3. Las agencias de colocación autorizadas podrán actuar de forma autónoma pero coordinada con los servicios públicos de empleo, y/o como entidades colaboradoras de los mismos, mediante la suscripción de un convenio de colaboración con aquéllos.

4. En relación con sus personas usuarias, las agencias de colocación deberán cumplir las condiciones de actuación previstas en esta norma y, en el supuesto de haber suscrito convenio de colaboración con los servicios públicos de empleo, las específicas que figuren en el correspondiente convenio.

5. Las agencias de colocación que actúen como entidades colaboradoras de los servicios públicos de empleo llevarán a cabo las actuaciones que se establezcan en el convenio de colaboración previsto con las personas demandantes de empleo inscritas como tales en los servicios públicos de empleo.

Asimismo, podrán desarrollar actuaciones relacionadas con la búsqueda de empleo, tales como orientación e información profesional, y con la selección de personal.

En todo caso, las agencias de colocación deberán:

  • a) Suministrar a los servicios públicos de empleo la información que se determine por vía reglamentaria, con la periodicidad y la forma que allí se establezca sobre los trabajadores atendidos y las actividades que desarrollan, así como sobre las ofertas de empleo y los perfiles profesionales que correspondan con esas ofertas.
  • b) Elaborar y ejecutar planes específicos para la colocación de trabajadores desempleados integrantes de colectivos prioritarios como personas con especiales dificultades de integración en el mercado de trabajo, especialmente jóvenes, mujeres, parados de larga duración mayores de 45 años, discapacitados e inmigrantes, con respeto a la legislación de extranjería.
  • c) Disponer de sistemas electrónicos compatibles y complementarios con los de los servicios públicos de empleo.
  • d) Garantizar la aplicación y el cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de Seguridad Social.
  • e) Cumplir con las normas sobre accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
  • f) Respetar en sus actuaciones la intimidad y dignidad de los trabajadores en el tratamiento de sus datos, de acuerdo con la normativa reguladora al respecto.

Las agencias de colocación autorizadas podrán ser consideradas entidades colaboradoras de los servicios públicos de empleo mediante la suscripción de un convenio de colaboración con los mismos, con el alcance previsto legalmente y en los propios convenios que se suscriban.

 

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Cuestiones básicas de Derecho del trabajo
Disponible

Cuestiones básicas de Derecho del trabajo

V.V.A.A

17.00€

16.15€

+ Información

El seguro deportivo obligatorio
Disponible

El seguro deportivo obligatorio

Alejandro López Sánchez

8.00€

7.60€

+ Información

Prevención de riesgos psicosociales y estrés en el trabajo
Disponible

Prevención de riesgos psicosociales y estrés en el trabajo

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información

Empresas de Trabajo Temporal y Agencias de colocación
Disponible

Empresas de Trabajo Temporal y Agencias de colocación

6.83€

6.49€

+ Información

Delitos contra las relaciones familiares
Disponible

Delitos contra las relaciones familiares

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información